Cómo meter la venta de acciones en la declaración de la renta – 2023

Hoy vamos a ver cómo meter la venta de acciones en la declaración de la renta.

Meter la venta de acciones en la declaración es algo que prácticamente todo inversor tendrá que hacer varias veces a lo largo de su vida inversora. Es una tarea muy sencilla. Si no lo has hecho nunca o necesitas recordarlo, tranquil@ que nosotros te mostramos cómo hacerlo.

Como ya sabemos todos a estas alturas, estamos en plena campaña de la Declaración de la Renta. Por estas fechas son habituales los nervios y las dudas sobre si lo que estamos haciendo está bien o mal.

Aunque lo normal en un buy&hold es no vender nunca, es probable que a lo largo de nuestra vida inversora nos veamos en la necesidad de ello. Ya sea por que la empresa deje de cotizar tras una OPA (Abertis), porque se pierda la confianza en la empresa (OHL) o porque haya un traspaso de cartera de por medio, entre cualquier otro motivo.

En este caso, ya sea con ganancias (plusvalías) o pérdidas (minusvalías), hay que declarar la operación.

Aviso: no somos expertos fiscales ni esto es un asesoramiento fiscal de ninguna índole. Tan solo es una muestra de cómo metemos nosotros los dividendos en la declaración de la renta. No nos hacemos responsables del uso que hagas de la información aquí descrita. Es responsabilidad tuya comprobar los datos que aquí damos. El último y único responsable de tu declaración eres tú mismo.

 

Actualizado a 13 de Abril de 2023

 

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Consideraciones previas

Aunque meter la venta de acciones en la declaración es bastante fácil, hay que tener claro una serie de conceptos básicos antes de empezar:

  • Si ves capturas de pantalla en las que aparecen años anteriores (2018, 2019…) es debido a que esas pantallas no han cambiado desde entonces por lo que hemos decidido no actualizarlas para poder tener el artículo listo lo antes posible. Hazte a la idea que pone el año en el que estás leyendo el tutorial y listo.
  • Da igual si las acciones las compraste el mismo año que las vendiste, 2 años antes o 5. Se tienen que introducir en la declaración de la renta del año en que se vendieron.
  • Se aplica siempre el método FIFO, independientemente de si tenemos 1 broker o 25. Las primeras que se venden, son las primeras que se compraron aunque fuera en otro broker.
  • Da igual que tengas un broker español o extranjero, ante una venta el broker no te retendrá nada, por lo tanto hay que incorporar esta operación al borrador.
  • Las minusvalías se pueden compensar con las plusvalías durante 4 años a contar desde el año que se generaron.
  • No se pueden compensar minusvalías si se ha incumplido la regla de los 2 meses (un año en algunos mercados extranjeros), pero se tienen que meter en la declaración igualmente.
  • Las comisiones se incluyen:
    • Se suman a la compra
    • Se restan en la venta

Al lío.

Antes de empezar

Antes de comenzar, un pequeño truco para movernos más rápida y cómodamente por las diferentes páginas dentro del borrador. Si hacemos click sobre alguno de los dos números de la barra de navegación (en el 50 o 54 en esta captura):

Se nos abrirá una ventana como esta:

Metemos el número de página a la que queramos ir y pinchamos en Aceptar. El programa nos llevará directamente a esa página sin tener que andar pinchando en las flechas de anterior o siguiente. Esto nos ahorrará tiempo ya que nosotros siempre damos el número de página al que tenemos que ir a introducir datos.

Ahora sí, tras este pequeño pero muy útil truquillo, comenzamos.

Cómo meter la venta de acciones en la declaración de la renta

Para encontrar la casilla encargada de esto tenemos que irnos a la página 16 del borrador (Nota: cuando hablamos de página nos referimos a la que está en el centro de la imagen en la barra de arriba (16/54), no el texto de la derecha en la barra azul (Página 14). Eso será así para todo el artículo), sección F2. Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales (a integrar en la base imponible del ahorro) (continuación), subsección .

En dicha sección, tenemos la casilla 0328, Importe global de las transmisiones efectuadas en 2022.

Pinchamos en el lápiz y se nos abrirá esta ventana:

Cómo meter la venta de acciones en la declaración de la renta

Aquí tenemos que fijarnos principalmente en 3 campos:

  • Entidad Emisora: el nombre de la empresa cuyas acciones vendimos.
  • Valor de transmisión: el importe obtenido con la venta (comisiones descontadas).
  • Valor de adquisición: el importe de compra (comisiones incluidas).

Existe un cuarto apartado, el de No imputación de pérdidas por recompra de valores homogéneos. Esta casilla habría que marcarla si hemos incumplido la regla de los 2 meses en la operación que estamos introduciendo. Importante: Aunque no puedas compensarte las pérdidas por haber incumplido la regla, hay que declarar la operación igualmente. No te preocupes, porque podremos compensar esas minusvalías en cuanto vendamos ese paquete de acciones en sucesivos años.

Veámoslo con un ejemplo, que es más sencillo.

Ejemplo venta en Euros

En este caso vamos a utilizar un caso real. El de la venta obligada de Abertis.

  • Compramos 95 acciones de Abertis a 13,40€, por las que pagamos 10€ de comisiones.
  • Vendimos esas 95 acciones a 18,60€ pagando una comisión de 9,11€.

¿Cómo meter estos datos en la declaración?

Lo primero es calcular los valores de adquisición y transmisión.

  • Valor de adquisición (lo que pagamos por las acciones): 95*13,40 = 1273,45 + 10 = 1.283,45€
  • Valor de transmisión (lo que obtuvimos por la venta): 95*18,6 = 1.767 – 9,11 = 1.757,89€

Una vez hechos los cálculos (bastante simples, la verdad), los metemos en el borrador:

  • Entidad Emisora: Abertis
  • Valor de transmisión: 1.757,89
  • Valor de adquisición: 1.283,45

En este caso, al haber tenido una plusvalía, no tenemos que marcar la casilla «No imputación de pérdidas por recompra de valores homogéneos». Solo habría que marcarla si obtenemos una minusvalía y hemos incumplido la regla de los 2 meses.

Y ya está.

Al darle a Aceptar veremos que la ventana emergente se ha cerrado y ahora vemos dicha información reflejada en el borrador tal que así:

Cómo meter la venta de acciones en la declaración de la renta

Como vemos, la información ha sido añadida correctamente y el programa nos ha calculado automáticamente las plusvalías. Si hubiéramos obtenido minusvalías, aparecerían en la casilla 0337.

Ejemplo venta en otras divisas

Cuando la venta de acciones se produce en otra divisa diferente al Euro, tan solo tenemos que hacer un paso previo a lo ya expuesto aquí, y es pasar el Valor de Adquisición y de Transmisión a Euros cogiendo el tipo de cambio del día en que compramos y vendimos las acciones.

Por ejemplo, supongamos que:

  • Compramos 49 acciones de Disney a 100$, por las que pagamos 1$ de comisiones.
  • Vendimos esas 49 acciones a 112$ pagando una comisión de 1$
  • El tipo de cambio Euro/Dólar el día de la compra fue de 0,9€
  • El tipo de cambio Euro/Dólar el día de la venta fue de 0,86€

¿Cómo meter estos datos en la declaración?

Lo primero es calcular los valores de adquisición y transmisión.

  • Valor de adquisición (lo que pagamos por las acciones): 49*100 = 4.900$ + 1 = 4.901$
  • Valor de transmisión (lo que obtuvimos por la venta): 49*112 = 5.488- 1 = 5.487$

Ahora lo que tenemos que hacer es pasar esos importes a Euros cogiendo el tipo de cambio oficial del día (en el ejemplo nos hemos inventado el tipo de cambio, pero habría que coger el oficial. Bien el que nos proporciona nuestro broker (nosotros siempre preferimos este porque si Hacienda te pide explicaciones, siempre podrás demostrar lo que dices dándole un documento oficial de tu broker) o bien el que se publique en el BOE o BCE):

  • Valor de adquisición: 4.901*0,9 = 4.410,9€
  • Valor de transmisión: 5.487*0,86 = 4.718,82€

Estos son los valores que tenemos que meter en nuestra declaración. No los que nos daban en Dólares.

Los meteríamos en el borrador tal que así:

  • Entidad Emisora: Disney
  • Valor de transmisión: 4.718,82
  • Valor de adquisición: 4.410,9

En este caso hemos generado una plusvalía, pero no tenemos que calcularla si no queremos, ya que el programa se encarga de hacerlo automáticamente.

Este ejemplo vale para cualquier divisa que quieras. Solo hay que coger el tipo de cambio oficial con respecto al Euro el día en que hagas las operaciones (compra y venta).

Metiendo más de una operación

¿Qué pasa si he hecho más de una operación de venta este año? Pues tan sencillo como pinchar en el botón que dice Alta Entidad Emisora. Esto nos permitirá añadir tantas operaciones como necesitemos.

Al pinchar en veremos algo así:

Cómo meter la venta de acciones en la declaración de la renta

Como podemos ver, es muy parecida a la primera imagen del artículo con la salvedad de que ahora estamos en la Entidad Emisora 2 de 2 y podemos usar las flechas para movernos entre las diferentes Entidades Emisoras. Además, si hemos creado esta Entidad por error, podemos eliminarla pinchando en la X roja.

También podemos observar que hasta que no hayamos rellenado esta Entidad Emisora, no podremos crear otra.

El proceso de introducción es el mismo que hemos explicado en el apartado anterior. No hay diferencias.

¿Tengo que meter las operaciones por separado si he hecho más de una venta en una misma empresa?

No, puedes agruparlas en una misma Entidad Emisora sumando los valores de adquisición y transmisión siempre y cuando sean del mismo tipo. Lo explicamos.

Imaginemos el siguiente escenario:

  • Compramos 100 IBE el 1 de Enero.
  • Vendemos las 100 IBE el 2 de Marzo con ganancias. 
  • Compramos las 100 IBE el 3 de Marzo. 
  • Vendemos las 100 IBE el 4 de Junio con pérdidas. 
  • Compramos las 100 IBE el 5 de Septiembre.
  • Vendemos las 100 IBE el 6 Octubre con pérdidas.
  • Compramos las 100 IBE el 1 de Noviembre.

En este ejemplo sencillo para que se vea claro, podríamos agrupar las 4 operaciones en naranja pero debemos introducir por separado la operación en azul ya que hemos incumplido la regla de los 2 meses comprando el 1 de Noviembre. Por tanto, para esta última operación deberemos marcar la casilla «No imputación de pérdidas por recompra de valores homogéneos«.

Compensar plusvalías con minusvalías

Como ya hemos comentado, las minusvalías se pueden compensar con las plusvalías para rebajar la carga fiscal. Ampliando un poco más la información tenemos:

  • Las minusvalías se compensan primero con las plusvalías generadas ese mismo año.
  • Si una vez compensadas con las plusvalías, siguen existiendo minusvalías, se podrán compensar hasta un 25% de lo retenido por dividendos o intereses (o cualquier rendimiento del capital mobiliario).
  • Si aún así siguen quedando minusvalías, éstas se podrán compensar durante los próximos 4 años.

Cómo hemos visto en el ejemplo, no nos tenemos que preocupar de calcular la plusvalía o minusvalía, así como la cantidad resultante si pudiéramos compensar, o la cantidad compensada con dividendos o otros rendimientos del capital mobiliario. Esto lo hace el programa automáticamente. Solo tenemos que indicarle «cuatro» parámetros de entrada muy sencillos de calcular.

Cómo mirar las minusvalías pendientes de compensar

Si solo hemos generado plusvalías o tras aplicar todas las compensaciones descritas en el apartado anterior seguimos teniendo plusvalías, entonces se pueden compensar con las minusvalías generadas durante los 4 años anteriores.

Hay que tener cuidado con esto porque aunque Hacienda parece que últimamente aporta esta información automáticamente de declaraciones anteriores, tenemos que ser nosotros los que llevemos un control de si tenemos algo pendiente de compensar para evitar perder unos euros por el camino.

Este año lo han escondido muuuy bien (y no nos extraña…). Pero si ellos son listos, más lo somos nosotros y hemos dado con ello.

Para ver lo que nos queda pendiente de compensar nos tenemos que ir a la página 24 del borrador, sección H. Base imponible general y base imponible del ahorro ->

 

En la venta que se nos abre, nos vamos a la primera sub-sección: Saldos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales pendientes de compensar en los ejercicios siguientes.

Las casillas a mirar son las que hemos marcado en rojo: 1263, 1266, 1269 y 1270 (Pendiente de aplicación en ejercicios futuros).

Cómo introducir las minusvalías pendientes de compensar de otros años

Ya hemos visto cómo obtener las minusvalías pendientes de compensar, si las tenemos. Ahora solo nos faltaría meterlas en el borrador si aplica (es decir, si tenemos plusvalías globales este año). Para ello, nos vamos la página 24 del borrador, sección H. Base imponible general y base imponible del ahorro:

En esa página, debemos irnos como hacia la mitad. A la subsección llamada 

Dichas casillas son la 0439, 0440, 0441 y 0442.

Meter los datos aquí es muy sencillo. Pinchamos en el lápiz (da igual en el que pinchemos, la ventana que se abre es la misma para todos):

 

¿Cómo metemos los datos aquí?

Las minusvalías que tenemos pendiente de compensar de otros años. Aseguraos bien de meter la minusvalía en el año correspondiente.

No hace falta que nosotros hagamos los cálculos, solo tenemos que proveer la cantidad total pendiente de compensar, y el programa se encarga de todo.

Cómo meter las minusvalías bloqueadas por la regla de los 2 meses

Cuando incumples la regla de los 2 meses (1 año en algunas extranjeras), debes marcar la casilla de «No imputación de pérdidas por recompra de valores homogéneos» como ya hemos comentado. En este caso, esa pérdida bloqueada no se refleja en ningún sitio en la declaración. Tienes que llevar el control de las minusvalías tú mismo. El año en que desbloquees esas pérdidas podrás meterlas en la declaración.

Para ello hay que irse a la página 21 -> F2. Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales (a integrar en la base imponible del ahorro)(continuación):

Aquí nos vamos a la sección Imputación a 2022 (o año de presentación) de ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones efectuadas en ejercicios anteriores, y las metemos en la casilla 0395 – Importe de la pérdida patrimonial que procede imputar a 2022 (o año de presentación).

Despedida

Meter la venta de acciones en la declaración es una tarea muy sencilla. Una vez más, lo más «complicado» es llevar un control de lo que se ha hecho durante el año. Para un buy&hold no deberían ser demasiadas operaciones de venta al año (por no decir ninguna), por tanto es una tarea que nos debería llevar muy poco tiempo.

Y vosotros…¿Tenéis muchas operaciones de venta? ¿Sabíais cómo introducirlas? ¿Os ha parecido sencillo? ¿Hemos cometido algún error? Si es así, por favor no dudes en dejarnos un comentario con el fallo para poder corregir el artículo. 

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Poco a Poco…

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Víctor
Víctor
5 años

Buenos días,
lo primero gracias por este genial artículo 😀.
Tengo operaciones tanto con el Santander como con Degiro. El Santander sí que ha retenido el 19% y Degiro no, por tanto, a la hora de introducir los datos, ¿cómo se especifica eso? En la página F2 o en otra?
Mil gracias si alguien lo sabe

Ana
Ana
5 años

Buenas tardes,

A ver si podría resolverme la siguiente duda:

 
El año pasado empecé haciendo intradía con unas cuantas de empresas de EEUU. Si hago la diferencia entre perdida y ganancia me sale plusvalía para el ejercicio 2020 pero tengo una duda respecto a una acción que vendí sin querer con perdidas.

Estoy intentando completar mi declaración de la renta y tengo una duda con respecto a esta empresa, ya que vendí algunas acciones por equivocación con pérdidas en diciembre de 2020 por lo que volví a comprar más acciones de dicha empresa el mismo día.

Finalmente logré vender todas las acciones con beneficios pero ya en 2021. Tengo dudas de si estas pérdidas de 2020 tendría que marcar en la declaración el botón de la regla de los dos meses o no y si es afirmativo, saber si sería posible compensar esta minusvalía en la renta del año que viene de alguna forma. 

Aquí le adjunto las operaciones que hice por si con esto puedo ilustrar mejor la situación:

 | Fecha | Hora | Producto | Número | Total
| 13/11/2020 | 17:00 | NIO INC – ADR | 2 | -75,79
| 24/11/2020 | 16:00 | NIO INC – ADR | 30 | -1.359,25
| 24/11/2020 | 16:55 | NIO INC – ADR | -30 | 1.385,98
| 25/11/2020 | 18:48 | NIO INC – ADR | 30 | -1.319,98
| 25/11/2020 | 19:00 | NIO INC – ADR | -30 | 1.323,43
| 30/11/2020 | 15:44 | NIO INC – ADR | 114 | -4.989,03
| 04/12/2020 | 16:14 | NIO INC – ADR | 126 | -4.469,38
| 04/12/2020 | 19:26 | NIO INC – ADR | -126 | 4.470,86
| 04/12/2020 | 19:45 | NIO INC – ADR | 100 | -3.543,51
| 04/12/2020 | 19:45 | NIO INC – ADR | -50 | 1.767,55
| 04/01/2021 | 15:35 | NIO INC – ADR | -66 | 2.815,13
| 04/01/2021 | 15:35 | NIO INC – ADR | -100 | 4.264,84

No comprendo muy bien esta ley/regla, ya que puedo llegar a pagar a hacienda más que lo que realmente estoy ganando. Es decir:

  • Si hago una operación con plusvalía de 3000€
  • Otra operación con minusvalía de 3000€
  • Y posteriormente 2 días después de la operación con minusvalía compro acciones de la misma empresa para dejar a largo plazo porque ha caido y está a buen precio (por ejemplo)
  • Mi beneficio es 0€. Sin embargo, al haber comprado acciones dos días después de la operación con minusvalía tengo que pagar a hacienda 3000 * 19% = 570€ cuando mi beneficio ha sido 0€??????

Es que no consigo entender si esto es así pero si es así no tiene ni pies ni cabeza.

¡Muchas gracias de antemano!

Un saludo 

Luis
Luis
5 años
Responder a  Ana

Sí, tienes que marcar la casilla, y es así como dices (por extraño que parezca). En ese caso, no puedes aplicar los 3000€ de minusvalía hasta que deje de haber recompra y tendrás que pagar los 570€ de impuestos.

Cuando vendas las acciones y te quedes sin ellas (y esperes 2 meses para volver a comprar, si es que vas a comprar otra vez), es entonces cuando ya podrás aplicar esas minusvalías

Cristina
Cristina
5 años

Buenas tardes, muchas gracias por toda la información pero me surge una duda respecto al tema de cambio de divisa el día de la compra y venta de una acción, ya que en Interactive Brokers yo hice el cambio de todo el dinero de EUR a USD el primer día y a partir de ahí, no tuve que realizar ningún otro cambio,… por lo tanto, ¿cómo puedo sacar de IB el tipo de cambio que se me aplica en una operación tal día si en realidad esos cambios no los he realizado?
Muchas gracias!

Daniel T
Daniel T
5 años

Buenos dias,

Muchas gracias por el articulo. Solo tengo una duda en el ejemplo de Iberdola.

  • Compramos 100 IBE el 1 de Enero.
  • Vendemos las 100 IBE el 2 de Marzo con ganancias. 
  • Compramos las 100 IBE el 3 de Marzo. 
  • Vendemos las 100 IBE el 4 de Junio con pérdidas. 
  • Compramos las 100 IBE el 5 de Septiembre.
  • Vendemos las 100 IBE el 6 Octubre con pérdidas.
  • Compramos las 100 IBE el 1 de Noviembre.

Si pusieramos una operacion mas de venta de las 100 acciones a dia 1 de Diciembre y fuera con perdidas tambien, seria posible declarar minusvalia en esta accion? Creo haber leido por ahi que si a final de ano no tienes ninguna accion compensas minusvalias con plusvalias, ya que si has generado perdida patrimonial al no estar en posesion de las mismas ya.

Muchas gracias!

Sergio
Sergio
5 años
Responder a  Daniel T

En el caso que el 1/12 vendieses las 100 IBE, la respuesta es SÍ, podrías compensar la pérdida porque al 31/12 ya no tienes ninguna acción de IBE. Ahora bien, si vuelves a comprar antes del 2/2 del año siguiente, que es cuando se cumplirían los dos meses contando desde el 1/12, anularías otra vez la posibilidad de computar las pérdidas, si las hubiera habido. Como a esa fecha aún no se ha presentado la declaración, se debe considerar la regla y así evitar tener que hacer una rectificación.

viriki
viriki
5 años

Muchas gracias por la explicación. Mi duda es si se pueden agrupar las ventas de varias acciones juntas. Con el Covid hice más de 20 acciones y por agruparlas. Gracias

Jatt
Jatt
5 años

Una pregunta,
Si compro y vendo acciones de Apple 10 veces por 500€ cada operación, has dicho que se puede agrupar en una unica entrada, pero el problema es que si sumo todo será una entrada de 5mil euros, pero en realidad solo compré acciones de 500€.
Por ejemplo:
Compro acciones por 500€ y las vendo,
Despues de una semana compro otra vez con los mismos 500€ y lo vendo otravez,
Asi hago 10 veces a largo de año, en realidad estoy jugando con los 500€ del principio pero si hago una entrada en grupo seran de 5mil€.
¿Cómo sabe hacienda que nunca compré acciones de 5mil€ sino compré y vendí 10 veces con los 500.

Javier
Javier
5 años

Buenos días.

Gracias por toda la información que vuelcan en estas páginas.

Tengo una duda al respecto de la operativa con acciones que me gustaría consultarles.

Suponiendo que a lo largo de todo el ejercicio fiscal una persona opere de manera activa con su patrimonio personal superando, entre compras y ventas, cifras superiores al millón de euros, ¿existe alguna obligación tributaria más allá de la de hacerlo en el IRPF? Me refiero a si se le puede considerar como profesional y lo que esto conllevaría si fuera el caso.

¿Influiría de alguna manera que esta persona tuviese un trabajo por cuenta ajena o que solamente se dedicara a gestionar su patrimonio? Lo primero se puede considerar como un hobby mientras que lo segundo puede parecer que es su actividad principal y generar otro tipo de obligaciones, como alta en autónomos en algún epígrafe concreto, presentación de modelos específicos como 347 u otros…

Realmente, aunque sea un patrimonio pequeño, si las operaciones son muy frecuentes, se pueden sobrepasar volúmenes muy considerables. No digamos si se opera con algún tipo de apalancamiento.

Saludos

MANEL
MANEL
5 años

Hola,

Una duda, los CFD se declaran de la misma forma que las acciones? o van en casillas distintas dentro de la declaración?

Y otra duda es si por ejemplo primero compro 10 acciones de Tesla y días más tarde compro 10 CFD de Tesla y unas semanas más tarde vendo las 10 CFD de Tesla, he de aplicar el método FIFO? o al ser activos diferentes no afecta?

Gracias por la ayuda y enhorabuena por el artículo 🙂

Luis
Luis
5 años
Responder a  MANEL

No, los CFDs se declaran en la misma casilla que las opciones (Put/call).

Y el caso que dices, no aplica FIFO,ya que son activos distintos (diferente ISIN)

Antonio Manuel
Antonio Manuel
5 años

Buenas y gracias por vuestro post, es de gran ayuda.

Mi duda recae en, si este año he realizado una enorme cantidad de operaciones, aunque realmente con las que he obtenido beneficio han sido con unas pocas, ¿tengo que introducir el enorme número de operaciones, una a una, que he realizado durante todo el año o basta con poner con las que he obtenido x ganancias al final del año?.
Otra de mis dudas recae sobre el campo «No imputación de pérdidas por recompra de valores homogéneos«, ¿exactamente lo que quiere decir es que las pérdidas de una misma acción que vendí y volví a comprar superados los dos meses no se tendrán en cuenta?

Gracias de antemano.
Un saludo.

Willy
Willy
5 años

Muchas gracias por esta entrada! Espero que en la declaración de este año no cambien muchas cosas y pueda usar esta guía.

PD: siento que no os haya salido bien el proyecto en mi tierra, pero seguro que os irá genial en Londres.

Un saludo!