Cómo meter la venta de acciones en la declaración de la renta – 2023

Hoy vamos a ver cómo meter la venta de acciones en la declaración de la renta.

Meter la venta de acciones en la declaración es algo que prácticamente todo inversor tendrá que hacer varias veces a lo largo de su vida inversora. Es una tarea muy sencilla. Si no lo has hecho nunca o necesitas recordarlo, tranquil@ que nosotros te mostramos cómo hacerlo.

Como ya sabemos todos a estas alturas, estamos en plena campaña de la Declaración de la Renta. Por estas fechas son habituales los nervios y las dudas sobre si lo que estamos haciendo está bien o mal.

Aunque lo normal en un buy&hold es no vender nunca, es probable que a lo largo de nuestra vida inversora nos veamos en la necesidad de ello. Ya sea por que la empresa deje de cotizar tras una OPA (Abertis), porque se pierda la confianza en la empresa (OHL) o porque haya un traspaso de cartera de por medio, entre cualquier otro motivo.

En este caso, ya sea con ganancias (plusvalías) o pérdidas (minusvalías), hay que declarar la operación.

Aviso: no somos expertos fiscales ni esto es un asesoramiento fiscal de ninguna índole. Tan solo es una muestra de cómo metemos nosotros los dividendos en la declaración de la renta. No nos hacemos responsables del uso que hagas de la información aquí descrita. Es responsabilidad tuya comprobar los datos que aquí damos. El último y único responsable de tu declaración eres tú mismo.

 

Actualizado a 13 de Abril de 2023

 

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Consideraciones previas

Aunque meter la venta de acciones en la declaración es bastante fácil, hay que tener claro una serie de conceptos básicos antes de empezar:

  • Si ves capturas de pantalla en las que aparecen años anteriores (2018, 2019…) es debido a que esas pantallas no han cambiado desde entonces por lo que hemos decidido no actualizarlas para poder tener el artículo listo lo antes posible. Hazte a la idea que pone el año en el que estás leyendo el tutorial y listo.
  • Da igual si las acciones las compraste el mismo año que las vendiste, 2 años antes o 5. Se tienen que introducir en la declaración de la renta del año en que se vendieron.
  • Se aplica siempre el método FIFO, independientemente de si tenemos 1 broker o 25. Las primeras que se venden, son las primeras que se compraron aunque fuera en otro broker.
  • Da igual que tengas un broker español o extranjero, ante una venta el broker no te retendrá nada, por lo tanto hay que incorporar esta operación al borrador.
  • Las minusvalías se pueden compensar con las plusvalías durante 4 años a contar desde el año que se generaron.
  • No se pueden compensar minusvalías si se ha incumplido la regla de los 2 meses (un año en algunos mercados extranjeros), pero se tienen que meter en la declaración igualmente.
  • Las comisiones se incluyen:
    • Se suman a la compra
    • Se restan en la venta

Al lío.

Antes de empezar

Antes de comenzar, un pequeño truco para movernos más rápida y cómodamente por las diferentes páginas dentro del borrador. Si hacemos click sobre alguno de los dos números de la barra de navegación (en el 50 o 54 en esta captura):

Se nos abrirá una ventana como esta:

Metemos el número de página a la que queramos ir y pinchamos en Aceptar. El programa nos llevará directamente a esa página sin tener que andar pinchando en las flechas de anterior o siguiente. Esto nos ahorrará tiempo ya que nosotros siempre damos el número de página al que tenemos que ir a introducir datos.

Ahora sí, tras este pequeño pero muy útil truquillo, comenzamos.

Cómo meter la venta de acciones en la declaración de la renta

Para encontrar la casilla encargada de esto tenemos que irnos a la página 16 del borrador (Nota: cuando hablamos de página nos referimos a la que está en el centro de la imagen en la barra de arriba (16/54), no el texto de la derecha en la barra azul (Página 14). Eso será así para todo el artículo), sección F2. Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales (a integrar en la base imponible del ahorro) (continuación), subsección .

En dicha sección, tenemos la casilla 0328, Importe global de las transmisiones efectuadas en 2022.

Pinchamos en el lápiz y se nos abrirá esta ventana:

Cómo meter la venta de acciones en la declaración de la renta

Aquí tenemos que fijarnos principalmente en 3 campos:

  • Entidad Emisora: el nombre de la empresa cuyas acciones vendimos.
  • Valor de transmisión: el importe obtenido con la venta (comisiones descontadas).
  • Valor de adquisición: el importe de compra (comisiones incluidas).

Existe un cuarto apartado, el de No imputación de pérdidas por recompra de valores homogéneos. Esta casilla habría que marcarla si hemos incumplido la regla de los 2 meses en la operación que estamos introduciendo. Importante: Aunque no puedas compensarte las pérdidas por haber incumplido la regla, hay que declarar la operación igualmente. No te preocupes, porque podremos compensar esas minusvalías en cuanto vendamos ese paquete de acciones en sucesivos años.

Veámoslo con un ejemplo, que es más sencillo.

Ejemplo venta en Euros

En este caso vamos a utilizar un caso real. El de la venta obligada de Abertis.

  • Compramos 95 acciones de Abertis a 13,40€, por las que pagamos 10€ de comisiones.
  • Vendimos esas 95 acciones a 18,60€ pagando una comisión de 9,11€.

¿Cómo meter estos datos en la declaración?

Lo primero es calcular los valores de adquisición y transmisión.

  • Valor de adquisición (lo que pagamos por las acciones): 95*13,40 = 1273,45 + 10 = 1.283,45€
  • Valor de transmisión (lo que obtuvimos por la venta): 95*18,6 = 1.767 – 9,11 = 1.757,89€

Una vez hechos los cálculos (bastante simples, la verdad), los metemos en el borrador:

  • Entidad Emisora: Abertis
  • Valor de transmisión: 1.757,89
  • Valor de adquisición: 1.283,45

En este caso, al haber tenido una plusvalía, no tenemos que marcar la casilla «No imputación de pérdidas por recompra de valores homogéneos». Solo habría que marcarla si obtenemos una minusvalía y hemos incumplido la regla de los 2 meses.

Y ya está.

Al darle a Aceptar veremos que la ventana emergente se ha cerrado y ahora vemos dicha información reflejada en el borrador tal que así:

Cómo meter la venta de acciones en la declaración de la renta

Como vemos, la información ha sido añadida correctamente y el programa nos ha calculado automáticamente las plusvalías. Si hubiéramos obtenido minusvalías, aparecerían en la casilla 0337.

Ejemplo venta en otras divisas

Cuando la venta de acciones se produce en otra divisa diferente al Euro, tan solo tenemos que hacer un paso previo a lo ya expuesto aquí, y es pasar el Valor de Adquisición y de Transmisión a Euros cogiendo el tipo de cambio del día en que compramos y vendimos las acciones.

Por ejemplo, supongamos que:

  • Compramos 49 acciones de Disney a 100$, por las que pagamos 1$ de comisiones.
  • Vendimos esas 49 acciones a 112$ pagando una comisión de 1$
  • El tipo de cambio Euro/Dólar el día de la compra fue de 0,9€
  • El tipo de cambio Euro/Dólar el día de la venta fue de 0,86€

¿Cómo meter estos datos en la declaración?

Lo primero es calcular los valores de adquisición y transmisión.

  • Valor de adquisición (lo que pagamos por las acciones): 49*100 = 4.900$ + 1 = 4.901$
  • Valor de transmisión (lo que obtuvimos por la venta): 49*112 = 5.488- 1 = 5.487$

Ahora lo que tenemos que hacer es pasar esos importes a Euros cogiendo el tipo de cambio oficial del día (en el ejemplo nos hemos inventado el tipo de cambio, pero habría que coger el oficial. Bien el que nos proporciona nuestro broker (nosotros siempre preferimos este porque si Hacienda te pide explicaciones, siempre podrás demostrar lo que dices dándole un documento oficial de tu broker) o bien el que se publique en el BOE o BCE):

  • Valor de adquisición: 4.901*0,9 = 4.410,9€
  • Valor de transmisión: 5.487*0,86 = 4.718,82€

Estos son los valores que tenemos que meter en nuestra declaración. No los que nos daban en Dólares.

Los meteríamos en el borrador tal que así:

  • Entidad Emisora: Disney
  • Valor de transmisión: 4.718,82
  • Valor de adquisición: 4.410,9

En este caso hemos generado una plusvalía, pero no tenemos que calcularla si no queremos, ya que el programa se encarga de hacerlo automáticamente.

Este ejemplo vale para cualquier divisa que quieras. Solo hay que coger el tipo de cambio oficial con respecto al Euro el día en que hagas las operaciones (compra y venta).

Metiendo más de una operación

¿Qué pasa si he hecho más de una operación de venta este año? Pues tan sencillo como pinchar en el botón que dice Alta Entidad Emisora. Esto nos permitirá añadir tantas operaciones como necesitemos.

Al pinchar en veremos algo así:

Cómo meter la venta de acciones en la declaración de la renta

Como podemos ver, es muy parecida a la primera imagen del artículo con la salvedad de que ahora estamos en la Entidad Emisora 2 de 2 y podemos usar las flechas para movernos entre las diferentes Entidades Emisoras. Además, si hemos creado esta Entidad por error, podemos eliminarla pinchando en la X roja.

También podemos observar que hasta que no hayamos rellenado esta Entidad Emisora, no podremos crear otra.

El proceso de introducción es el mismo que hemos explicado en el apartado anterior. No hay diferencias.

¿Tengo que meter las operaciones por separado si he hecho más de una venta en una misma empresa?

No, puedes agruparlas en una misma Entidad Emisora sumando los valores de adquisición y transmisión siempre y cuando sean del mismo tipo. Lo explicamos.

Imaginemos el siguiente escenario:

  • Compramos 100 IBE el 1 de Enero.
  • Vendemos las 100 IBE el 2 de Marzo con ganancias. 
  • Compramos las 100 IBE el 3 de Marzo. 
  • Vendemos las 100 IBE el 4 de Junio con pérdidas. 
  • Compramos las 100 IBE el 5 de Septiembre.
  • Vendemos las 100 IBE el 6 Octubre con pérdidas.
  • Compramos las 100 IBE el 1 de Noviembre.

En este ejemplo sencillo para que se vea claro, podríamos agrupar las 4 operaciones en naranja pero debemos introducir por separado la operación en azul ya que hemos incumplido la regla de los 2 meses comprando el 1 de Noviembre. Por tanto, para esta última operación deberemos marcar la casilla «No imputación de pérdidas por recompra de valores homogéneos«.

Compensar plusvalías con minusvalías

Como ya hemos comentado, las minusvalías se pueden compensar con las plusvalías para rebajar la carga fiscal. Ampliando un poco más la información tenemos:

  • Las minusvalías se compensan primero con las plusvalías generadas ese mismo año.
  • Si una vez compensadas con las plusvalías, siguen existiendo minusvalías, se podrán compensar hasta un 25% de lo retenido por dividendos o intereses (o cualquier rendimiento del capital mobiliario).
  • Si aún así siguen quedando minusvalías, éstas se podrán compensar durante los próximos 4 años.

Cómo hemos visto en el ejemplo, no nos tenemos que preocupar de calcular la plusvalía o minusvalía, así como la cantidad resultante si pudiéramos compensar, o la cantidad compensada con dividendos o otros rendimientos del capital mobiliario. Esto lo hace el programa automáticamente. Solo tenemos que indicarle «cuatro» parámetros de entrada muy sencillos de calcular.

Cómo mirar las minusvalías pendientes de compensar

Si solo hemos generado plusvalías o tras aplicar todas las compensaciones descritas en el apartado anterior seguimos teniendo plusvalías, entonces se pueden compensar con las minusvalías generadas durante los 4 años anteriores.

Hay que tener cuidado con esto porque aunque Hacienda parece que últimamente aporta esta información automáticamente de declaraciones anteriores, tenemos que ser nosotros los que llevemos un control de si tenemos algo pendiente de compensar para evitar perder unos euros por el camino.

Este año lo han escondido muuuy bien (y no nos extraña…). Pero si ellos son listos, más lo somos nosotros y hemos dado con ello.

Para ver lo que nos queda pendiente de compensar nos tenemos que ir a la página 24 del borrador, sección H. Base imponible general y base imponible del ahorro ->

 

En la venta que se nos abre, nos vamos a la primera sub-sección: Saldos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales pendientes de compensar en los ejercicios siguientes.

Las casillas a mirar son las que hemos marcado en rojo: 1263, 1266, 1269 y 1270 (Pendiente de aplicación en ejercicios futuros).

Cómo introducir las minusvalías pendientes de compensar de otros años

Ya hemos visto cómo obtener las minusvalías pendientes de compensar, si las tenemos. Ahora solo nos faltaría meterlas en el borrador si aplica (es decir, si tenemos plusvalías globales este año). Para ello, nos vamos la página 24 del borrador, sección H. Base imponible general y base imponible del ahorro:

En esa página, debemos irnos como hacia la mitad. A la subsección llamada 

Dichas casillas son la 0439, 0440, 0441 y 0442.

Meter los datos aquí es muy sencillo. Pinchamos en el lápiz (da igual en el que pinchemos, la ventana que se abre es la misma para todos):

 

¿Cómo metemos los datos aquí?

Las minusvalías que tenemos pendiente de compensar de otros años. Aseguraos bien de meter la minusvalía en el año correspondiente.

No hace falta que nosotros hagamos los cálculos, solo tenemos que proveer la cantidad total pendiente de compensar, y el programa se encarga de todo.

Cómo meter las minusvalías bloqueadas por la regla de los 2 meses

Cuando incumples la regla de los 2 meses (1 año en algunas extranjeras), debes marcar la casilla de «No imputación de pérdidas por recompra de valores homogéneos» como ya hemos comentado. En este caso, esa pérdida bloqueada no se refleja en ningún sitio en la declaración. Tienes que llevar el control de las minusvalías tú mismo. El año en que desbloquees esas pérdidas podrás meterlas en la declaración.

Para ello hay que irse a la página 21 -> F2. Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales (a integrar en la base imponible del ahorro)(continuación):

Aquí nos vamos a la sección Imputación a 2022 (o año de presentación) de ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones efectuadas en ejercicios anteriores, y las metemos en la casilla 0395 – Importe de la pérdida patrimonial que procede imputar a 2022 (o año de presentación).

Despedida

Meter la venta de acciones en la declaración es una tarea muy sencilla. Una vez más, lo más «complicado» es llevar un control de lo que se ha hecho durante el año. Para un buy&hold no deberían ser demasiadas operaciones de venta al año (por no decir ninguna), por tanto es una tarea que nos debería llevar muy poco tiempo.

Y vosotros…¿Tenéis muchas operaciones de venta? ¿Sabíais cómo introducirlas? ¿Os ha parecido sencillo? ¿Hemos cometido algún error? Si es así, por favor no dudes en dejarnos un comentario con el fallo para poder corregir el artículo. 

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Poco a Poco…

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Martin
Martin
5 años

Muchas gracias por el artículo. Yo soy un «Buy and Hold» y tengo un par de dudas.

Si llegado el momento quiero vender todas las acciones una empresa (porque se ha deteriorado mucho y ya no vale para mi estrategia) que compré hace años, en varias compras sucesivas a lo largo de un año, ¿Entonces el valor de adquisición de esa empresa debería de ser la suma de cada uno de los valores de adquisición de cada una de las compras de ese año en el que la estuve comprando?

En un segundo lugar, veo que la comisión por cambio de divisa no la sumamos al precio de compra ni la restamos del precio de venta. ¿No podemos hacerlo, al igual que lo hacemos con la comisión de compra-venta?

Un saludo.

Martin
Martin
5 años

Buenas de nuevo!

Muchas gracias por la respuesta.

Cierto, hablas de «comisiones» en general. Yo había dado por hecho que te referías solamente a la comisión de compra-venta. Veo entonces que la comisión por cambio de divisa que os cobra el broker también la incluís en ese concepto genérico de «comisiones».

¿Hay alguna comisión o gasto más que suelas incluir, a parte de estos dos?

Javier
Javier
5 años

Hola, que informe de IB usáis para la declaración que muestre las plusvalías/ minusvalías en la venta de acciones?

Gracias

Diego
Diego
5 años

Buenos días, en primer lugar agradecer toda la información y ayuda que prestáis.

Tengo una duda a la hora de realizar la declaración: Compré acciones de una empresa que posteriormente realizó un Split cuando el precio de la acción ya era inferior al precio de compra inicial (todavía no he vendido nada). Resulta que el resumen anual de compra-venta que realiza Degiro ya me indica una perdida por compraventa como si en el momento del Split vendí todo al valor actual y volví a comprar todo al nuevo valor post-split.

Pongo un ejemplo que creo que se entenderá mejor: compré 10acciones a 15€ , en el momento del Split valían 10€. Entonces me vendieron 10acciones*10€ (perdidas 5€*10acc=50€) y compraron con un Split 10/1 100accciones a 1€.
¿Mi pregunta es si tengo que incluir esa ‘pérdida’ de 50€ o hasta que no venda no hay que hacer nada?

Muchas gracias por anticipado

Rafael
Rafael
5 años
Responder a  Diego

Con permiso de los titulares te respondo, hasta que no se vende no se declara nada, tus acciones siguen teniendo valor de compra de las 100 acciones, 150,00 euros. Saludos

Sergio
Sergio
5 años

Hola! muchas gracias por vuestro blog y vuestros articulos!

os planteo una duda que tengo respecto a las ganancias Forex que se realizan cuando se compran y venden acciones en divisas diferentes de la divisa principal en IB.

El broker abre una operación Forex cada vez que se compran o venden acciones en divisas extranjeras: si compro 100 dólares de acciones en USD el dia «x», Interactive broker abre una posición Forex del equivalente en EUR de -100USD (pongamos 90,9 Eur con cambio 1,10) 

A menos de no balancear cada vez que se negocian acciones extranjeras con una transacción Forex del mismo valor, tenemos abierta una posición Forex que generará ganancias y perdidas, que se realizaran cuando se efectuará la siguiente operación en aquella divisa.

Esto supone un problema a la hora de la declaración de renta, porque estas ganancias Forex solo son teóricas, puesto que el dinero supuestamente ganado en la divisa de la negociación ha sido invertido en una acción denominada en aquella misma divisa.

Ejemplo:

1 de Enero compro 100 acciones de la compañía «Z» por 1 USD. El cambio euro dólar aquel dia es 1 Eur = 1,10 USD. IB abre dos posiciones: 
·        100 acciones de «Z» con valor 100USD 
·        -100 USD de Forex, equivalente de 90,9 Eur (técnicamente IB considera la operación como si hubiera vendido 100USD a 90,9 EUR)

el 31 de diciembre vendo las 100 acciones de «Z» al mismo precio de 1 USD. El cambio del euro dólar es 1 Eur= 1,20 USD. IB cierra las dos posiciones:
·        100 acciones de «Z» vendidas
·        -100 USD de Forex cubierta, equivalente a +80,33 EUR (técnicamente IB considera la operación como si hubiera comprado 100USD con 83,33 euros) 

Mis ganancias según IB son:
·        0 USD por las acciones «z»
·        7,6 EUR = 90,9 – 83,3. (según IB he vendido 100USD a 90,9 EUR al 1er de Enero y los he vuelto a comprar por 83,33 EUR al 31 de diciembre)

Aunque yo no haya ganado nada en realidad con la operación, IB me calcula una ganancia de 7,6 EUR. 

Se ha de declarar esta ganancia Forex en la declaración de renta? si se ha de declarar, cual es la lógica o la referencia que puedo estudiar para entender mejor el mecanismo?

muchas gracias!

Sergio

Manuel
Manuel
5 años

Hola:
Una duda que afectaría a las acciones, opciones y dividendos, y del que has hablado en alguno de los artículos, pero muy de pasada:
Al hacer el IRPF, lo hago en la modalidad «conjunta» con mi cónyuge.
A los resultados en los valores de adquisición, de transmisión, en los dividendos y en los de la venta de opciones, ¿habría que dividirlos por la mitad, para poner cada una en «declarante» y «cónyuge» ?, y si es así ¿podrías explicar cómo y en qué casillas habría que ponerlo?
Gracias

Vozmedjm
Vozmedjm
5 años

Buenos días. En primer lugar, agradecido por su respuesta.
Hace unos años compré 2 paquetes de acciones (10 acciones x paquete) de la compañía en la que trabajo. Cada año, la CIA nos regalaba 1 acción por paquete (2 en mi caso). En total, con el paso de los años, llegué a acumular 34 acciones (20 compradas. 14 regaladas). Las compré a 70 euros/acción y las vendí a 64.
En un principio, nos informaron que, si manteníamos la compra durante 3 años, a partir de ahí, estarían exentas de tributación, pero, al irnos regalando acciones, se iba perdiendo esa exención.
Mi duda sería.. ¿¿¿He de declarar el coste total de la compra (20 acciones) y lo recibido por la venta (34 acciones) o únicamente los beneficios anuales de los últimos 3 años???

Manuel
Manuel
5 años

Hola:
Muy interesantes todos los videos. Gracias.
Tengo intención de hacer compras y ventas de acciones y opciones en un bróker de EE. UU., pero me echa un poco para atrás el tema de la fiscalidad.
Quería hacer dos consultas :
1- En la compra/venta de opciones en esas condiciones, hacienda no tiene conocimiento de ellas y somos nosotros los que tenemos que meter todos los datos. ¿ No crees que Hacienda, al ver estos datos, y sin saber de dónde salen, nos llamen vía inspección o declaración paralela para saber de donde vienen esos datos?. Ufff qué susto…
2- El tema de la regla de los dos meses no me ha quedado muy claro. Cuando se hacen varias compras y ventas de acciones, ¿podríamos ponerlas una a una sin tener en cuenta la regla de los 2 meses, y el propio programa de IRPF lo pondría automáticamente?

DavidF
DavidF
5 años

Mi beneficio ha sido bastante pobre, unos 500 euros pero he realizado más de 30 operaciones con DEGIRO. ¿Pasa algo si no declaro las ventas? Entiendo que si hablamos de más de 2000 euros… pero tan poca cantidad me parece ridiculo hacerlo. Es bastante laborioso.

Jose
Jose
5 años

Buenos días, felicidades por el blog. Aporta información muy interesante. Tengo una duda a la hora de declarar una venta de acciones de una compañía la cual me «ha dado» dividendos en acciones a lo largo de los años. En el año 2015 compré 750 acciones y ahora tengo 1008 y tengo que vender con pérdidas. ¿como se refleja esta venta en la renta? el extracto del banco ahora cuando las venda este año pondrá que vendo 1008 acciones y en el que tengo del año 2015 pone que compré 750. Gracias por adelantado a vuestra respuesta. Un saludo, Jose.

Didac
Didac
5 años

Buenas! Soy un fan de vuestro blog: felicidades y muchas gracias por compartir vuestro camino con nosotros!

Tengo una duda sobre la venta de acciones en otra divisa. Me queda claro cómo funciona el proceso de tener en cuenta del cambio divisa del día de compra/venta, pero…si yo lo que hago es comprar de vez en cuando dolares (por ejemplo compro 1000€ dolares a un cambio de 1,1), también tendría que poner el valor de la compra y venta según el cambio divisa de ese día? O se tendría que hacer en función de esa compra que hice en su momento a 1,1?

Es decir, si yo ya tengo 1100 dolares y compro y vendo acciones con estos dolares que ya tengo y que compré en su momento a un cambio de 1,1, tengo que hacer igualmente eso del cambio de divisa del dia de compra y venta?

Gracias!!

Manuel
Manuel
5 años

Soy novato y mi pregunta es la siguiente: Tengo que declarar acciones compradas en el mercado americano a través de Revolut? No he vendido nada, sólo he comprado.

Javier
Javier
5 años
Responder a  Manuel

Hola Manuel,
Hasta que no vendas no tendrás que declarar nada.
Un saludo,