Cómo meter la venta de acciones en la declaración de la renta – 2023

Hoy vamos a ver cómo meter la venta de acciones en la declaración de la renta.

Meter la venta de acciones en la declaración es algo que prácticamente todo inversor tendrá que hacer varias veces a lo largo de su vida inversora. Es una tarea muy sencilla. Si no lo has hecho nunca o necesitas recordarlo, tranquil@ que nosotros te mostramos cómo hacerlo.

Como ya sabemos todos a estas alturas, estamos en plena campaña de la Declaración de la Renta. Por estas fechas son habituales los nervios y las dudas sobre si lo que estamos haciendo está bien o mal.

Aunque lo normal en un buy&hold es no vender nunca, es probable que a lo largo de nuestra vida inversora nos veamos en la necesidad de ello. Ya sea por que la empresa deje de cotizar tras una OPA (Abertis), porque se pierda la confianza en la empresa (OHL) o porque haya un traspaso de cartera de por medio, entre cualquier otro motivo.

En este caso, ya sea con ganancias (plusvalías) o pérdidas (minusvalías), hay que declarar la operación.

Aviso: no somos expertos fiscales ni esto es un asesoramiento fiscal de ninguna índole. Tan solo es una muestra de cómo metemos nosotros los dividendos en la declaración de la renta. No nos hacemos responsables del uso que hagas de la información aquí descrita. Es responsabilidad tuya comprobar los datos que aquí damos. El último y único responsable de tu declaración eres tú mismo.

 

Actualizado a 13 de Abril de 2023

 

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Consideraciones previas

Aunque meter la venta de acciones en la declaración es bastante fácil, hay que tener claro una serie de conceptos básicos antes de empezar:

  • Si ves capturas de pantalla en las que aparecen años anteriores (2018, 2019…) es debido a que esas pantallas no han cambiado desde entonces por lo que hemos decidido no actualizarlas para poder tener el artículo listo lo antes posible. Hazte a la idea que pone el año en el que estás leyendo el tutorial y listo.
  • Da igual si las acciones las compraste el mismo año que las vendiste, 2 años antes o 5. Se tienen que introducir en la declaración de la renta del año en que se vendieron.
  • Se aplica siempre el método FIFO, independientemente de si tenemos 1 broker o 25. Las primeras que se venden, son las primeras que se compraron aunque fuera en otro broker.
  • Da igual que tengas un broker español o extranjero, ante una venta el broker no te retendrá nada, por lo tanto hay que incorporar esta operación al borrador.
  • Las minusvalías se pueden compensar con las plusvalías durante 4 años a contar desde el año que se generaron.
  • No se pueden compensar minusvalías si se ha incumplido la regla de los 2 meses (un año en algunos mercados extranjeros), pero se tienen que meter en la declaración igualmente.
  • Las comisiones se incluyen:
    • Se suman a la compra
    • Se restan en la venta

Al lío.

Antes de empezar

Antes de comenzar, un pequeño truco para movernos más rápida y cómodamente por las diferentes páginas dentro del borrador. Si hacemos click sobre alguno de los dos números de la barra de navegación (en el 50 o 54 en esta captura):

Se nos abrirá una ventana como esta:

Metemos el número de página a la que queramos ir y pinchamos en Aceptar. El programa nos llevará directamente a esa página sin tener que andar pinchando en las flechas de anterior o siguiente. Esto nos ahorrará tiempo ya que nosotros siempre damos el número de página al que tenemos que ir a introducir datos.

Ahora sí, tras este pequeño pero muy útil truquillo, comenzamos.

Cómo meter la venta de acciones en la declaración de la renta

Para encontrar la casilla encargada de esto tenemos que irnos a la página 16 del borrador (Nota: cuando hablamos de página nos referimos a la que está en el centro de la imagen en la barra de arriba (16/54), no el texto de la derecha en la barra azul (Página 14). Eso será así para todo el artículo), sección F2. Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales (a integrar en la base imponible del ahorro) (continuación), subsección .

En dicha sección, tenemos la casilla 0328, Importe global de las transmisiones efectuadas en 2022.

Pinchamos en el lápiz y se nos abrirá esta ventana:

Cómo meter la venta de acciones en la declaración de la renta

Aquí tenemos que fijarnos principalmente en 3 campos:

  • Entidad Emisora: el nombre de la empresa cuyas acciones vendimos.
  • Valor de transmisión: el importe obtenido con la venta (comisiones descontadas).
  • Valor de adquisición: el importe de compra (comisiones incluidas).

Existe un cuarto apartado, el de No imputación de pérdidas por recompra de valores homogéneos. Esta casilla habría que marcarla si hemos incumplido la regla de los 2 meses en la operación que estamos introduciendo. Importante: Aunque no puedas compensarte las pérdidas por haber incumplido la regla, hay que declarar la operación igualmente. No te preocupes, porque podremos compensar esas minusvalías en cuanto vendamos ese paquete de acciones en sucesivos años.

Veámoslo con un ejemplo, que es más sencillo.

Ejemplo venta en Euros

En este caso vamos a utilizar un caso real. El de la venta obligada de Abertis.

  • Compramos 95 acciones de Abertis a 13,40€, por las que pagamos 10€ de comisiones.
  • Vendimos esas 95 acciones a 18,60€ pagando una comisión de 9,11€.

¿Cómo meter estos datos en la declaración?

Lo primero es calcular los valores de adquisición y transmisión.

  • Valor de adquisición (lo que pagamos por las acciones): 95*13,40 = 1273,45 + 10 = 1.283,45€
  • Valor de transmisión (lo que obtuvimos por la venta): 95*18,6 = 1.767 – 9,11 = 1.757,89€

Una vez hechos los cálculos (bastante simples, la verdad), los metemos en el borrador:

  • Entidad Emisora: Abertis
  • Valor de transmisión: 1.757,89
  • Valor de adquisición: 1.283,45

En este caso, al haber tenido una plusvalía, no tenemos que marcar la casilla «No imputación de pérdidas por recompra de valores homogéneos». Solo habría que marcarla si obtenemos una minusvalía y hemos incumplido la regla de los 2 meses.

Y ya está.

Al darle a Aceptar veremos que la ventana emergente se ha cerrado y ahora vemos dicha información reflejada en el borrador tal que así:

Cómo meter la venta de acciones en la declaración de la renta

Como vemos, la información ha sido añadida correctamente y el programa nos ha calculado automáticamente las plusvalías. Si hubiéramos obtenido minusvalías, aparecerían en la casilla 0337.

Ejemplo venta en otras divisas

Cuando la venta de acciones se produce en otra divisa diferente al Euro, tan solo tenemos que hacer un paso previo a lo ya expuesto aquí, y es pasar el Valor de Adquisición y de Transmisión a Euros cogiendo el tipo de cambio del día en que compramos y vendimos las acciones.

Por ejemplo, supongamos que:

  • Compramos 49 acciones de Disney a 100$, por las que pagamos 1$ de comisiones.
  • Vendimos esas 49 acciones a 112$ pagando una comisión de 1$
  • El tipo de cambio Euro/Dólar el día de la compra fue de 0,9€
  • El tipo de cambio Euro/Dólar el día de la venta fue de 0,86€

¿Cómo meter estos datos en la declaración?

Lo primero es calcular los valores de adquisición y transmisión.

  • Valor de adquisición (lo que pagamos por las acciones): 49*100 = 4.900$ + 1 = 4.901$
  • Valor de transmisión (lo que obtuvimos por la venta): 49*112 = 5.488- 1 = 5.487$

Ahora lo que tenemos que hacer es pasar esos importes a Euros cogiendo el tipo de cambio oficial del día (en el ejemplo nos hemos inventado el tipo de cambio, pero habría que coger el oficial. Bien el que nos proporciona nuestro broker (nosotros siempre preferimos este porque si Hacienda te pide explicaciones, siempre podrás demostrar lo que dices dándole un documento oficial de tu broker) o bien el que se publique en el BOE o BCE):

  • Valor de adquisición: 4.901*0,9 = 4.410,9€
  • Valor de transmisión: 5.487*0,86 = 4.718,82€

Estos son los valores que tenemos que meter en nuestra declaración. No los que nos daban en Dólares.

Los meteríamos en el borrador tal que así:

  • Entidad Emisora: Disney
  • Valor de transmisión: 4.718,82
  • Valor de adquisición: 4.410,9

En este caso hemos generado una plusvalía, pero no tenemos que calcularla si no queremos, ya que el programa se encarga de hacerlo automáticamente.

Este ejemplo vale para cualquier divisa que quieras. Solo hay que coger el tipo de cambio oficial con respecto al Euro el día en que hagas las operaciones (compra y venta).

Metiendo más de una operación

¿Qué pasa si he hecho más de una operación de venta este año? Pues tan sencillo como pinchar en el botón que dice Alta Entidad Emisora. Esto nos permitirá añadir tantas operaciones como necesitemos.

Al pinchar en veremos algo así:

Cómo meter la venta de acciones en la declaración de la renta

Como podemos ver, es muy parecida a la primera imagen del artículo con la salvedad de que ahora estamos en la Entidad Emisora 2 de 2 y podemos usar las flechas para movernos entre las diferentes Entidades Emisoras. Además, si hemos creado esta Entidad por error, podemos eliminarla pinchando en la X roja.

También podemos observar que hasta que no hayamos rellenado esta Entidad Emisora, no podremos crear otra.

El proceso de introducción es el mismo que hemos explicado en el apartado anterior. No hay diferencias.

¿Tengo que meter las operaciones por separado si he hecho más de una venta en una misma empresa?

No, puedes agruparlas en una misma Entidad Emisora sumando los valores de adquisición y transmisión siempre y cuando sean del mismo tipo. Lo explicamos.

Imaginemos el siguiente escenario:

  • Compramos 100 IBE el 1 de Enero.
  • Vendemos las 100 IBE el 2 de Marzo con ganancias. 
  • Compramos las 100 IBE el 3 de Marzo. 
  • Vendemos las 100 IBE el 4 de Junio con pérdidas. 
  • Compramos las 100 IBE el 5 de Septiembre.
  • Vendemos las 100 IBE el 6 Octubre con pérdidas.
  • Compramos las 100 IBE el 1 de Noviembre.

En este ejemplo sencillo para que se vea claro, podríamos agrupar las 4 operaciones en naranja pero debemos introducir por separado la operación en azul ya que hemos incumplido la regla de los 2 meses comprando el 1 de Noviembre. Por tanto, para esta última operación deberemos marcar la casilla «No imputación de pérdidas por recompra de valores homogéneos«.

Compensar plusvalías con minusvalías

Como ya hemos comentado, las minusvalías se pueden compensar con las plusvalías para rebajar la carga fiscal. Ampliando un poco más la información tenemos:

  • Las minusvalías se compensan primero con las plusvalías generadas ese mismo año.
  • Si una vez compensadas con las plusvalías, siguen existiendo minusvalías, se podrán compensar hasta un 25% de lo retenido por dividendos o intereses (o cualquier rendimiento del capital mobiliario).
  • Si aún así siguen quedando minusvalías, éstas se podrán compensar durante los próximos 4 años.

Cómo hemos visto en el ejemplo, no nos tenemos que preocupar de calcular la plusvalía o minusvalía, así como la cantidad resultante si pudiéramos compensar, o la cantidad compensada con dividendos o otros rendimientos del capital mobiliario. Esto lo hace el programa automáticamente. Solo tenemos que indicarle «cuatro» parámetros de entrada muy sencillos de calcular.

Cómo mirar las minusvalías pendientes de compensar

Si solo hemos generado plusvalías o tras aplicar todas las compensaciones descritas en el apartado anterior seguimos teniendo plusvalías, entonces se pueden compensar con las minusvalías generadas durante los 4 años anteriores.

Hay que tener cuidado con esto porque aunque Hacienda parece que últimamente aporta esta información automáticamente de declaraciones anteriores, tenemos que ser nosotros los que llevemos un control de si tenemos algo pendiente de compensar para evitar perder unos euros por el camino.

Este año lo han escondido muuuy bien (y no nos extraña…). Pero si ellos son listos, más lo somos nosotros y hemos dado con ello.

Para ver lo que nos queda pendiente de compensar nos tenemos que ir a la página 24 del borrador, sección H. Base imponible general y base imponible del ahorro ->

 

En la venta que se nos abre, nos vamos a la primera sub-sección: Saldos negativos de ganancias y pérdidas patrimoniales pendientes de compensar en los ejercicios siguientes.

Las casillas a mirar son las que hemos marcado en rojo: 1263, 1266, 1269 y 1270 (Pendiente de aplicación en ejercicios futuros).

Cómo introducir las minusvalías pendientes de compensar de otros años

Ya hemos visto cómo obtener las minusvalías pendientes de compensar, si las tenemos. Ahora solo nos faltaría meterlas en el borrador si aplica (es decir, si tenemos plusvalías globales este año). Para ello, nos vamos la página 24 del borrador, sección H. Base imponible general y base imponible del ahorro:

En esa página, debemos irnos como hacia la mitad. A la subsección llamada 

Dichas casillas son la 0439, 0440, 0441 y 0442.

Meter los datos aquí es muy sencillo. Pinchamos en el lápiz (da igual en el que pinchemos, la ventana que se abre es la misma para todos):

 

¿Cómo metemos los datos aquí?

Las minusvalías que tenemos pendiente de compensar de otros años. Aseguraos bien de meter la minusvalía en el año correspondiente.

No hace falta que nosotros hagamos los cálculos, solo tenemos que proveer la cantidad total pendiente de compensar, y el programa se encarga de todo.

Cómo meter las minusvalías bloqueadas por la regla de los 2 meses

Cuando incumples la regla de los 2 meses (1 año en algunas extranjeras), debes marcar la casilla de «No imputación de pérdidas por recompra de valores homogéneos» como ya hemos comentado. En este caso, esa pérdida bloqueada no se refleja en ningún sitio en la declaración. Tienes que llevar el control de las minusvalías tú mismo. El año en que desbloquees esas pérdidas podrás meterlas en la declaración.

Para ello hay que irse a la página 21 -> F2. Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales (a integrar en la base imponible del ahorro)(continuación):

Aquí nos vamos a la sección Imputación a 2022 (o año de presentación) de ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones efectuadas en ejercicios anteriores, y las metemos en la casilla 0395 – Importe de la pérdida patrimonial que procede imputar a 2022 (o año de presentación).

Despedida

Meter la venta de acciones en la declaración es una tarea muy sencilla. Una vez más, lo más «complicado» es llevar un control de lo que se ha hecho durante el año. Para un buy&hold no deberían ser demasiadas operaciones de venta al año (por no decir ninguna), por tanto es una tarea que nos debería llevar muy poco tiempo.

Y vosotros…¿Tenéis muchas operaciones de venta? ¿Sabíais cómo introducirlas? ¿Os ha parecido sencillo? ¿Hemos cometido algún error? Si es así, por favor no dudes en dejarnos un comentario con el fallo para poder corregir el artículo. 

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Poco a Poco…

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Javier Gallego
Javier Gallego
6 años

Muchísimas Gracias por el artículo.

Respecto a los valores a indicar, si la cuenta donde se ha realizado es compartida en dos titulares, ¿lo correcto sería marcar en la declaración de ambos el 50% del valor?

Att,

Iban
Iban
6 años

Buenas otra vez… otra duda que me ha surgido…

Acciones de Iberdrola. Tengo X acciones y en el script dividend decido comprar derechos para redondear y que me den 20 acciones más. Es decir, compro 500 derechos por 90 euros (comisiones incluidas) y junto a los 400 que tengo ya, me dan 20 acciones. Para que me den las 20 acciones, según DeGiro, es una venta de los 90 derechos por 0 euros. Por lo tanto, tengo que añadir en la renta esa operación aunque no haya vendido dichas 20 acciones de Iberdrola? ¿Tendré que poner, precio de compra 90 y precio de venta 0?

Si esto es así, cuando decida vendar las 20 acciones, ¿qué precio de comprar pongo? ¿0 euros?

Iban
Iban
6 años

Perfecto, muchas gracias! =)

Javier
Javier
6 años

En una acciones me da revisar, y otra corregir, pero me pide la fecha de adquisición de las acciones, lo desconozco, pero la compra se hizo hace más de 20 años, qué tengo que hacer??

Iban
Iban
6 años

Hola!
Estoy intentando meter la compra venta de acciones, y tengo una duda.
Vendo 200 acciones de REPSOL el 20/10/2019 a 10 euros. Las he comprado en diferentes fechas. Por ejemplo, compré 30 el 5/02/2019, 30 el 10/06/2019 y 40 el 20/08/2019. Si quiero agruparlas, pongo fecha de transmisión el 20/10/2019, pero… ?¿Qué podrniais en fecha de adquisición?
Es por no meter 3 operaciones, que en este caso, 3 son pocas, pero si fueran más es un poco lioso con el tema de las comisiones.
Gracias

jose luis
jose luis
6 años

Buenas tardes,
Felicidades por el articulo relativo «Cómo meter la venta de acciones en la declaración de la renta – 2020». Soy un profano en estas lideres de hacer la renta, cuando se salen de sota, caballo y rey. Este año tenia venta de acciones y venta de inmueble. Gracias a este articulo, escrito con palabras sencillas e impresion de las ventanas donde escribir, lo he conseguido. FELICIDADES. jose luis

DiegoA
DiegoA
6 años

Buenos días,

Me surge una duda a la hora de introducir ‘Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de acciones negociadas’ y es la siguiente:
Al hacer la declaración para introducir los valores de transmisión y de adquisición por la compra venta de acciones francesas en 2019 ¿tengo que tener en cuenta mis costes de impuestos sobre transacciones financieras que tienen en Francia y meterlo (sumarlo/restarlo) en las casillas de valor adquisición y valor transmisión o no?
Me surge esta duda porque de no meter esos datos en ningún sitio aparecerán valores más elevados de ganancias patrimoniales que las que realmente recibimos.

Gracias por tu ayuda
Un saludo

Antonio cifuentes
Antonio cifuentes
6 años

Buenos días,

Me ha parecido muy útil el post y os felicito por el trabajo!

Mi duda como inversor novato es, si compro acciones este año con idea de hacer buy and hold y no las vendo hasta dentro de varios años, en la declaración de la renta de 2020 el año que viene tendré que declarar la compra de acciones? O declaro la compra-venta con fechas y las ganancias una vez que las venda en el futuro año o cuando sea?

Otra duda, he leído que en el mercado americano me retienen un 15% por vender mis acciones aparte del 19% o lo que me corresponda luego en españa, eso es correcto? Yo opero con DEGIRO y ya he vendido alguna acción americana no he visto que me hayan retenido nada pero no se si tengo que hacer algún trámite para declarar eso…

Muchas gracias por la ayuda por adelantado

un saludo!

Antonio

Antonio
Antonio
6 años

Buenas tardes , ante todo muchas felicidades por vuestro blog, os digo en Twitter y la verdad lo que aportáis es todo muy interesante.
Tengo una duda en la declaración de acciones, si una persona hace dayttading, compra y vende acciones cada día, tiene que declarar todas las acciones en la declaración, o como se hace eso, ya que podrían ser muchísimas acciones vendidas en 1 año?

Muchas gracias

Jose
Jose
6 años

Buenas tardes!
Muchas gracias por este post y por todos los otros, me han servido de mucho a lo largo de estos años de inversiones.

Solo me gustaría hacer un apunte de como estoy declarando yo mis inversiones durante los últimos años.

Yo utilizo IB desde hace unos 10 años y en la declaración, creo una entidad que dice «INTERACTIVE BROKERS», ahí declaro en «Valor de Transmisión» el sumatorio de todas las acciones que he vendido durante el año anterior y en «Valor de adquisión» el sumatorio del valor de compra de esas acciones que he vendido.

El valor lo pongo en euros al cambio obtenido en el BOE del 31 de diciembre de ese año. No me complico en poner cambio de compra y venta.

Como segunda entidad creo «Forex Income» y ahi pongo el total de todo lo que he ganado/perdido por cambio de divisa en las operaciones realizadas ese año. Esto te lo saca IB automáticamente. Lo pongo en euros al cambio del BOE del 31 de diciembre.

Con esto no habría que complicarse más. Al principio me creaba dudas, pero lo he consultado con varios gestores y técnicos de hacienda estos últimos años y me han dicho que es correcto.

En mi caso es la forma más cómoda de hacerlo, ya que tengo unas 200 operaciones cerradas el año anterior y me sería un infierno ir poniendo una a una.

¿Véis algún inconveniente?

Alexis Grao
Alexis Grao
6 años
Responder a  Jose

Buenas tardes,

Jose, tu mensaje me ha aliviado mucho puesto que entre meter (1 entrada de transmisión y otra de adquisición total) a meter cientos de empresas del 2019 multiplicado por varias de operaciones de venta de varias de ellas me sería mortal. Además de hacer yo la conversión de $ a € por cada una de ellas.

Tengo un par de fondos donde he ido haciendo también bastantes de operaciones de compra/venta/traspaso y he visto ya durante 2 años que han rellenado (los gestores entiendo) tan sólo 2 entradas, 1 por cada fondo, en el borrador de la renta. Es decir, que no han ido desglosando entradas por cada operación de venta/traspaso que he ido haciendo sino que lo han rellenado con el resultado final.
Esto es lo mismo que hace Jose con IB y unido a que he leído por aquí que hay límite de 60 entradas en el borrador de la renta, me dan a entender que es una opción aceptada para la gente como yo, que no sabe, aún, ir a largo plazo. Igualmente, al final, hacienda quiere el valor final (contrastado con los reports del broker) y los detalles sólo en caso de sospecha.

Jose, IPP, ya que ambos usáis IB, me/nos resultaría realmente útil que indicarais qué extractos/reports usáis para rellenar la declaración (empresas vendidas del 2019, las comisiones, fechas, …). Hay muchos reports diferentes y alguno será más útil para esto que los otros.

Por otra parte, Jose, no acabo de entender eso de realizar el cambio a euros el 31 de diciembre por 2 motivos:
1. IB ya te pasa los resultados a €, al menos en el report diario.
2. El cambio de divisa el día 31 de diciembre es muy diferente al cambio que hubiese cuando vendiste ya que, por ejemplo, el EUR.USD lleva bajando más de 2 años

IPP, si al final confirmáis que esta forma es válida, entiendo que para todos, nos sería mucho más cómodo meter el valor resultado final que cada venta, aunque sean sólo fueran 2 ventas, ya que así no hay que sumarlos todo para comprobar que el resultado cuadre con los reports que dan los brokers.

Un saludo,

Alexis Grao
Alexis Grao
6 años

Hola IPP,
«si al final confirmáis»= «si algún día por el motivo que sea, sabéis si es una forma aceptada».
De la misma forma que habéis puesto esta guía y la habéis ampliado/corregido con algún comentario de algún usuario, estaría bien hacer lo mismo con esto si algún día sabéis sobre este tema. No?
Para mi, creo que siempre será más cómodo poner una cantidad resumen que te la da el broker a ir poniendo venta a venta, por eso estoy buscando si es válido o no. Entre los comentarios he leído al menos a 3 usuarios con el mismo problema.
Por el artículo de IB que tenéis y por el tiempo que hace que lo leí, creía que alguna venta ya habríais hecho en IB.
También, agradecería mucho, saber cómo hacéis consultas a la renta para hacer yo lo mismo, si vía email, chat, app, …

Un saludo!

Sergio Sanchez
6 años

Muy buen articulo! tengo una duda, en 2017 se compran 155 acciones y en 2019 se venden 163 acciones (hay una diferencia de 8 acciones). Entre esas fechas hay 3 importes de Derechos de suscripción, entendiendo que se suma al valor de las acciones no me cuadran las cantidades, se entiende que esas acciones que vende (que no compró) son de los derechos? el precio medio de accion es de 20 euros (compra en total unos 3.000€ y vende por 3.400€) y los derechos son 7+12+11 = 30 € aprox…se supone que como mucho serían 2 acciones más, no ocho….