Hoy vamos a ver cómo meter la venta de acciones en la declaración de la renta.
Meter la venta de acciones en la declaración es algo que prácticamente todo inversor tendrá que hacer varias veces a lo largo de su vida inversora. Es una tarea muy sencilla. Si no lo has hecho nunca o necesitas recordarlo, tranquil@ que nosotros te mostramos cómo hacerlo.
Como ya sabemos todos a estas alturas, estamos en plena campaña de la Declaración de la Renta. Por estas fechas son habituales los nervios y las dudas sobre si lo que estamos haciendo está bien o mal.
Aunque lo normal en un buy&hold es no vender nunca, es probable que a lo largo de nuestra vida inversora nos veamos en la necesidad de ello. Ya sea por que la empresa deje de cotizar tras una OPA (Abertis), porque se pierda la confianza en la empresa (OHL) o porque haya un traspaso de cartera de por medio, entre cualquier otro motivo.
En este caso, ya sea con ganancias (plusvalías) o pérdidas (minusvalías), hay que declarar la operación.
Actualizado a 13 de Abril de 2023
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¿Qué vamos a ver?
Consideraciones previas
Aunque meter la venta de acciones en la declaración es bastante fácil, hay que tener claro una serie de conceptos básicos antes de empezar:
- Si ves capturas de pantalla en las que aparecen años anteriores (2018, 2019…) es debido a que esas pantallas no han cambiado desde entonces por lo que hemos decidido no actualizarlas para poder tener el artículo listo lo antes posible. Hazte a la idea que pone el año en el que estás leyendo el tutorial y listo.
- Da igual si las acciones las compraste el mismo año que las vendiste, 2 años antes o 5. Se tienen que introducir en la declaración de la renta del año en que se vendieron.
- Se aplica siempre el método FIFO, independientemente de si tenemos 1 broker o 25. Las primeras que se venden, son las primeras que se compraron aunque fuera en otro broker.
- Da igual que tengas un broker español o extranjero, ante una venta el broker no te retendrá nada, por lo tanto hay que incorporar esta operación al borrador.
- Las minusvalías se pueden compensar con las plusvalías durante 4 años a contar desde el año que se generaron.
- No se pueden compensar minusvalías si se ha incumplido la regla de los 2 meses (un año en algunos mercados extranjeros), pero se tienen que meter en la declaración igualmente.
- Las comisiones se incluyen:
- Se suman a la compra
- Se restan en la venta
Al lío.
Antes de empezar
Antes de comenzar, un pequeño truco para movernos más rápida y cómodamente por las diferentes páginas dentro del borrador. Si hacemos click sobre alguno de los dos números de la barra de navegación (en el 50 o 54 en esta captura):
Se nos abrirá una ventana como esta:
Metemos el número de página a la que queramos ir y pinchamos en Aceptar. El programa nos llevará directamente a esa página sin tener que andar pinchando en las flechas de anterior o siguiente. Esto nos ahorrará tiempo ya que nosotros siempre damos el número de página al que tenemos que ir a introducir datos.
Ahora sí, tras este pequeño pero muy útil truquillo, comenzamos.
Cómo meter la venta de acciones en la declaración de la renta
Para encontrar la casilla encargada de esto tenemos que irnos a la página 16 del borrador (Nota: cuando hablamos de página nos referimos a la que está en el centro de la imagen en la barra de arriba (16/54), no el texto de la derecha en la barra azul (Página 14). Eso será así para todo el artículo), sección F2. Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales (a integrar en la base imponible del ahorro) (continuación), subsección Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de acciones negociadas.
En dicha sección, tenemos la casilla 0328, Importe global de las transmisiones efectuadas en 2022.
Pinchamos en el lápiz y se nos abrirá esta ventana:
Aquí tenemos que fijarnos principalmente en 3 campos:
- Entidad Emisora: el nombre de la empresa cuyas acciones vendimos.
- Valor de transmisión: el importe obtenido con la venta (comisiones descontadas).
- Valor de adquisición: el importe de compra (comisiones incluidas).
Existe un cuarto apartado, el de No imputación de pérdidas por recompra de valores homogéneos. Esta casilla habría que marcarla si hemos incumplido la regla de los 2 meses en la operación que estamos introduciendo. Importante: Aunque no puedas compensarte las pérdidas por haber incumplido la regla, hay que declarar la operación igualmente. No te preocupes, porque podremos compensar esas minusvalías en cuanto vendamos ese paquete de acciones en sucesivos años.
Veámoslo con un ejemplo, que es más sencillo.
Ejemplo venta en Euros
En este caso vamos a utilizar un caso real. El de la venta obligada de Abertis.
- Compramos 95 acciones de Abertis a 13,40€, por las que pagamos 10€ de comisiones.
- Vendimos esas 95 acciones a 18,60€ pagando una comisión de 9,11€.
¿Cómo meter estos datos en la declaración?
Lo primero es calcular los valores de adquisición y transmisión.
- Valor de adquisición (lo que pagamos por las acciones): 95*13,40 = 1273,45 + 10 = 1.283,45€
- Valor de transmisión (lo que obtuvimos por la venta): 95*18,6 = 1.767 – 9,11 = 1.757,89€
Una vez hechos los cálculos (bastante simples, la verdad), los metemos en el borrador:
- Entidad Emisora: Abertis
- Valor de transmisión: 1.757,89
- Valor de adquisición: 1.283,45
En este caso, al haber tenido una plusvalía, no tenemos que marcar la casilla «No imputación de pérdidas por recompra de valores homogéneos». Solo habría que marcarla si obtenemos una minusvalía y hemos incumplido la regla de los 2 meses.
Y ya está.
Al darle a Aceptar veremos que la ventana emergente se ha cerrado y ahora vemos dicha información reflejada en el borrador tal que así:
Como vemos, la información ha sido añadida correctamente y el programa nos ha calculado automáticamente las plusvalías. Si hubiéramos obtenido minusvalías, aparecerían en la casilla 0337.
Ejemplo venta en otras divisas
Cuando la venta de acciones se produce en otra divisa diferente al Euro, tan solo tenemos que hacer un paso previo a lo ya expuesto aquí, y es pasar el Valor de Adquisición y de Transmisión a Euros cogiendo el tipo de cambio del día en que compramos y vendimos las acciones.
Por ejemplo, supongamos que:
- Compramos 49 acciones de Disney a 100$, por las que pagamos 1$ de comisiones.
- Vendimos esas 49 acciones a 112$ pagando una comisión de 1$
- El tipo de cambio Euro/Dólar el día de la compra fue de 0,9€
- El tipo de cambio Euro/Dólar el día de la venta fue de 0,86€
¿Cómo meter estos datos en la declaración?
Lo primero es calcular los valores de adquisición y transmisión.
- Valor de adquisición (lo que pagamos por las acciones): 49*100 = 4.900$ + 1 = 4.901$
- Valor de transmisión (lo que obtuvimos por la venta): 49*112 = 5.488- 1 = 5.487$
Ahora lo que tenemos que hacer es pasar esos importes a Euros cogiendo el tipo de cambio oficial del día (en el ejemplo nos hemos inventado el tipo de cambio, pero habría que coger el oficial. Bien el que nos proporciona nuestro broker (nosotros siempre preferimos este porque si Hacienda te pide explicaciones, siempre podrás demostrar lo que dices dándole un documento oficial de tu broker) o bien el que se publique en el BOE o BCE):
- Valor de adquisición: 4.901*0,9 = 4.410,9€
- Valor de transmisión: 5.487*0,86 = 4.718,82€
Estos son los valores que tenemos que meter en nuestra declaración. No los que nos daban en Dólares.
Los meteríamos en el borrador tal que así:
- Entidad Emisora: Disney
- Valor de transmisión: 4.718,82
- Valor de adquisición: 4.410,9
En este caso hemos generado una plusvalía, pero no tenemos que calcularla si no queremos, ya que el programa se encarga de hacerlo automáticamente.
Este ejemplo vale para cualquier divisa que quieras. Solo hay que coger el tipo de cambio oficial con respecto al Euro el día en que hagas las operaciones (compra y venta).
Metiendo más de una operación
¿Qué pasa si he hecho más de una operación de venta este año? Pues tan sencillo como pinchar en el botón que dice Alta Entidad Emisora. Esto nos permitirá añadir tantas operaciones como necesitemos.
Al pinchar en veremos algo así:
Como podemos ver, es muy parecida a la primera imagen del artículo con la salvedad de que ahora estamos en la Entidad Emisora 2 de 2 y podemos usar las flechas para movernos entre las diferentes Entidades Emisoras. Además, si hemos creado esta Entidad por error, podemos eliminarla pinchando en la X roja.
También podemos observar que hasta que no hayamos rellenado esta Entidad Emisora, no podremos crear otra.
El proceso de introducción es el mismo que hemos explicado en el apartado anterior. No hay diferencias.
¿Tengo que meter las operaciones por separado si he hecho más de una venta en una misma empresa?
No, puedes agruparlas en una misma Entidad Emisora sumando los valores de adquisición y transmisión siempre y cuando sean del mismo tipo. Lo explicamos.
Imaginemos el siguiente escenario:
- Compramos 100 IBE el 1 de Enero.
- Vendemos las 100 IBE el 2 de Marzo con ganancias.
- Compramos las 100 IBE el 3 de Marzo.
- Vendemos las 100 IBE el 4 de Junio con pérdidas.
- Compramos las 100 IBE el 5 de Septiembre.
- Vendemos las 100 IBE el 6 Octubre con pérdidas.
- Compramos las 100 IBE el 1 de Noviembre.
En este ejemplo sencillo para que se vea claro, podríamos agrupar las 4 operaciones en naranja pero debemos introducir por separado la operación en azul ya que hemos incumplido la regla de los 2 meses comprando el 1 de Noviembre. Por tanto, para esta última operación deberemos marcar la casilla «No imputación de pérdidas por recompra de valores homogéneos«.
Compensar plusvalías con minusvalías
Como ya hemos comentado, las minusvalías se pueden compensar con las plusvalías para rebajar la carga fiscal. Ampliando un poco más la información tenemos:
- Las minusvalías se compensan primero con las plusvalías generadas ese mismo año.
- Si una vez compensadas con las plusvalías, siguen existiendo minusvalías, se podrán compensar hasta un 25% de lo retenido por dividendos o intereses (o cualquier rendimiento del capital mobiliario).
- Si aún así siguen quedando minusvalías, éstas se podrán compensar durante los próximos 4 años.
Cómo hemos visto en el ejemplo, no nos tenemos que preocupar de calcular la plusvalía o minusvalía, así como la cantidad resultante si pudiéramos compensar, o la cantidad compensada con dividendos o otros rendimientos del capital mobiliario. Esto lo hace el programa automáticamente. Solo tenemos que indicarle «cuatro» parámetros de entrada muy sencillos de calcular.
Cómo mirar las minusvalías pendientes de compensar
Si solo hemos generado plusvalías o tras aplicar todas las compensaciones descritas en el apartado anterior seguimos teniendo plusvalías, entonces se pueden compensar con las minusvalías generadas durante los 4 años anteriores.
Hay que tener cuidado con esto porque aunque Hacienda parece que últimamente aporta esta información automáticamente de declaraciones anteriores, tenemos que ser nosotros los que llevemos un control de si tenemos algo pendiente de compensar para evitar perder unos euros por el camino.
Este año lo han escondido muuuy bien (y no nos extraña…). Pero si ellos son listos, más lo somos nosotros y hemos dado con ello.
Para ver lo que nos queda pendiente de compensar nos tenemos que ir a la página 24 del borrador, sección H. Base imponible general y base imponible del ahorro -> Base imponible del ahorro (segunda sección):
Y abajo del todo hay un botón que dice Más info:
En la venta que se nos abre, nos vamos a la primera sub-sección: Saldos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales pendientes de compensar en los ejercicios siguientes.
Las casillas a mirar son las que hemos marcado en rojo: 1263, 1266, 1269 y 1270 (Pendiente de aplicación en ejercicios futuros).
Cómo introducir las minusvalías pendientes de compensar de otros años
Ya hemos visto cómo obtener las minusvalías pendientes de compensar, si las tenemos. Ahora solo nos faltaría meterlas en el borrador si aplica (es decir, si tenemos plusvalías globales este año). Para ello, nos vamos la página 24 del borrador, sección H. Base imponible general y base imponible del ahorro:
En esa página, debemos irnos como hacia la mitad. A la subsección llamada Base imponible del ahorro. En ella veremos las casillas correspondientes:
Dichas casillas son la 0439, 0440, 0441 y 0442.
Meter los datos aquí es muy sencillo. Pinchamos en el lápiz (da igual en el que pinchemos, la ventana que se abre es la misma para todos):
¿Cómo metemos los datos aquí?
Las minusvalías que tenemos pendiente de compensar de otros años. Aseguraos bien de meter la minusvalía en el año correspondiente.
No hace falta que nosotros hagamos los cálculos, solo tenemos que proveer la cantidad total pendiente de compensar, y el programa se encarga de todo.
Cómo meter las minusvalías bloqueadas por la regla de los 2 meses
Cuando incumples la regla de los 2 meses (1 año en algunas extranjeras), debes marcar la casilla de «No imputación de pérdidas por recompra de valores homogéneos» como ya hemos comentado. En este caso, esa pérdida bloqueada no se refleja en ningún sitio en la declaración. Tienes que llevar el control de las minusvalías tú mismo. El año en que desbloquees esas pérdidas podrás meterlas en la declaración.
Para ello hay que irse a la página 21 -> F2. Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales (a integrar en la base imponible del ahorro)(continuación):
Aquí nos vamos a la sección Imputación a 2022 (o año de presentación) de ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones efectuadas en ejercicios anteriores, y las metemos en la casilla 0395 – Importe de la pérdida patrimonial que procede imputar a 2022 (o año de presentación).
Despedida
Meter la venta de acciones en la declaración es una tarea muy sencilla. Una vez más, lo más «complicado» es llevar un control de lo que se ha hecho durante el año. Para un buy&hold no deberían ser demasiadas operaciones de venta al año (por no decir ninguna), por tanto es una tarea que nos debería llevar muy poco tiempo.
Y vosotros…¿Tenéis muchas operaciones de venta? ¿Sabíais cómo introducirlas? ¿Os ha parecido sencillo? ¿Hemos cometido algún error? Si es así, por favor no dudes en dejarnos un comentario con el fallo para poder corregir el artículo.
Si te ha gustado, por favor, puntúa el artículo con las estrellas de abajo y/o compártelo.
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Poco a Poco…
Buenos días,
Una pregunta rápida y que quizás sea de perogrullo pero todos los ejemplos que poneis en el post son con empresas españolas, en el caso de que fuesen extranjeras deberíamos tomar alguna consideración
Muchas gracias
Muy buenas Carlos,
La forma de declararlas es exactamente la misma. Solo que dependiendo del tipo de broker que tengas, tendrás que tener en cuenta también el tema divisas. Si tienes broker monodivisa, como en este artículo.
Si tienes broker multidivisa (Interactive Brokers) entonces mírate este otro artículo: https://www.invirtiendopocoapoco.com/fiscalidad-en-cuenta-multidivisa/ y este: https://www.invirtiendopocoapoco.com/como-declarar-las-operaciones-con-divisas/
Gracias a ti por pasarte y comentar.
Un saludo!!
Buenas tardes, En la declaración del año pasado tuve varias pérdidas patrimoniales que debido a la regla de los dos meses no me pude compensar. Si ya he desecho todas las posiciones en dichas empresas ¿puedo compensar dichas pérdidas en la declaración de este año?. Muchas gracias
Buenas peon63,
Sí, puedes compensarlas (siempre que no hayas vuelto a comprar en los 2 meses siguientes a cuando dejaste el saldo de acciones a 0).
Un saludo!!
Pero una cosa, por favor. Si compro 100 acciones de la empresa A, el 5 de enero del 2020. Las vendo, las 100, el 8 de enero de 2020 y el 10 de enero compro SOLO 50 acciones, que las vendo en marzo del 2021 y ya no compro más esa empresa A. ¿cómo compenso esas pérdidas por haberme incumplido los 2 meses? ¿compenso la parte proporcional de las 50 acciones en el ejercicio 2020 y la otra parte de las 50 en el ejercicio 2021? ¿o puedo compensar toda la pérdida patrimonial entera en el ejercicio 2021? muchas gracias. Un saludo
genial, que bueno, gracias por compartir la información, una pregunta que me hago, si haces day trading, y imaginemos tienes 100-200 operaciones al año, tienes que meter una a una? por lo que estoy viendo, al final repites la información una y otra vez, metes las operaciones en la renta, lo vuelves a meter si tienes que hacer el D6, y otra vez si tienes que hacer el 720, si tienes 100 operaciones al año, ¿tienes que contratarte una secretaria? 😀 un saludo
Buenas Nicolás,
La verdad es que no me gustaría ser trader a la hora de hacer la declaración jajajaja. Imagino que tendrán su sistema para contabilizarlo todo y seguramente metan un registro por empresa aunque hagan 100 operaciones en ella al año. O eso, o lo hacen en un broker que pasa información fiscal a Hacienda y se despreocupan jejeje.
Gracias por pasarte y comentar.
Un saludo!!
Buenas!
Me surge una duda con esto de la declaración de la renta.
El caso es que la presenté a finales de Junio, y a día de hoy aun no me han ingresado lo que me sale a devolver. Esto es normal? A alguien mas le ha pasado? La verdad es que a mi nunca me había pasado, es cierto que este año con el tema de las múltiples plusvalías y minusvalías que tuve que introducir, asi como los dividendos, me retrasé mas de lo normal en presentarla, pero aun así me choca que tarden tanto en hacer el ingreso… Otros años hacían el ingreso a los pocos días de presentarla. Tengo la mosca detrás de la oreja por si tendrá algo que ver con las fuertes minusvalías que tuve con el caso Banco Popular, las cuales metí en la declaración este año, y me compensó mucho las plusvalías que tuve de otras ventas de acciones. Debo ponerme en contacto con Hacienda por este retraso? Un saludo y gracias por el todo lo que aprendo en este blog!
Buenas Fran,
Pues no sabríamos decirte. En teoría tienen todo 2018 para hacer la devolución. Conocemos casos de cobrar incluso al año siguiente (varios meses). Eso sí, al ser otro año te ingresan intereses.
Sentimos no serte de más ayuda :(.
Un saludo y gracias por pasarte!!
Gracias por la respuesta.
Seguiré esperando entonces. La verdad es que yo no conozco ningún caso donde se hayan retrasado tanto, de ahí mi duda. No es ya por la cantidad que me tienen que ingresar, sino el temor de que haya hecho algo mal al cubrir las plusvalías y minusvalías, sobre todo esas minusvalías tan importantes del Banco Popular que muchos tuvimos.
En fin, a ver que pasa….
Un saludo!!
Si lo has declarado todo no tienes nada que temer. A mí también tardaron bastante en aceptarla y eso que tenía que pagar jejeje, eso sí, no tanto.
Cuando menos lo esperes, lo harán.
Un saludo!!
Muchas gracias por las explicaciones. Muy útil por este guiri – acabo de vender unas acciones con una pérdida, pero había 3 «grupos» de acciones con precios diferentes — todos más que el precio actual 🙁
Entonces, solo tengo que repetir el mismo entidad emisora 3 veces?
Muchas gracias por su ayuda y si nos encontramos en BCN un dia, te debo unas pintas !
Muy buenas JamesonFan,
Si vendiste todas las acciones (es decir, toda tu posición), no hace falta meter 3 veces la operación. Es tan sencillo como sumar lo que te costó adquirir esos 3 grupos (paquetes) de acciones y lo que has obtenido con la venta. Y eso es lo que metes en la declaración.
Ahora, si no has vendido toda tu posición y solo una parte, entonces sí tendrías que ir calculando y comparando con los paquetes comprados usando el método FIFO.
Unas pintas no que no bebemos alcohol, pero una cocacola no te vamos a decir que no :P.
Gracias a ti por pasarte y comentar.
P.D. De dónde eres? Si se puede saber, claro…
Un saludo!!
Gracias por tu respuesta y siento el retraso en responder. Una cocacola sera, entonces!
Soy de Irlanda (Cork) y vivo ahora en Barcelona. Normalmente digo que el tiempo aqui esta mucho mejor, pero los últimos semanas, ya no estoy tan seguro 🙂
No he vendido toda mi posición entonces tendré que calcular en manera FIFO.
Una cosita mas – es verdad que no tengo que hacer nada en mi caso hasta que rellene el borrador el mayo que viene? En Irlanda tienes que informar al «Revenue» (Hacienda) dentro de un mes después de la venta de acciones ganancia o no. (Y con ganancia, debes pagar los impuestos.)
Cork!! Estuve viviendo 4 años en Dublin pero nunca viajé a Cork (me arrepiento muchísimo), así que considero la Isla Verde como mi segunda casa ;).
Correcto. En España, la declaración de un año se hace a mediados del siguiente. Es decir, tú declararás esa pérdida a mediados de 2019 (de Mayo a Julio más o menos).
Por cierto, tú que conoces ambos sistemas tributarios….¿a tí también te parece bastante más fácil es irlandés o es solo impresión mía?
P.D. Por tu nick intuía que eras irlandés 😛 (viví un tiempo en Smithfield, al lado de la fábrica de Jameson) jejeje.
Un saludo!
Gracias otra vez! Si, en Smithfield ahora hay nuevo museo de Jameson que vale la pena visitarlo aunque no bebas.
En mi vida laboral en Irlanda (> 20 años) solo he tenido de rellenar «tax returns» tres o cuatro veces. Aquí tengo que hacerlo cada año pero la verdad es que está bastante fácil (hasta ahora!)
Gracias otra vez y buen finde!
Buenas tardes.
Enhorabuena por el blog y gracias por ayudarnos.
Tengo una duda con la comisión de compra. Si compro 10 acciones con una comisión de 2 € por ejemplo y vendo 5 acciones. ¿Qué comisión sumaría al precio de compra?
Un saludo y muchas gracias por todo.
Buenas Jose,
Vamos a suponer que compras 10 acciones a 1€ cada una. Bajo este supuesto tendríamos que:
– Habrías pagado por tus acciones: 10*1= 10 + 2€ (comisión) = 12€
– Precio Medio de Compra de cada acción: 12€/10 acciones = 1,2€ cada acción.
Supongamos que vendes tus 5 acciones a 2€ cada una, con una comisión, nuevamente de 2€. Tenemos:
– Hemos obtenido por las acciones: 5*2€ = 10€ – 2€ (comisión) = 8€.
Como hemos vendido 5, hay que comparar con las primeras 5 que compramos que fueron a 1,2€ por acción:
1,2*5 = 6€.
Hemos obtenido una plusvalía de 2€ por la que pagaremos 0,38€ (el 19%).
Espero haberme explicado, pero si no es así, por favor, házmelo saber.
Un saludo!!
Hola de nuevo. Con este ejemplo me queda muy claro.
Muchísimas gracias por ayudarnos tanto y tan rápido.
Un saludo.
Genial. Pregunta todo lo que necesites, por favor :).
Gracias a ti por leernos y comentar.
Un saludo!!
Muy buenas. Muchas gracias por el artículo. Lo tendré muy en cuenta en la declaración del año que viene.
Tengo una duda: ¿sabes si con minusvalías de venta de acciones se pueden compensar primas de ventas de puts?
Saludos
Muy buenas Jok,
Siento la tardanza en contestar. No nos olvidamos de ti ni pasamos, simplemente lo hemos consultado y han tardado en contestar.
Sí, se pueden compensar.
Un saludo!
Este ejemplo está todo en €, pero tengo una duda sobre la venta de acciones en otra divisa
En tu otro post sobre cuenta multidivisa, explicas que lo que hay que declarar a hacienda al vender acciones en dólares sin cambiar de vuelta a euros, es la plusvalia/minusvalia.
Para las plusvalias por ejemplo, el valor lo das por fijo (IB por ejemplo nos dice el realized gain de la venta, imagino que te refieres a eso)
El problema es el siguiente, si yo hago el mismo proceso especificado aquí pero haciendo las conversiones a € cada vez, no me dan las cuentas (y pienso que deberían, o igual no, tal vez puedas explicarme)
Ejemplo:
1) compro 20 participaciones por un valor de 100$. Lo paso a € al cambio del día, me da 90€ digamos
2) 1 mes después compro otras 30 por un valor de 120$. lo paso a € y me da 110€
3) unas semanas después compro unas 60 por 200$, 170€
4) varios meses después vendo 70 participaciones. si hago la cuenta según este post, en «compra» sería 90€ + 110€ + 56€ (20*170€/60, lo proporcional para lo restante, ya que no he vendido todo lo que tenía).
en «venta» serían lo que obtuve por la venta en $, pasado a €
yo esperaría que «compra» – «venta» = plusvalia/minusvalia que me informa IB, pero en realidad no es así, hay bastante diferencia en los números
si en vez de hacer todo en €, lo hago directamente en $, el monto se acerca más (en el ejemplo venta$ – (100$+120$+66$) ), pero tampoco es exacto (y debería serlo, porque no he hecho ningún cambio de divisa)
lo que mas me preocupa es que la plusvalia informada por IB es un 20% más que lo calculado mediante la primera fórmula. Entonces me gustaría saber porqué sucede esto (tal vez no tenga sentido lo que estoy calculando, pero no me lo parece)
Espero se haya entendido la idea del mensaje, no quise poner valores exactos porque esto se lee públicamente.
Buenas Daniel,
No entiendo esto de «Para las plusvalias por ejemplo, el valor lo das por fijo». Tampoco sé qué es el Realized Gain del que hablas. Yo nunca me fío de estos datos que me dan los brokers, por eso hago los cálculos yo mismo. Por ejemplo, ING casi nunca acierta con el PMC de las acciones.
De IB, lo único que miramos es el precio de compra de cada acción y el tipo de cambio que nos han aplicado. Si vendiera alguna posición en otra moneda, miraría cuántos euros me costaron esas acciones y lo que obtuve por ellas. Y eso es lo que metería en la declaración. Además actualizaría el saldo de dólares dependiendo de si he generado una minusvalía (restaría) o plusvalía (sumaría). Por último, en caso de haber generado una minusvalía, declararé dicha operación, pues supondría una venta de dólares que tendré que comparar con los dólares comprados por el método FIFO para ver si he ganado o perdido con esta operación automática de divisas.
Esto es lo que yo haría porque es lo que yo creo que hay que hacer ante Hacienda. Ya sabes que no soy experto fiscal, ni mucho menos.
Alternativamente te dejo el link al hilo que abrí para preguntar a Gregorio sobre este tema: https://www.invertirenbolsa.info/foro-inversiones/showthread.php?12327-Duda-con-operaci%F3n-con-divisas
Un saludo y siento no ser de gran ayuda.
Buenos dïas
A mi me ha surgidoun problema.Este año he vendido dos paquetes de acciones (OHL/PESCANOVA).
En «Denominación de los valores transmitidos (entidad emisora)» meto en el primer bloque OHL (con los valores de venta y compra) añado una imputacion con la denominacion de PESCANOVA tambien con sus respectivos datos…a la hora de comprobar el borrador me sale el conjunto sumatorio de las dos imputaciones pero solo el nombre de la ultima que he metido.
¿Le ha pasado a alguien más?.lo se solucionado poniendo OHL/PESCANOVA…no se si sera correcto.
Buenas Antonio,
Perdona la tardanza en responder pero hemos estado de vacaciones y con servicios mínimos jejejeje :).
Es normal que en el resumen aparezca solo la primera. Acabo de comprobarlo con mi declaración en la que metí 3 operaciones de venta y me aparece solo la primera que metí (OHL precisamente). Sin embargo, arriba de todo me aparece Entidad Emisora 1 de 3. Ahí puedo ver todas las operaciones. Mira a ver si es tu casa (que creo que sí).
Un saludo!!
Lo que no viene explicado es dónde se imputa una pérdida que se tiene pendiente de imputar de un ejercicio anterior a 2013 por recompra de valores homogéneos. Si en 2011 tuve una pérdida patrimonial por la venta de unas acciones y no la imputé porque volví a comprar esas acciones en un plazo inferior a dos meses y en 2017 las vendí ¿dónde se anota o refleja la pérdida que tenía pendiente de imputar desde 2011 hasta que vendiera las acciones recompradas (que vendí en 2017)?
Buenas Ángel Francisco,
Buena pregunta. Esta no me la sé. Si tengo algo de tiempo indago un poco a ver si encuentro algo, pero no puedo prometerte nada.
Un saludo!!