Continuamos con nuestros artículos de preparación para realizar la declaración de la renta. Si la semana pasada veíamos la fiscalidad de las cuentas multidivisa, esta semana le toca el turno a los dividendos extranjeros.
Veremos, de manera muy resumida, la fiscalidad que nos aplica a nosotros, por ser residentes fiscales en España, cuando cobramos un dividendo de empresas no españolas (extranjeras).
Si nuestro artículo te parece de ayuda y te ahorra tiempo y dinero, puedes invitarnos a un café para agradecérnoslo y motivarnos para seguir haciendo este tipo de artículos en el futuro :). ¡¡Gracias!!
¿Qué vamos a ver?
Introducción
Los dividendos extranjeros que cobramos de una empresa están sujetos a una doble retención inicial. Primero se les aplica la retención que llamamos en Origen (país donde la empresa tiene la sede, ojo, no donde cotiza) y posteriormente hay que aplicarle la retención en Destino, es decir, lo que España nos retiene.
La retención en Origen depende de cada país. A continuación veremos las retenciones en Origen de algunos de los países para los dividendos extranjeros en los que opera la gran mayoría de la comunidad:
- USA: 15% (rellenando el W-8BEN*)
- Holanda: 15%
- Francia: 12,8% (aunque los brokers aún siguen aplicando el 30%**)
- UK: 0%
- Alemania: 26,375%
- Suiza: 35%
*El W-8BEN es el documento que acredita que no eres residente fiscal en USA. De este modo te aplican el 15% en lugar del 30%.
**En Francia bajaron la retención en Origen para no residentes franceses al 12,8%. Sin embargo, los brokers aún siguen aplicando el 30% de la antigua retención. Esperamos que sean capaces de poder encontrar un proceso parecido al del W-8BEN y que nos apliquen la correcta.
Una vez se nos ha aplicado la retención en Origen a los dividendos extranjeros, a lo que queda, tenemos que aplicarle la retención en Destino (España). Los diferentes tramos a los que están sujetos los dividendos en España son:
- 0 – 6.000€: 19%
- 6.000,01€ – 50.000€: 21%
- Más de 50.000€: 23%
Siempre es bueno recordar que, como en el IRPF, el pago de dividendos va por tramos. Es decir, si cobras 7.000€ en dividendos extranjeros o españoles al año, no vas a pagar el 21% de 7.000€. Pagarás el 19% de 6.000€ y el 21% de los otros 1.000€:
- Lo que realmente ocurre: 19% de 6.000€ = 1.140€ / 21% de 1.000€ = 210€ / Total: 1.140+210 = 1.350€
- Lo que la mayoría de la gente cree que ocurre: 21% de 7.000€ = 1.470€ de impuestos
Una última cosa a tener clara: los brokers, si te retienen en Destino, siempre te retendrán un 19%. Aunque tú cobres 10.000€ en dividendos extranjeros o españoles, siempre te retendrán el menor de los tramos. ¿Por qué? Pues muy sencillo. Porque ellos no saben si ese dividendo que has cobrado está en el tramo 1, 2 o 3. Ni tampoco saben si tienes otros brokers en los que cobras dividendos. Por tanto saben que, como mínimo, tienen que retenerte el 19%. Luego, en la declaración de la renta, pagarás la retención apropiada.
Convenio de doble imposición
¿Quiere decir esto que vamos a pagar el doble por cada uno de los dividendos extranjeros que cobremos? La respuesta directa es no. Pero hay ciertos matices que conviene aclarar.
España tiene un convenio de doble imposición con la mayoría de países en el cual se fija un límite del 15% para la retención en Origen para los dividendos extranjeros. Esto es, España considera que no debe cobrarte el 15% de retención 2 veces en los dividendos extranjeros (una en la retención de Origen, sea cual sea, y la segunda cuando te aplica el 19% de retención en Destino). Sí, suena a chino, pero se ve claro con un ejemplo general:
Cobras unos dividendos de 100€ de una empresa americana. Por estos dividendos extranjeros, pagarás:
- 15% retención de Origen: 15€
- 19% retención de Destino: 16,15€ (19% de 85€ que es lo que llega a España. ¡¡No de 100€!!).
- Total: 15+16,15 = 31,15€ (lo que sería un 31,15% de retención, bastante más de los 19% que deberías haber pagado).
Para evitar esto, España te devuelve en la declaración hasta el 15% de lo pagado en Destino en los dividendos extranjeros. En este caso, lo recuperas todo*. Pero ¿qué pasaría, por ejemplo, en el caso de un dividendo francés?
Cobras unos dividendos de 100€ de una empresa francesa. Por estos dividendos extranjeros, pagarás:
- 30% retención de Origen: 30€
- 19% retención de Destino: 13,3€ (19% de 70€ que es lo que llega a España. ¡¡No de 100€!!).
- Total: 30+13,3 = 43,3€ (lo que sería un 43,3% de retención, bastante más de los 19% que deberías haber pagado).
En este caso, España te devuelve en la declaración hasta el 15% de lo pagado en Destino por esos dividendos extranjeros. En este caso, como Francia te ha retenido el 30% en Origen, el exceso de retención se lo tienes que pedir a la hacienda Francesa. Veremos esto con ejemplo más adelante.
*Cuando decimos que te devolverá todo dependerá de tu situación fiscal. En el 99% de los casos sí lo recuperarás, pero pudiera ocurrir que no. Si sabes, más o menos, cómo funciona la declaración de la renta, sabrás que Hacienda nunca te va a devolver nada si antes no lo has pagado. Es decir, si no tienes que pagar nada a Hacienda, ésta nunca te devolverá esa doble imposición. Porque no tiene de dónde devolverte. ¿Es injusto? Sí, pero… Gregorio lo explica muy bien aquí:
A esto es a lo que nos referíamos cuando hablábamos de matices.
El broker influye
Dependiendo del tipo de broker lo tendremos más sencillo o menos.
Los brokers que depositan los valores en España (a partir de ahora españoles) pasan información fiscal y por tanto todos los dividendos extranjeros o españoles cobrados aparecerán directamente en el borrador.
Los brokers que no depositan los valores en España (a partir de ahora extranjeros), no pasan información fiscal, por tanto deberemos decirle nosotros a Hacienda lo que hemos cobrado en dividendos extranjeros y españoles y las retenciones que nos han practicado. Esto, bajo nuestro punto de vista, lejos de ser un inconveniente es una gran ventaja. Ya que, por ejemplo, nunca te retienen en Destino, solo en Origen. Por tanto, hasta hacer la declaración de la renta ese 19% que deberías haber pagado por tus dividendos extranjeros, está trabajando para ti.
Siempre lo decimos y nunca nos cansaremos: independientemente del broker que tengamos, deberíamos hacer exactamente lo mismo en todos los casos: llevar nosotros mismos el control. Aunque tengamos un broker español y pase información fiscal, es responsabilidad nuestra comprobar que la información pasada es correcta. Si se incurren en errores y Hacienda los detecta, no irá a buscar al broker. Vendrá a por nosotros.
Self Bank cometió errores en el borrador el año pasado y parece ser que ING, este mismo año, no ha pasado los datos de las primas de asistencia a las juntas de Iberdrola ni Viscofan. Son cantidades ínfimas, pero son ingresos que no has declarado y deberías.
¿Cuánto nos retienen en los dividendos extranjeros?
Esto lo vamos a poder explicar mejor con un ejemplo, como siempre.
Para simplificar al máximo el ejemplo e intentar explicar de la manera más clara posible el tema que tratamos, vamos a hacer los cálculos con números enteros y a suponer lo siguiente:
- Cobramos un dividendo de 100€ brutos de una empresa alemana (redondeado por simplicidad)
- La retención en Alemania es del 26% (redondeado por simplicidad)
- La retención en España es del 19% (real)
- El convenio de doble imposición del 15% (real)
Según este supuesto veamos lo que vamos a pagar de primeras en impuestos:
- Cantidad bruta: 100€
- Retención de Origen (Alemania): el 26% de 100€ = 26€
- Cantidad tras RO: 100-26 = 74€
- Retención de Destino (España): 19% de 74€ = 14€ (redondeamos por simplicidad)
- Neto a percibir (cantidad tras RD): 100 – 26 – 14 = 60€ (lo que realmente recibes al cobrar el dividendo)
Estas son todas las retenciones que pagas. Como se puede observar, hemos pagado el 40% de impuestos de primeras por nuestros dividendos extranjeros.
Veamos ahora un par de cosas que tenemos que tener en cuenta:
- Cantidad tributada en Origen no sometida a doble imposición: 100 * 0,15 = 15€ (es decir, estos 15€ pagados en destino por nuestros dividendos extranjeros, no tenemos que volver a pagarlos dentro del 19% de España. Lo recuperaremos* al hacer la declaración de la renta)
- Cantidad que podemos reclamar a la hacienda Alemana por el convenido de doble imposición: 26 -15 = 11€ (todo lo que exceda de ese 15% del convenio de doble imposición no lo recuperaremos a menos que se lo pidamos a la Hacienda del país de Origen del dividendo. En este caso Alemania).
Según este supuesto, el pago de impuestos real debería ser:
- Impuestos nominales como residente en España: 100 * 0,19 = 19€ (esto es lo que deberías pagar como residente fiscal español, nada más)
Sin embargo:
- Impuestos reales en Origen (Alemania): 26€
- Impuestos en Origen según convenio (Alemania): 15€ (el 15% del bruto por el tratado de doble imposición)
- Impuestos totales a pagar en Destino (España): 19 – 15 = 4€. (Hacienda no te cobra esos 15€ por el tratado de doble imposición que es del 15%. Solo pagarías 4€ de los 19€ que te correspondería para no pagar dos veces 15€, en destino y origen)
- Cantidad descontada en el IRPF por exceso de retención: 14 – 4 = 10€ (debes pagar solo 4€, pero pagaste 14€, por tanto te tienen que devolver la diferencia).
En resumen, la cantidad de impuestos de este caso concreto es:
- Cantidad inicial a pagar: 26 (Alemania) + 4 (España) = 30€ (30%)
- Cantidad neta a percibir: 100 – 30 = 70€
Estos 70€ es lo que recibirías en realidad tras hacer la declaración de la renta. Lo que supondría un 30% de impuestos, en lugar del 19% por ser residente español. Ese 11% de más, es el que tienes que solicitarle a la Hacienda del país de Origen del dividendo:
- Cantidad final a pagar si se recupera el exceso de retención solicitándolo a la Hacienda Alemana (los 11 €, 15-4): 15 (Alemania) + 4 (España) = 19€ (19 %).
- Cantidad neta a percibir si se recupera el exceso de retención: 100 – 19 = 81€ (como si de un dividendo de una empresa española se tratara).
*Como hemos comentado antes, es posible que, dependiendo de tu situación fiscal, en la declaración no te devuelvan esos 10€ cobrados de más. En el 99% de los casos, lo harán, pero debes saber que podría darse el caso en que no.
Caso práctico
Ahora vamos a usar como ejemplo un cobro de dividendo real de Daimler. Vamos a redondear a dos decimales porque es como habría que introducir los datos en la declaración de la renta. Al lío:
- Cantidad bruta: 120,25€
- Retención de Origen (Alemania): 26,375% de 120,25€ = 31,72€
- Cantidad tras RO: 120,25 – 31,72 = 88,53€
- Retención de Destino (España): 19% de 88,53€ = 16,82€
- Neto a percibir (cantidad tras RD): 88,53 – 16,82 = 71,71€
- Cantidad tributada en Origen no sometida a doble imposición: 120,25*0,15 = 18,04€
- Cantidad que podemos reclamar a la hacienda Alemana por el convenido de doble imposición: 31,72 – 18,04 = 13,68€.
Por tanto, el pago de impuestos para este caso concreto debería ser:
- Impuestos nominales como residente en España: 120,25 * 0,19 = 22,85 €.
- Impuestos reales en Origen (Alemania): 31,72 €.
- Impuestos en Origen según convenio (Alemania): 18,04 €.
- Impuestos totales a pagar en Destino (España): 22,85 – 18,04 = 4,81 €.
- Cantidad descontada en el IRPF por exceso de retención: 16,82 – 4,81 = 12,01 €.
Es decir, la cantidad de impuestos de este caso concreto es:
- Cantidad inicial: 31,72 (Alemania) + 4,81 (España) = 36,53 € (30,38 %)
- Cantidad final si se recupera el exceso de retención (los 13,68 €): 18,04 (Alemania) + 4,81 (España) = 22,85 € (19 %).
Como se puede observar, al final se debería pagar el 19% de España como residentes fiscales que somos. Sin embargo en la práctica, recuperar los excesos de retención a las Haciendas del país de Origen de los dividendos extranjeros suele ser un proceso tedioso y costoso. Por ejemplo, para Alemania necesitas el famoso Tax Voucher por el que los brokers te cobran una barbaridad (ING 100€ e IB 30€ por dividendo).
Dicho esto, es lógico pensar que, fiscalmente hablando, es mucho más atractivo invertir en empresas con retenciones en Origen del 15% o menos, ya que de este modo recuperaremos esa doble retención al hacer la declaración (recordad que existe una posibilidad muy pequeña de que no sea así).
Diferencias entre un Broker Español y uno Extranjero
La diferencia entre tener un broker u otro radica en el momento en el que se pagan los impuestos, pero nada más. Mientras que con un español haces todos los pagos en el momento de recibir el dividendo, en uno extranjero solo pagas la retención de Origen en el momento del cobro. La retención de Destino la pagarás al hacer la declaración.
Por tanto, en nuestro ejemplo ideal:
- Broker Español:
- Impuestos a pagar al recibir el dividendo: 40€ (26€ en Origen y 14€ en Destino)
- Cantidad recibida: 60€
- Broker Extranjero:
- Impuestos a pagar al recibir el dividendo: 26€ (los de Origen solo)
- Cantidad recibida: 74€
Hacienda se comportará de igual manera en ambos casos al final de proceso. En el caso de un broker extranjero, al hacer la declaración, primero «te cobrará» el 19% de esos 74€ y luego ya verá si te puede devolver lo retenido de más o no.
La principal diferencia es que esos 14€ de diferencia entre cobrar el dividendo en un broker u otro están trabajando para ti hasta hacer la declaración. 14€ pueden parecer una nimiedad, pero hay que tener en cuenta que seguramente cobraremos muchos dividendos extranjeros a lo largo del año. Por tanto, creemos que la suma de todas esas retenciones que pagas más tarde es una ventaja que acelera la bola de nieve. Lo explicamos bastante bien en esta entrada.
La declaración de la renta
Todo esto está muy bien pero…¿cómo metemos los dividendos extranjeros en la declaración?
El meter los dividendos extranjeros o españoles en la declaración es bastante sencillo, tan solo tienes que echarle un vistazo a este artículo en el que te mostramos, paso a paso y con fotos, cómo meter los dividendos en la declaración de la renta.
Despedida
La fiscalidad de los dividendos extranjeros es algo lioso al principio, pero con algo de paciencia se entiende fácil. Si eres un poco cuidadoso y anotas bien cada dato, no te llevará más de una tarde en hacer los cálculos. Si además eres capaz de automatizar el proceso (en una hoja de excel, por ejemplo), nunca más tendrás que preocuparte por ello, ya que todos son iguales.
Creemos que el proceso no es tan complicado como para que no merezca la pena invertir en empresas tan buenas como las alemanas, francesas o suizas.
Si te ha gustado, por favor, puntúa el artículo con las estrellas de abajo y/o compártelo.
No te olvides de suscribirte al blog para no perderte nada de lo que publicamos. También puedes seguirnos en Twitter donde comentamos casi a diario. Sigue nuestra faceta más personal en Instagram.
Por último, si nuestro artículo te ha parecido de ayuda y te ha ahorrado tiempo y dinero, puedes invitarnos a un café para agradecérnoslo y motivarnos para seguir haciendo este tipo de artículos en el futuro :). ¡¡Gracias!!
Poco a Poco…
Buenas!
Pues nada, tengo una duda mas acerca de los dividendos de empresas de EEUU cobrados en IB. Son los primeros que voy a cobrar, a finales de este mes y primeros de Noviembre, y fijandome en los extractos de IB, en el apartado de los dividendos a cobrar, me indica que el impuesto que me retienen es un 30%. No deberia ser un 15%? Hay que hacer algo en IB para que me retengan correctamente la retencion de origen de los dividendos de EEUU del 15 %?
Buenas Fran,
Supongo que a la hora de abrir la cuenta, indicaste que eras residente fiscal en España (vamos, no americano)….no? Si es así, no tienes por qué preocuparte, te retendrán adecuadamente. De todos modos, el día del cobro de dividendo (bueno, al siguiente, que es cuando podrás consultar el extracto), fíjate lo que te han retenido y si ha sido el 30% contacta con ellos por el chat. Te lo resolverán y te devolverán lo retenido de más. Si no quieres esperar y asegurarte, puedes contactarles ya explicarle tu caso y preguntarles.
Un saludo!!
Buenos días invirtiendopocoapoco,
Resulta que yo suelo delegar este tema en un gestor, pero últimamente me estoy informando un poco como se hace. Yo solamente invierto con Degiro e Interactive Brokers.
Resulta que revisando las dos únicas casillas que afectan a los dividendos según he leído, esto es la nº 27 y la nº 533 (para la declaración del año 2017), veo que la casilla nº 27 la metieron bien pero en la nº 533 han metido simplemente la suma de las retenciones en origen practicadas a la totalidad de mis dividendos (ya sean extrangeros o nacionales).
Según he podido leer como se hace, creo que no tiene ningún sentido lo que han hecho en la casilla nº 533 y ya no se si estaré pagando de menos o de mas…
!Menudos gestores!; el caso es que Hacienda de momento no ha dicho nada.
A ver si me puedes aclarar si tiene algún sentido lo que han hecho
Gracias y un saludo
Muy buenas Marino,
Échale un vistazo a este otro artículo dónde lo explicamos: https://www.invirtiendopocoapoco.com/dividendos-en-la-declaracion-de-la-renta/
Las casillas son la 027 y la 0553 (no la 0533). Al menos en 2017. Este año fijo que nos las vuelven a cambiar…
No es correcto como te lo han hecho. En la 0553 se deben meter la suma de las retenciones en Origen pero hasta el 15% del convenio de doble imposición. Es decir, para USA y Holanda, se puede meter todo porque retienen el 15% de Origen, pero para Alemania, por ejemplo, no puedes meter todo (26,375%), sino hasta el 15%.
En este caso te está favoreciendo porque estás pidiendo que te devuelvan de más.
Creo que el artículo que te enlazamos te aclarará del todo.
Muchas gracias por pasarte y comentar.
Un saludo!!
Gracias por la respuesta y por el enlace… Perdón por el error, me refería a la 553.
Efectivamente este último año cobre unos 1500 euros en dividendos, mayormente de EEUU y veo que no he pagado nada por ellos en la declaración… Sorprendentemente Hacienda no me ha reclamado nada.
El caso es que he comprobado la declaración del año anterior que la hice con otro gestor, e hizo exactamente lo mismo!
Este año le preguntaré por que lo hacen así, si es que tiene alguna explicación; pero me temo que es para no complicarse la vida, pues ese dato se saca fácilmente del informe del broker (aunque no sea un dato fino…) y de la manera correcta tienes que desglosar las acciones por nacionalidades, ver convenios de doble imposición, etc etc.
En fin, lo de los gestores es de risa.
El que no hayas pagado nada podría ser normal. Quiero decir, dependiendo de tus ingresos y desgravaciones puede que te devuelvan todo lo retenido en dividendos.
En cualquier caso, sí que parece que han ido a lo fácil. Aunque en la declaración hay que meter las cantidades globales, sí que hay que tener en cuenta los convenios de doble imposición para obtener ese total, como muy bien dices.
Un saludo!!
Hola pareja. Voy a empezar a invertir por vez primera ahora en septiembre. Quiero hacerlo con cantidades mensuales alrededor de 2000,00€/mes. Y mi intención es hacerlo en empresas americanas. Tengo un montón de dudas. Empezando por el broker. De Giro me atraía pero veo que tienen diferentes tipos de cuentas y después de leerlos ya no sé qué hacer. Creo que las acciones pertenecen al broker o algo así. Bueno agradezco de antemano vuestros comentarios y consejos. Feliz domingo.
Muy buenas Elvira,
¡Enhorabuena por dar el paso de empezar a invertir! Ya verás el cambio que va a dar tu vida…para mejor, claro.
Pregunta todas las dudas que tengas. Que si no nos vemos capacitados para resolverlas, alguien lo hará y como mínimo te daremos nuestra opinión.
En cuanto al broker, con esa cantidad mensual, yo no lo dudaba. Me abría cuenta en Interactive Brokers. DeGiro no es un broker para largo plazo. O por lo menos nosotros no dormiríamos tranquilos teniéndolo como broker principal o como broker para largo plazo.
Lo dicho, pregunta todo lo que quieras, de verdad.
Muchas gracias por pasarte y comentar.
Un saludo!!
Buenas!
Me queda una duda con respecto a este articulo.
En la casilla 024, donde hay que poner el total de dividendos cobrados, tanto los nacionales como los extranjeros, en el apartado retenciones, entiendo que solo hay que indicar las retenciones en destino que nos han aplicado no? O habría que incluir también las retenciones en destino de los dividendos extranjeros que tengamos depositados fuera de España, aunque el broker en cuestión no nos haya aplicado dicha retención en destino? Mi idea es tener las acciones extranjeras en IB y las nacionales en ING y en Self.
Felicidades por el blog!
Muy buenas Fran,
Exacto. Solo hay que meter las retenciones que nos han aplicado. De este modo Hacienda sabe lo que hemos cobrado y lo que hemos pagado ya para hacer sus cuentas.
Te recomiendo que le eches un vistazo a este artículo que es más reciente y se centra en meter los dividendos en la declaración: https://www.invirtiendopocoapoco.com/dividendos-en-la-declaracion-de-la-renta/
P.D. Nosotros las tenemos así. Extranjeras en IB y nacionales en ING y Self Bank.
Un saludo y muchas gracias por pasarte y comentar!
Hola, he estado hablando con con ING por teléfono porque no me cuadraban los datos que veía en un cobro de dividendo de IBM con mis cáclulos.
Y es que ING está teniendo un error bastante infantil al mostrar estos movimientos.
Pone todo en dólares, cuando en realidad ya ha aplicado el cambio y las cantidades son en euros.
Por lo tanto, en la declaración simplemente hay que tener en cuenta la cantidad que pone de recibido en bruto (repito, aunque ponga $, es en €) y la RO. Salvo eso, los datos están bien.
saludos
Buenas Rodes,
Muchas gracias por el aviso, sin duda es muy útil para todos los que tengáis acciones extranjeras en ING. En ese caso, es más fácil saber las cantidades.
Un saludo!!
El pantallazo del dividendo del que hablo está en http://www.invertirenbolsa.info/foro-inversiones/showthread.php?11175-Declaraci%F3n-de-la-Renta-2016/page21. He puesto un pantallazo con lo que debería ser corregido en rojo.
saludos
Buenas tardes, gracias por todas tus respuestas.
Estoy planteándome comprar acciones en el mercado americano, he leído tus post y ejemplos sobre los dividendos y la retención. Tengo como Broker ING, y quería preguntarte lo siguiente:
Una vez cobrado los dividendos, en los que te hacen la retención en USA y en España, y en el extracto te salen ambas retenciones, pues en la declaración del año siguiente como se debe reflejar todo eso para que te devuelvan la parte americana. Es decir, debo poner lo cobrado en bruto, o solo debo poner lo que me hayan retenido en USA para que me devuelvan esa cantidad. Y también en que casillas de la declaración deben meterse esos datos?. Porque lo cobrado bruto, retenido y el neto de las acciones españolas ya me aparecen automáticamente en una parte de la declaración.
Que debería ir en esa pagina, donde me salen esos datos?
De nuevo felicidades por el blog y por tú gran ayuda.
Un saludo
Muy buenas Carlos,
En el caso de ING es más sencillo, pues pasa información fiscal a Hacienda y verás dichos datos ya incorporados al borrador. En cualquier caso, es siempre responsabilidad nuestra (y muy recomendable) comprobar que dichos datos son correctos. Para tus preguntas te recomiendo echar un vistazo a este artículo donde lo explicamos bastante bien: https://www.invirtiendopocoapoco.com/dividendos-en-la-declaracion-de-la-renta/
Muchas gracias por pasarte y comentar.
Un saludo!!
¡OJO! Los datos que pasa ING a Hacienda son los datos de la retención en destino (en España). Esos datos normalmente están correctos aunque a veces faltan cosas como se comenta más arriba de las primas de asistencia a juntas, que se corrigen más adelante durante la campaña de la renta.
Lo que es muy confuso es la forma de dar en su informe (repito, no sale en el borrador de Hacienda) los datos de las empresas extranjeras. Al menos el año pasado, el importe bruto no era el importe pagado por la empresa, es el importe recibido en España. Para obtener el importe bruto hay que sumar la columna de retención en origen. La retención en destino es correcta, el 19% del importe bruto en destino (1ª columna).
Necesitas estos datos para que Hacienda te devuelva el 15% de doble imposición. Es algo que no sale relleno por defecto en el borrador porque no tiene esos datos (importe bruto en origen y retención en origen)
Este es un buen ejemplo de por qué merece la pena llevar un control propio independientemente del broker usado. De este modo, además, pasar de un ING a un Interactive Brokers en un momento dado, no es nada traumático.
Gracias por el aporte Jose. Como no tenemos extranjeras en ING, no sabíamos esto.
Gracias por pasarte y comentar.
Un saludo!!
Gracias José por tu comentario, porque a mí me está pasando ahora lo mismo, para la renta 2018. Me doy cuenta de que ING ha pasado los datos referidos a «ingresos íntegros» como el bruto descontado de la retención en origen, lo cual está mal. Menos mal que lo llevo todo apuntado si no ahora sería un follón.
Es como dice IPP, al final ni siquiera usando un broker como ING estamos exentos de llevar el control, o sea que al final te da igual ING que IB.
Por cierto IPP, gracias por ayudarnos a hacer la declaración de la renta, tu web es muy útil, en serio.
Muchas gracias a ti, allonzo, por pasarte, comentar y tus palabras 🙂
Un saludo!!
Hola,
Lo primero felicitarte por tu blog, buenos contenidos en una excelente web.
Creo que compraste NG, ¿Has cobrado ya algún dividendo?
Estoy en una circunstancia parecida a la tuya y quiero empezar a comprar en UK, dejando un poco de lado el IBEX. Pero aún no me he decidido a hacer la primera compra.
Un saludo.
Buenas Libros de Inversion,
Muchas gracias por tus palabras :).
Efectivamente, NG fue nuestra última compra (la primera en UK). Aún no hemos cobrado ningún dividendo…¿por?
UK es uno de los mercados más favorables para invertir para nosotros ya que no tienes retención de origen y además estarías diversificando en moneda. Actualmente está en máximos pero la libra hace tiempo que se mueve rondando los mínimos de varios años, así que lo comido por lo servido. Échale un vistazo a la propia NG, Vodafone o Glaxo (si te gustan las empresas, claro).
Un saludo y gracias por pasarte y participar!
Lo del cobro los dividendos de NG es por saber si todo ha ido según lo previsto. Según he leído tienen un funcionamiento algo diferente que en España y me gustaría saber si al final nos ingresan el 100% del dividendo previsto y que no hay sorpresas.
Mi estrategia de inversión está basada en el cobro de dividendos y perder un 5% en no sabe muy qué, me supondría mucho dinero en a la larga.
Si no hay sorpresas, mi primera compra en UK será NG o VOD. Compartimos gustos.
Un saludo.
Un offtopic, ¿como se incluye una imagen en el icono?
No sé a qué te refieres con funcionamiento algo diferente. Imagino que hablas de los DRIP que algunas empresas hacen (como Glaxo y Vodafone, no sé si NG también), que es muy parecido a un Scrip. ¿Puede ser eso?
Como ya sabrás si has visto nuestro radar y/o cartera modelo, VOD y NG están incluidas, así que sí, compartimos gustos :P.
Lo de la imagen…creo que tienes que tener una cuenta en WordPress. Te logueas allí y puedes comentar con tu usuario registrado.
Un saludo!!
Por si os sirve de ayuda. Estas 3 que comentas junto con WPP son lis 4 valores en UK, retencion 0 en origen. Una maravilla solo retencion en destino. Nunca Drip siempre Cash en mi caso
Yo creo que lo mejor, es invertir en ESPAÑA, REINO UNIDO, USA Y HOLANDA, aquí no hay problemas y no perdemos nada, en los demás países hay burocracias y te piden papeleos y complicaciones. Además hay suficientes empresas de calidad en estos países.
Buenas invirtiendo,
Sin duda que esos 4 mercados son los menos desfavorables para nosotros, pero hay empresas muy buenas en Alemania o Francia que no hay en otros mercados. Creo que tener algunas tampoco supone demasiado.
Un saludo y gracias por participar!!
Buenas,
Hace tiempo que estoy siguiendo empresas francesas pero me frena la elevada retención.
La cosa es que decido lanzarme y buscar a ver si IB puede ayudarnos de alguna manera a la hora de recuperar el exceso de retención y la sorpresa es cuando leo «Please note that an external fee of 125 EUR per each dividend is charged by Euroclear for processing the reclaim.» (https://ibkr.info/article/3046)
¿Vosotros cómo lo hacéis con las empresas francesas que tenéis en cartera?
Muchas gracias!!
Buenas,
Sí, para poder reclamar el exceso de retención en francesas necesitas el documento que acredite que eres dueño de esas acciones. IB cobra, efectivamente, 125€ por dividendo (ING 100€), por lo que, salvo que el exceso de retención sea mayor que esos 125€ no te trae cuenta reclamarlo.
Nosotros solo tenemos Unibail Rodamco en cartera y de momento renunciamos a recuperar el exceso de retención en origen.
De todos modos, en el caso de Francia, estamos muy cerca de que los brokers empiecen a retener un 12,8% de origen para no residentes. Ya deberían hacerlo pero los brokers todavía no lo aplican no se sabe muy bien por qué.
Gracias por pasarte y comentar.
Un saludo!!
Buenos días, y gracias por vuestra rápida respuesta.
Algo de eso había leído, que de momento no lo estaban aplicando pero estaremos atentos por si deciden comenzar a aplicarlo!
Un saludo!
El panorama de retenciones en origen puede ser cambiante.
Parece que en enero 2018 las acciones holandesas tendrán 0% de retención a los dividendos.
Y se oye, ojalá no, que en UK por el brexit puede desaparecer la retención 0% de la que disfrutamos ahora.
Muy buenas Preikestolen,
Sí, puede ser cambiante, de hecho debería serlo para evitar ser cobrados doble…Lo que comentas de las holandesas…¿Dónde lo has visto? La verdad es que sería un triunfazo.
Lo de UK…veremos a ver por dónde sale todo esto…Menudo desastre…Ojalá que no pase lo que comentas, pero a saber…
Muchas gracias por pasarte y comentar, es un placer tenerte por aquí :).
Un saludo!!
Hola.
Lo vi en un reporte le me han pasado de Ocu:
Interesante pues al no perder retención en origen, ya llevo Kpn e Ing y aumentar en Adolf, abriendo Unibail Rodamco y AmsterdamCommodities.
Ese no 15% nos resultaría interesante.
«Ahí va la revista semanal de la OCU y análisis reciente de RDS.
Royal Dutch Shell A: adquisición en el sector del coche eléctricohace 2 horas – martes, 17 de octubre de 2017
La petrolera europea invierte en el campo de las estaciones de recarga. ¿Qué nos parece esta estrategia?
El grupo petrolero Royal Dutch adquiere el grupo neerlandés NewMotion, proveedor europeo de estaciones de recarga para vehículos eléctricos por un precio no desvelado.
Acción correcta con un buen dividendo pero un riesgo superior a la media, no apto para el inversor más prudente.
MANTENGA..
La operación no tendrá por el momento ningún impacto en los resultados, pero muestra el mayor interés de las petroleras europeas en el campo de las energías renovables, al contrario que ocurre con sus homólogas americanas.
Por otro lado, la desaparición en 2018 de la tasación sobre el dividendo en los Países Bajos podría abrir la puerta a una fusión entre las acciones A y las acciones B, cuya diferencia actual se explicaba por la fiscalidad.»
Pues lo dice bien claro: «…la desaparición en 2018 de la tasación sobre el dividendo en los Países Bajos…». Excelente noticia pues. Nosotros teníamos previsto comprar Unilever en UK, pero ahora nos trae mucha más cuenta hacerlo en Holanda.
Muchísimas gracias por compartir, Preikestolen, no tenía ni idea.
Un saludo!!
Francamente no lo veo complicado mas un desastre en mi opinión. Esto complica la vida de uno al querer jubilarse o al menos ser libre de financieramente. Tendré que leer el articulo varias veces por lo que pude entender la retención es insólita e injusta. Espero algún día cambien las reglas en tu país para que sea mas accesible a invertir fuera del país. Gracias por compartir.
Buenas Capturando Dividendos,
La verdad es que es bastante injusto que te cobren dos veces sobre algo que ya ha pagado impuestos previamente, pero bueno…
Tengo entendido de vives en USA…¿verdad? ¿Vosotros no tenéis doble retención en empresas extranjeras? Imagino que será igual para todos…¿no?
Gracias por pasarte y comentar.
Un saludo!!
Hola Invirtiendo Poco a Poco,
Si vivo en USA. Así mismo es nos cobran doble retención por empresas extranjeras dependiendo del país así como lo describes también. Acá también lo puedes reclamar como bien explicas en la hacienda pero es un proceso. Yo me enfoco mas en el mercado Americano por varias razones: No conozco mucho de las empresas extranjeras excepto algunas las cuales las tengo en mi portfolio y también por la doble retención. Si decido seguir invirtiendo fuera de USA debe ser una empresa sumamente de alta calidad. Buen día!
Aaaaamigooo, es que tú lo tienes más fácil, ya que en USA hay muchísimas empresas de calidad y tenéis prácticamente todos los sectores. Eso no ocurre en España y por eso la necesidad de externalización. No nos queda más remedio que mirar fuera y tragar con las dobles retenciones jejeje.
Mucha gracias por responder a mis preguntas 🙂
Un saludo!
Hola,
Gracias por tu post, me parece que aclara mucho el tema para todos aquellos que no se atreven aun a invertir fuera de España. Yo utilizo un excel donde voy anotando todos los dividendos nacionales y extranjeros cobrados, asi automatizo el sacar la cantidad de doble retencion a pedir a la hacienda española. Por el momento no he pedido nada a la hacienda extranjera, no me merece la pena por las cantidades pequeñas que representan.
Enhorabuena por tu blog.
Saludos
Antonio
Buenas Antonio,
Muchas gracias por pasarte y comentar.
Me alegro que te parezca útil. Nosotros hacemos exactamente lo mismo que tú. Tenemos nuestra excel que automatiza todo y nos lo da bien mascadito para hacer la declaración. Lo difícil no fue automatizarlo todo, sino entender bien los conceptos para poder hacerlo. Eso es lo que hemos querido compartir con vosotros, los conceptos, de la manera más clara que sabemos. Una vez entendido esto, no hay excusas para comprar excelentes empresas fuera de nuestras fronteras.
Un saludo!!