Hoy vamos a ver cómo meter la venta de acciones en la declaración de la renta.
Meter la venta de acciones en la declaración es algo que prácticamente todo inversor tendrá que hacer varias veces a lo largo de su vida inversora. Es una tarea muy sencilla. Si no lo has hecho nunca o necesitas recordarlo, tranquil@ que nosotros te mostramos cómo hacerlo.
Como ya sabemos todos a estas alturas, estamos en plena campaña de la Declaración de la Renta. Por estas fechas son habituales los nervios y las dudas sobre si lo que estamos haciendo está bien o mal.
Aunque lo normal en un buy&hold es no vender nunca, es probable que a lo largo de nuestra vida inversora nos veamos en la necesidad de ello. Ya sea por que la empresa deje de cotizar tras una OPA (Abertis), porque se pierda la confianza en la empresa (OHL) o porque haya un traspaso de cartera de por medio, entre cualquier otro motivo.
En este caso, ya sea con ganancias (plusvalías) o pérdidas (minusvalías), hay que declarar la operación.
Actualizado a 13 de Abril de 2023
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¿Qué vamos a ver?
Consideraciones previas
Aunque meter la venta de acciones en la declaración es bastante fácil, hay que tener claro una serie de conceptos básicos antes de empezar:
- Si ves capturas de pantalla en las que aparecen años anteriores (2018, 2019…) es debido a que esas pantallas no han cambiado desde entonces por lo que hemos decidido no actualizarlas para poder tener el artículo listo lo antes posible. Hazte a la idea que pone el año en el que estás leyendo el tutorial y listo.
- Da igual si las acciones las compraste el mismo año que las vendiste, 2 años antes o 5. Se tienen que introducir en la declaración de la renta del año en que se vendieron.
- Se aplica siempre el método FIFO, independientemente de si tenemos 1 broker o 25. Las primeras que se venden, son las primeras que se compraron aunque fuera en otro broker.
- Da igual que tengas un broker español o extranjero, ante una venta el broker no te retendrá nada, por lo tanto hay que incorporar esta operación al borrador.
- Las minusvalías se pueden compensar con las plusvalías durante 4 años a contar desde el año que se generaron.
- No se pueden compensar minusvalías si se ha incumplido la regla de los 2 meses (un año en algunos mercados extranjeros), pero se tienen que meter en la declaración igualmente.
- Las comisiones se incluyen:
- Se suman a la compra
- Se restan en la venta
Al lío.
Antes de empezar
Antes de comenzar, un pequeño truco para movernos más rápida y cómodamente por las diferentes páginas dentro del borrador. Si hacemos click sobre alguno de los dos números de la barra de navegación (en el 50 o 54 en esta captura):
Se nos abrirá una ventana como esta:
Metemos el número de página a la que queramos ir y pinchamos en Aceptar. El programa nos llevará directamente a esa página sin tener que andar pinchando en las flechas de anterior o siguiente. Esto nos ahorrará tiempo ya que nosotros siempre damos el número de página al que tenemos que ir a introducir datos.
Ahora sí, tras este pequeño pero muy útil truquillo, comenzamos.
Cómo meter la venta de acciones en la declaración de la renta
Para encontrar la casilla encargada de esto tenemos que irnos a la página 16 del borrador (Nota: cuando hablamos de página nos referimos a la que está en el centro de la imagen en la barra de arriba (16/54), no el texto de la derecha en la barra azul (Página 14). Eso será así para todo el artículo), sección F2. Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales (a integrar en la base imponible del ahorro) (continuación), subsección Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de acciones negociadas.
En dicha sección, tenemos la casilla 0328, Importe global de las transmisiones efectuadas en 2022.
Pinchamos en el lápiz y se nos abrirá esta ventana:
Aquí tenemos que fijarnos principalmente en 3 campos:
- Entidad Emisora: el nombre de la empresa cuyas acciones vendimos.
- Valor de transmisión: el importe obtenido con la venta (comisiones descontadas).
- Valor de adquisición: el importe de compra (comisiones incluidas).
Existe un cuarto apartado, el de No imputación de pérdidas por recompra de valores homogéneos. Esta casilla habría que marcarla si hemos incumplido la regla de los 2 meses en la operación que estamos introduciendo. Importante: Aunque no puedas compensarte las pérdidas por haber incumplido la regla, hay que declarar la operación igualmente. No te preocupes, porque podremos compensar esas minusvalías en cuanto vendamos ese paquete de acciones en sucesivos años.
Veámoslo con un ejemplo, que es más sencillo.
Ejemplo venta en Euros
En este caso vamos a utilizar un caso real. El de la venta obligada de Abertis.
- Compramos 95 acciones de Abertis a 13,40€, por las que pagamos 10€ de comisiones.
- Vendimos esas 95 acciones a 18,60€ pagando una comisión de 9,11€.
¿Cómo meter estos datos en la declaración?
Lo primero es calcular los valores de adquisición y transmisión.
- Valor de adquisición (lo que pagamos por las acciones): 95*13,40 = 1273,45 + 10 = 1.283,45€
- Valor de transmisión (lo que obtuvimos por la venta): 95*18,6 = 1.767 – 9,11 = 1.757,89€
Una vez hechos los cálculos (bastante simples, la verdad), los metemos en el borrador:
- Entidad Emisora: Abertis
- Valor de transmisión: 1.757,89
- Valor de adquisición: 1.283,45
En este caso, al haber tenido una plusvalía, no tenemos que marcar la casilla «No imputación de pérdidas por recompra de valores homogéneos». Solo habría que marcarla si obtenemos una minusvalía y hemos incumplido la regla de los 2 meses.
Y ya está.
Al darle a Aceptar veremos que la ventana emergente se ha cerrado y ahora vemos dicha información reflejada en el borrador tal que así:
Como vemos, la información ha sido añadida correctamente y el programa nos ha calculado automáticamente las plusvalías. Si hubiéramos obtenido minusvalías, aparecerían en la casilla 0337.
Ejemplo venta en otras divisas
Cuando la venta de acciones se produce en otra divisa diferente al Euro, tan solo tenemos que hacer un paso previo a lo ya expuesto aquí, y es pasar el Valor de Adquisición y de Transmisión a Euros cogiendo el tipo de cambio del día en que compramos y vendimos las acciones.
Por ejemplo, supongamos que:
- Compramos 49 acciones de Disney a 100$, por las que pagamos 1$ de comisiones.
- Vendimos esas 49 acciones a 112$ pagando una comisión de 1$
- El tipo de cambio Euro/Dólar el día de la compra fue de 0,9€
- El tipo de cambio Euro/Dólar el día de la venta fue de 0,86€
¿Cómo meter estos datos en la declaración?
Lo primero es calcular los valores de adquisición y transmisión.
- Valor de adquisición (lo que pagamos por las acciones): 49*100 = 4.900$ + 1 = 4.901$
- Valor de transmisión (lo que obtuvimos por la venta): 49*112 = 5.488- 1 = 5.487$
Ahora lo que tenemos que hacer es pasar esos importes a Euros cogiendo el tipo de cambio oficial del día (en el ejemplo nos hemos inventado el tipo de cambio, pero habría que coger el oficial. Bien el que nos proporciona nuestro broker (nosotros siempre preferimos este porque si Hacienda te pide explicaciones, siempre podrás demostrar lo que dices dándole un documento oficial de tu broker) o bien el que se publique en el BOE o BCE):
- Valor de adquisición: 4.901*0,9 = 4.410,9€
- Valor de transmisión: 5.487*0,86 = 4.718,82€
Estos son los valores que tenemos que meter en nuestra declaración. No los que nos daban en Dólares.
Los meteríamos en el borrador tal que así:
- Entidad Emisora: Disney
- Valor de transmisión: 4.718,82
- Valor de adquisición: 4.410,9
En este caso hemos generado una plusvalía, pero no tenemos que calcularla si no queremos, ya que el programa se encarga de hacerlo automáticamente.
Este ejemplo vale para cualquier divisa que quieras. Solo hay que coger el tipo de cambio oficial con respecto al Euro el día en que hagas las operaciones (compra y venta).
Metiendo más de una operación
¿Qué pasa si he hecho más de una operación de venta este año? Pues tan sencillo como pinchar en el botón que dice Alta Entidad Emisora. Esto nos permitirá añadir tantas operaciones como necesitemos.
Al pinchar en veremos algo así:
Como podemos ver, es muy parecida a la primera imagen del artículo con la salvedad de que ahora estamos en la Entidad Emisora 2 de 2 y podemos usar las flechas para movernos entre las diferentes Entidades Emisoras. Además, si hemos creado esta Entidad por error, podemos eliminarla pinchando en la X roja.
También podemos observar que hasta que no hayamos rellenado esta Entidad Emisora, no podremos crear otra.
El proceso de introducción es el mismo que hemos explicado en el apartado anterior. No hay diferencias.
¿Tengo que meter las operaciones por separado si he hecho más de una venta en una misma empresa?
No, puedes agruparlas en una misma Entidad Emisora sumando los valores de adquisición y transmisión siempre y cuando sean del mismo tipo. Lo explicamos.
Imaginemos el siguiente escenario:
- Compramos 100 IBE el 1 de Enero.
- Vendemos las 100 IBE el 2 de Marzo con ganancias.
- Compramos las 100 IBE el 3 de Marzo.
- Vendemos las 100 IBE el 4 de Junio con pérdidas.
- Compramos las 100 IBE el 5 de Septiembre.
- Vendemos las 100 IBE el 6 Octubre con pérdidas.
- Compramos las 100 IBE el 1 de Noviembre.
En este ejemplo sencillo para que se vea claro, podríamos agrupar las 4 operaciones en naranja pero debemos introducir por separado la operación en azul ya que hemos incumplido la regla de los 2 meses comprando el 1 de Noviembre. Por tanto, para esta última operación deberemos marcar la casilla «No imputación de pérdidas por recompra de valores homogéneos«.
Compensar plusvalías con minusvalías
Como ya hemos comentado, las minusvalías se pueden compensar con las plusvalías para rebajar la carga fiscal. Ampliando un poco más la información tenemos:
- Las minusvalías se compensan primero con las plusvalías generadas ese mismo año.
- Si una vez compensadas con las plusvalías, siguen existiendo minusvalías, se podrán compensar hasta un 25% de lo retenido por dividendos o intereses (o cualquier rendimiento del capital mobiliario).
- Si aún así siguen quedando minusvalías, éstas se podrán compensar durante los próximos 4 años.
Cómo hemos visto en el ejemplo, no nos tenemos que preocupar de calcular la plusvalía o minusvalía, así como la cantidad resultante si pudiéramos compensar, o la cantidad compensada con dividendos o otros rendimientos del capital mobiliario. Esto lo hace el programa automáticamente. Solo tenemos que indicarle «cuatro» parámetros de entrada muy sencillos de calcular.
Cómo mirar las minusvalías pendientes de compensar
Si solo hemos generado plusvalías o tras aplicar todas las compensaciones descritas en el apartado anterior seguimos teniendo plusvalías, entonces se pueden compensar con las minusvalías generadas durante los 4 años anteriores.
Hay que tener cuidado con esto porque aunque Hacienda parece que últimamente aporta esta información automáticamente de declaraciones anteriores, tenemos que ser nosotros los que llevemos un control de si tenemos algo pendiente de compensar para evitar perder unos euros por el camino.
Este año lo han escondido muuuy bien (y no nos extraña…). Pero si ellos son listos, más lo somos nosotros y hemos dado con ello.
Para ver lo que nos queda pendiente de compensar nos tenemos que ir a la página 24 del borrador, sección H. Base imponible general y base imponible del ahorro -> Base imponible del ahorro (segunda sección):
Y abajo del todo hay un botón que dice Más info:
En la venta que se nos abre, nos vamos a la primera sub-sección: Saldos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales pendientes de compensar en los ejercicios siguientes.
Las casillas a mirar son las que hemos marcado en rojo: 1263, 1266, 1269 y 1270 (Pendiente de aplicación en ejercicios futuros).
Cómo introducir las minusvalías pendientes de compensar de otros años
Ya hemos visto cómo obtener las minusvalías pendientes de compensar, si las tenemos. Ahora solo nos faltaría meterlas en el borrador si aplica (es decir, si tenemos plusvalías globales este año). Para ello, nos vamos la página 24 del borrador, sección H. Base imponible general y base imponible del ahorro:
En esa página, debemos irnos como hacia la mitad. A la subsección llamada Base imponible del ahorro. En ella veremos las casillas correspondientes:
Dichas casillas son la 0439, 0440, 0441 y 0442.
Meter los datos aquí es muy sencillo. Pinchamos en el lápiz (da igual en el que pinchemos, la ventana que se abre es la misma para todos):
¿Cómo metemos los datos aquí?
Las minusvalías que tenemos pendiente de compensar de otros años. Aseguraos bien de meter la minusvalía en el año correspondiente.
No hace falta que nosotros hagamos los cálculos, solo tenemos que proveer la cantidad total pendiente de compensar, y el programa se encarga de todo.
Cómo meter las minusvalías bloqueadas por la regla de los 2 meses
Cuando incumples la regla de los 2 meses (1 año en algunas extranjeras), debes marcar la casilla de «No imputación de pérdidas por recompra de valores homogéneos» como ya hemos comentado. En este caso, esa pérdida bloqueada no se refleja en ningún sitio en la declaración. Tienes que llevar el control de las minusvalías tú mismo. El año en que desbloquees esas pérdidas podrás meterlas en la declaración.
Para ello hay que irse a la página 21 -> F2. Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales (a integrar en la base imponible del ahorro)(continuación):
Aquí nos vamos a la sección Imputación a 2022 (o año de presentación) de ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones efectuadas en ejercicios anteriores, y las metemos en la casilla 0395 – Importe de la pérdida patrimonial que procede imputar a 2022 (o año de presentación).
Despedida
Meter la venta de acciones en la declaración es una tarea muy sencilla. Una vez más, lo más «complicado» es llevar un control de lo que se ha hecho durante el año. Para un buy&hold no deberían ser demasiadas operaciones de venta al año (por no decir ninguna), por tanto es una tarea que nos debería llevar muy poco tiempo.
Y vosotros…¿Tenéis muchas operaciones de venta? ¿Sabíais cómo introducirlas? ¿Os ha parecido sencillo? ¿Hemos cometido algún error? Si es así, por favor no dudes en dejarnos un comentario con el fallo para poder corregir el artículo.
Si te ha gustado, por favor, puntúa el artículo con las estrellas de abajo y/o compártelo.
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Poco a Poco…












Hola,
Una duda que no se si esta resuelta.
En relacion a DEOLEO, que el año pasado hizo una operacion acordeon, dejando el valor a 0 y depues dandome nuevas acciones por haber acudido a la ampliacion + un warrant.
como se debe poner en la delcaracion, la perdidad de todo el valor de la posiciona,
las nuevas acciones aun las conservo. y el warrant.
Que valor pondríamos para la perdida de las acciones primeras, compra xxxx i valor de venta 0 ?
Entiendo que el valor de las nuevas acciones por haber acudido a la ampliación, es valor pagado por ellas, no? que se restara del valor de venta cuando se vendan.
Gracias.
Buenas Jmc,
Pues la verdad es que no tengo ni idea, lo siento. Consúltalo con un asesor fiscal.
Un saludo!!
Hola,
Muchas gracias por el post, es de gran ayuda.
Mi duda es la siguiente, tengo las siguientes operaciones durante el 2020:
26-05-2020 SEA LTD-ADR EUR 49 acciones 3.683,04 — COMPRA
12-06-2020 SEA LTD-ADR EUR 48 acciones 3.919,02 — VENTA
12-06-2020 SEA LTD-ADR EUR 1 acción 81,16 — VENTA
15-06-2020 SEA LTD-ADR EUR 51 acciones 4.364,36 — COMPRA
30-12-2020 SEA LTD-ADR EUR 51 acciones 8.106,43 — VENTA
30-12-2020 SEA LTD-ADR EUR 51 acciones 8.124,83 — COMPRA
La última operación, compré a finales del 2020 51 acciones de la empresa pero, sin embargo, no he vendido en ese año, sino que ahora en 2021 las tengo y las he vendido con pérdidas. ¿Debería incluir la última operación en la declaración de 2020 en la que solo he comprado pero no he vendido?, o ¿debería meter todas estas operaciones (las 6) en la declaración como una única (incluido la última operación de compra aunque no haya vendido en ese año) para dicha empresa y marcar la casilla «No imputación de pérdidas por recompra de valores homogéneos» (ya que en el 2021 tengo pérdidas)?
Muchisimas gracias de antemano.
Saludos
Eila, solo tienes que declarar en la renta de 2020 las ventas que hayas realizado en 2020, la última operación de compra no la tienes que declarar, ya que no las has vendido. En renta se declaran las ganancias y las pérdidas del ejercicio, de las últimas acciones compradas como no las has vendido en 2020 no tienes ni pérdidas ni ganancias. En 2021, que las has vendido, si que tienes que declarar dicha pérdida y no puedes comprar las mismas acciones en un año desde la venta, ya que no podrías compensar las pérdidas con las posibles ganancias de otras acciones o bienes que vendas. Un saludo
Buenas,
En caso de tener una acción comprada en el 2020 pero no vendida durante ese año, ¿qué ponemos el coste de adquisición de los costo la acción+comisión pero en el coste de trasmisión 0?
Gracias de antemano
Saludos
Buenas Antonio Manuel,
Solo se declaran las operaciones de venta. Si compras una acción pero no la vendes, no tienes que declararla.
Un saludo!!
Ah vale, entonces si he comprado acciones durante el año 2020 pero no las he vendido cuando finaliza el año ¿no tengo que incorporarlas a la declaración?,¿sólo las compras y las ventas en el mismo año verdad?
Respecto a lo que dice de «No imputación de pérdidas por recompra de valores homogéneos» (que me cuesta un poco entenderlo), esa casilla únicamente la seleccionamos si hemos vendido el total de las acciones de una empresa y, antes de los dos meses siguientes a la venta, hemos comprado de nuevo acciones de la misma empresa y, con estas nuevas acciones recompradas, al venderlas más tarde hemos obtenido pérdidas y se declaran todas las transacciones como una única operación marcando esa casilla, ¿es así?
Gracias por todas las aclaraciones y ayuda.
Saludos
Buenas Antonio Manuel,
Correcto a medias. Si quieres generalizar tendrías que decir: …»solo las ventas realizadas en el mismo año». Imagina el caso en que compras unas acciones en 2010 y no las vendes hasta 2020. Las tienes que incorporar a la declaración de 2020 porque las vendiste en ese año (pero fíjate que no las compraste en 2020, sino mucho antes).
No es correcto del todo. Esa casilla la tienes que marcar si has vendido unas acciones con pérdidas habiendo comprado 2 meses antes o después de la venta.
Un saludo!!
Muchas gracias por vuestra ayuda!
De donde se saca el informe en IB del cambio oficial del día USD/EUR en que se compro o vendió una acción?
Un saludo.
Buenas Santi,
En el informe del día, en la operación tendrás valor en moneda local y el equivalente en euros. Divide los euros por la moneda local y tendrás el tipo de cambio aplicado.
Un saludo!!
Buenos días,
Y si las acciones están a nombre de dos o más titulares? Como se declararon las plusvalías y minusvalias?
Un saludo y gracias por tan interesante artículo!
Buenas Eloy,
A partes iguales entre todos los titulares.
Un saludo!!
Buenas,
Gracias por el articulo, es de gran ayuda.
Mi duda es que este año he operado con muchísimas de acciones (cientos) de compañías distintas, ¿es necesario que haga los cálculos e introduzca todos uno a uno?. Podría volverme loco jajaja.
Gracias de antemano.
Un saludo.
Buenas Antonio Manuel,
Puedes agruparlo por empresas. La verdad es que desconozco si puedes agruparlas todas en una sola y poner el saldo global. Consúltalo con un asesor fiscal.
Un saludo!!
Buenos días!
Mi caso es el siguiente: Soy estudiante menor de 25 años y vivo fuera de la unidad familiar, tengo entendido que en ese caso salvo que mis ingresos superen los 8mil€, no es el caso, puedo hacer la declaración conjunta por que se entiende que dependo de la ud.familiar. Sin embargo, a pesar de no tener una renta laboral como tal, he leído que si se obtienen más de 1600€ en acciones debo hacer la declaración (pudiendo ser conjunta por lo dicho anteriormente).
En mi cuenta de valores, tenía 340 acciones de BBVA y 566 acciones de IBE que vendí a 3.15 y a 8.80 respectivamente, ambas ventas a principios de marzo de 2020. Un mes después el 22 de abril compré 1000 acciones de BBVA a 2.88. Posteriormente en 2020 compré Repsol, Mapfre, e IAG en 2021. No he vendido aún ninguna pero tengo intención de hacerlo en algún momento para recoger los beneficios, hablo sobretodo por BBVA.
Mis dudas son:
La operación con IBE, no se fecha de compra de las acciones pero se que no mucho antes de 2015 y por tanto (mirando la cotización en ese periodo) estoy casi seguro de que fueron plusvalías, desconozco la magnitud, de haber superado los 1600€ debería haberlas declarado en este año 2021?
Cuando venda BBVA, casi seguro que solo con su venta supere los 1600€, podría compensar las plusvalías con las minusvalías de la venta de las 340 acciones, no se cumple la regla de los 2 meses, verdad? Y si vendo en 2021, lo reflejaría en la de 2022?
Con IAG, Repsol y Mapfre de momento creo que me mantendré pero en caso de venderlas, se reflejaría al año siguiente con el conjunto de ventas del anterior año natural y solo en caso de sumar +1600€, verdad?
Para más dificultad, he recibido dividendo de BBVA: 9 Abril 2020 y Abril 2021, y también de Repsol en acciones 31Dic2020 (pagué 1.5€ para subscribir una acción más) y el 8 Enero 2021 recibí el abono de la venta de los dchos por no acudir a la Ampl.Capital. Esto último no tengo ni idea de si tener que incluirlo en caso de hacer al final la declaración.
Supongo que es algo complejo, pero agradecería una buena respuesta divulgativa, ya que aunque mi caso sea muy concreto, es probable que algo similar le ocurra a más gente.
Gracias de antemano
Buenas Fernando,
Ni idea, lo siento. Consúltalo con un asesor fiscal.
Un saludo!!
Enhorabuena por este gran artículo, a mí me ha venido fenomenal. Muchas gracias
Hola,
he realizado muchas operaciones durante el 2020 y haciendo la declaración de la renta he llegado a dar de alta 120 entidades emisoras, el caso es que me queda alguna más pero la aplicación de la AEAT ya no me permite añadir mas. ¿Cómo podría declararlo en este caso?
Buenas Isabel,
¿No puedes agruparlas por empresa? Si ya lo has hecho, ponte en contacto con Hacienda para preguntarles.
Un saludo!!
Me ha pasado igual, ¿cómo lo has logrado?
Hola felicidades por el magnifico articulo. Tengo una duda, he comprado y vendido una acción en noviembre y diciembre de 2020, con perdidas y he vuelto a comprar la misma acción, en enero de 2021. ¿Tengo que indicar el incumpliendo de los dos meses y si es así, donde?. Muchas gracias.
Buenas Florian,
¡Gracias! 🙂
Sí, debes indicarlo. En la declaración que haces ahora en 2021, ya que la venta se hizo en 2020.
Un saludo!!
Hola, felicidades por el articulo! Una duda tienes alguno relacionado con irpf y dividendos nacionales e internacionales?
Buenas Klx,
¡Muchas gracias! 🙂
Sí, tenemos este artículo: https://www.invirtiendopocoapoco.com/dividendos-en-la-declaracion/
Un saludo!!
Gracias! Una duda sicompras 100 acciones pero sólo vendes 10, entiendo que declaras las 10 vendidas y compradas, y las 90 restantes en futuros años cuándo se vendan?
Buenas Klx,
Así es.
Un saludo!!