Hoy vamos a ver cómo meter los dividendos en la declaración de la renta.
Comienza la temporada de la declaración de la Renta y como viene siendo habitual, os traemos los artículos actualizados con los cambios de nuestra «querida» administración.
Para este artículo es interesante echarle un ojo a estos otros: cuentas multidivisa y dividendos extranjeros. No es obligatorio pero siempre viene bien.
Actualizado a 13 de Abril de 2023
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Sin más dilación, al turrón.
¿Qué vamos a ver?
Antes de empezar
Antes de comenzar, un pequeño truco para movernos más rápida y cómodamente por las diferentes páginas dentro del borrador. Si hacemos click sobre alguno de los dos números de la barra de navegación (en el 50 o 54 en esta captura):
Se nos abrirá una ventana como esta:
Metemos el número de página a la que queramos ir y pinchamos en Aceptar. El programa nos llevará directamente a esa página sin tener que andar pinchando en las flechas de anterior o siguiente. Esto nos ahorrará tiempo ya que nosotros siempre damos el número de página al que tenemos que ir a introducir datos.
Ahora sí, tras este pequeño pero muy útil truquillo, comenzamos.
Cómo meter los dividendos en la declaración de la renta
Lo primero que tenemos que hacer es añadir todos los dividendos a nuestro borrador. Así pues, nos vamos a la página 6 (Nota: cuando hablamos de página nos referimos a la que está en el centro de la imagen en la barra de arriba (6/54), no el texto de la derecha en la barra azul (Página 6). Eso será así para todo el artículo), bajo B. Rendimientos del capital mobiliario –> Rendimientos del capital mobiliario a integrar en la base imponible del ahorro -> Dividendos y demás rendimientos por la participación en fondos propios de entidades (casilla 29):
Si usáis un broker que deposite los valores en España tipo ING o Self Bank, estos datos habrán sido incorporados al borrador automáticamente. Si tenéis brokers que no depositan los valores en España tipo DeGiro o Interactive Brokers, éstos no aparecerán y tendremos que añadirlos nosotros.
Aunque no tengáis brokers «extranjeros», es vital que comprobéis que los datos son correctos. No sería la primera vez que algún broker comete un error o pasa información inexacta. Y tanto si es a favor como en contra nos puede suponer un gran problema. Por eso siempre recomendamos llevar nosotros mismos las cuentas y nunca confiar todo al broker. Y por supuesto comprobar que nuestro broker/s ha pasado toda (y bien) la información al borrador.
Pinchamos en el lápiz y se nos abre una pantalla como ésta:
¿Qué tenemos que meter aquí?
Muy sencillo.
- Ingresos íntegros: Suma de todos los dividendos recibidos. Extranjeros y Españoles. En euros y cantidad bruta.
- Retenciones: la retención practicada en destino. Extranjeros y Españoles. En euros. Esto es, a los dividendos brutos recibidos en origen, hay que aplicarle la retención en origen: 15% USA y Holanda, 26,375% Alemania, 0% UK… Lo que queda, es el neto de origen, y a lo que hay que aplicarle el 19% de retención de destino. Tenéis un ejemplo bastante explicativo aquí. Ahora veremos un ejemplo de todos modos.
- Gastos de administración y depósito: aquí se puede poner la suma de todos las comisiones de custodia o cobro de dividendos (si habéis tenido). En esta casilla se puede meter la comisión mensual obligatoria de Interactive Brokers (ojo, solo aquella cantidad de los 120$ que no habéis utilizado) o la de conectividad de DeGiro, por ejemplo.
Ejemplo simple para broker «español»
Supongamos que cobramos los siguientes divis brutos en un broker «español» tipo ING o Self Bank:
- España: 1.000€
- USA: 700€
- UK: 300€
- Alemania: 500€
¿Cómo deberíamos rellenar la casilla 0029?
- Ingresos íntegros: 1.000 + 700 + 300 + 500 = 2.500€
- Retenciones: este es menos fácil:
- España: 1.000 * 0,19 = 190€.
- USA: 700 * 0,15 = 105€ (recordad que es retención de ORIGEN, esto es, un 15%).
- UK = 0€ (UK no retiene de ORIGEN).
- Alemania = 500 * 0,26375 = 131,875€.
- Retención de Destino (una vez tenemos lo que nos retienen en Origen, hay que aplicar el 19% a lo que nos queda): 700 + 300 + 500 – 105 – 0 – 131,875 = 1.263,125 * 0,19 = 239,99€ (esta es la retención de Destino a los divis extranjeros).
- Sumamos todas las retenciones en destino: 190 + 239,99 = 429,99€
- Gastos de administración y depósito: 100€ (supongamos que no hemos hecho compras en IB y nos han cobrado íntegramente los 120 dólares de custodia y eso son 100€).
Eso es todo. Como vemos, bastante sencillo hasta el momento…¿no?
Si solo has cobrado dividendos españoles, tus obligaciones con Hacienda en cuanto a divis acaban aquí. Si has cobrado dividendos fuera de España, entonces aún nos queda un pequeño paso más para meterlos correctamente en la declaración.
Doble Imposición Internacional
Si hemos cobrado dividendos extranjeros debemos meter los datos para recuperar la doble tributación si tenemos broker «español» o pagar lo que nos hemos ahorrado si tenemos un broker «extranjero».
Para ello debemos irnos a la página 33 del borrador. Sección M. Cálculo del impuesto y resultado de la declaración:
Aquí nos tenemos que ir un poco más abajo donde dice Cuota resultante de la autoliquidación:
La casilla en cuestión es la 0588 – Deducciones por doble imposición internacional, por razón de las rentas obtenidas y gravadas en el extranjero. Pinchamos en el lápiz para introducir los datos.
Pinchamos en el lápiz de Rentas incluidas en la base del ahorro. Se nos abrirá una pantalla como esta:
¿Qué tenemos que meter aquí?
- Rendimientos netos reducidos del capital mobiliario obtenidos en el extranjeros incluidos en la base del ahorro: son los dividendos extranjeros brutos sujetos a retención de origen. Es decir, la suma de todos los dividendos extranjeros brutos menos los de UK (o cualquier otro cuya retención de ORIGEN sea 0). En Euros.
- Impuesto satisfecho en el extranjero: los impuestos pagados en el extranjero hasta un máximo del 15% (por el tratado de doble imposición). Para USA y Holanda sería todo ya que retienen de origen el 15%, pero para Alemania solo podríamos meter el 15%, no el 26,375% que actualmente retienen de origen.
Siguiendo nuestro ejemplo
Recordemos que supusimos que habíamos cobramos los siguientes divis brutos en un broker «español»:
- España: 1.000€
- USA: 700€
- UK: 300€
- Alemania: 500€
¿Cómo deberíamos rellenar la casilla 0588?
- Rendimientos netos reducidos del capital mobiliario obtenidos en el extranjeros incluidos en la base del ahorro: 700 + 500 = 1.200€
- Impuesto satisfecho en el extranjero: para este hay que hacer algún cálculo sencillo extra:
- USA: 700 * 0,15 = 105€
- UK = 0€ (UK no retiene de ORIGEN).
- Alemania = 500 * 0,15 = 75€ (aunque Alemania retiene el 26,375% de origen, solo podemos indicar el máximo del convenio de doble imposición, esto es el 15%).
- Sumamos todo: 105 + 0 + 75 = 180€
Y aunque os parezca increíble ya hemos acabado. No hay que hacer nada más. De verdad.
Ejemplo teniendo broker «español» y «extranjero»
Supongamos ahora que tenemos un broker «español» y otro «extranjero». ¿Cómo habría que meter los dividendos en la declaración de la renta en este caso?
Vamos a suponer también que las acciones Españolas están en un broker «español» (ING por ejemplo) y las extranjeras en un broker «extranjero» (Interactive Brokers por ejemplo). Además, suponemos las mismas cantidades:
- España: 1.000€
- USA: 700€
- UK: 300€
- Alemania: 500€
Comencemos:
Casilla 0029
- Ingresos Íntegros: 1.000 + 700 + 300 + 500 = 2.500€
- Retenciones: este es más fácil que en el ejemplo anterior:
- España: 1.000 * 0,19 = 190€.
- Como las extranjeras las tenemos en Interactive Brokers y no hemos pagado ninguna retención en destino (esto es en España), no metemos nada de esto.
- Total = 190€
- Gastos de administración y depósito: 100€ (supongamos que no hemos hecho compras en IB y nos han cobrado íntegramente los 120 dólares de custodia y eso son 100€).
Y ya está. Todavía más sencillo.
Casilla 0588
- Rendimientos netos reducidos del capital mobiliario obtenidos en el extranjeros incluidos en la base del ahorro: 700 + 500 = 1.200€ (recordar, solo aquellos dividendos sujetos a retención en Origen que no han pagado nada en España. No se ponen los provenientes de UK porque no retiene nada en Origen).
- Impuesto satisfecho en el extranjero: para este hay que hacer algún cálculo sencillo extra:
- USA: 700 * 0,15 = 105€
- UK = 0€ (UK no retiene de ORIGEN).
- Alemania = 500 * 0,15 = 75€ (aunque Alemania retiene el 26,375% de origen, solo podemos indicar el máximo del convenio de doble imposición, esto es el 15%).
- Sumamos todo: 105 + 0 + 75 = 180€
Fijaros que esta casilla es exactamente igual que en el anterior ejemplo, ya que lo que el programa nos pide en esta casilla es los dividendos que hemos cobrado en el extranjero y que están sujetos a retención de origen (USA, Alemania, Holanda, Francia, Portugal…) y además, los impuestos que hemos pagado en el país de origen.
Debemos rellenar esta casilla sí o sí porque de no hacerlo, el programa te aplicará el 19% de retención al ver que no has pagado nada en impuestos y por tanto estarías pagando realmente el doble (en realidad estarías pagando el 15% del tratado de doble imposición dos veces, que es justamente lo que queremos evitar rellenando esta casilla).
Ejemplo teniendo broker «extranjero»
Vamos a ver ahora cómo habría que meter los dividendos en la declaración teniendo toda nuestra cartera en un broker «extranjero».
Recordemos las cantidades:
- España: 1.000€
- USA: 700€
- UK: 300€
- Alemania: 500€
Comencemos:
Casilla 0029
- Ingresos Íntegros: 1.000 + 700 + 300 + 500 = 2.500€
- Retenciones:
- España: 1.000 * 0,19 = 190€.
- No hay que meter nada de las extranjeras porque no hemos pagado ninguna retención en destino (esto es en España).
- Total = 190€
- Gastos de administración y depósito: 100€ (supongamos que no hemos hecho compras en IB y nos han cobrado íntegramente los 120 dólares de custodia y eso son 100€).
Y ya está.
Casilla 0588
- Rendimientos netos reducidos del capital mobiliario obtenidos en el extranjeros incluidos en la base del ahorro: 700 + 500 = 1.200€ (recordar, solo aquellos dividendos sujetos a retención en Origen. No se ponen los provenientes de UK porque no retiene nada en origen. Además, tampoco se ponen las españolas porque para los residentes fiscales españoles la retención en Origen y Destino para las empresas española coincide).
- Impuesto satisfecho en el extranjero: para este hay que hacer algún cálculo sencillo extra:
- USA: 700 * 0,15 = 105€
- UK = 0€ (UK no retiene de ORIGEN).
- Alemania = 500 * 0,15 = 75€ (aunque Alemania retiene el 26,375% de origen, solo podemos indicar el máximo del convenio de doble imposición, esto es el 15%).
- Sumamos todo: 105 + 0 + 75 = 180€
Y se acabó.
Fijaos que es exactamente de la misma manera que hemos visto en el ejemplo anterior.
Hay que tener en cuenta que la retención de Origen y Destino en una empresa española para un residente fiscal español, coinciden. Es la misma. Por tanto tenemos que seguir el mismo proceso que el ejemplo anterior para meter los dividendos en la declaración.
Llevar nuestro propio registro
Lo hemos dicho en innumerables ocasiones, es fundamental llevar nuestro propio control sobre todo lo que hacemos, dividendos incluidos.
Aunque nos fiemos del broker ellos no son responsables de firmar nuestra declaración de la renta. Pero aunque lo fueran, personalmente, creemos que igualmente hay que llevar un control para saber si nos están reteniendo bien o estamos pagando de más. Es nuestro dinero y nuestra estrategia se basa en los dividendos. Tenemos que asegurarnos que cada euro que nos corresponde entra en nuestra «hucha» y no en la del broker o Hacienda.
Dicho esto, si tienes un broker «español» («español» = deposita los valores en España) como ING o Self Bank, ellos pasarán toda la información fiscal a Hacienda y te aparecerá en el borrador, pero esto no significa que la información sea correcta. Llevar un control en una hoja de excel (o similares) nos ayudará a detectar posibles fallos y a estar muy tranquilos con lo que hacemos.
Si tienes un broker «extranjero» («extranjero» = no deposita los valores en España) como DeGiro o Interactive Brokers, no pasarán información fiscal a Hacienda, por tanto tendrás que llevar un control sí o sí. Aunque el broker te dé unos extractos en los que aparece esta info, es de sobra conocido que, por ejemplo en DeGiro siempre bailan unos decimales con los dividendos (debido a que prestan tus acciones y demás).
Además, tener una hoja de excel que recoja estos datos (te vale con fecha, importe bruto en moneda local y tipo de cambio a euros como parámetros de entrada) te permite hacer todos estos cálculos de una manera super sencilla y rápida. Solo hay que usar unas cuantas fórmulas y listo. Te pegas un curro interesante un par de tardes, pero te olvidas el resto de años (hasta que nuestros queridos políticos decidan cambiar las reglas del juego una vez más, claro).
Despedida
Meter los dividendos en la declaración de la renta es sencillísimo.
Lo más complicado (que tampoco) es llevar un control de los mismos. El que más y el que menos seguro que lleva un cierto control de los dividendos que cobra. Por tanto, el 95% del trabajo ya lo tenemos hecho. Ahora solo faltaría hacer un par de cálculos más para obtener los datos que Hacienda necesita. Lo mejor de todo es que esto es un proceso automatizable, por tanto solo requerirá el esfuerzo una vez.
Y vosotros…¿Tenéis dividendos extranjeros que meter en la declaración? ¿Los tenéis en brokers «españoles? ¿Comprobáis que los datos han sido aportados correctamente?![]()
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Poco a Poco…








hola IPP, tengo una duda, e sacado todo el dinero de degiro y e tenido este año perdidas de las operaciones con acciones de 350 euros. y un cobro de dividendo. tengo la cuenta a cero,. ¿que deberia declarar el 1 de enero del 2022?. gracias un saludo,.
P.D. la declaracion me llega echa a la caixa, deberia rellenar el D6 en enero que viene; y los cobros de dividendos, como saben ellos?
Buenas Jorge,
El 1 de Enero nada, salvo que tengas algo en Degiro a cierre del mercado a 31 de Diciembre, que entonces tendrás que rellenar el D6.
En la declaración tendrás que meter todas las ganancias o pérdidas que tuviste en Degiro y los divis cobrados. Tienes tutoriales para eso en nuestro blog.
Un saludo!!
Gracias por el artículo.
Una pregunta, a la hora de meter en euros la comisión de custodia de IB en la declaración (siendo el cobro de la misma siempre en dólares), ¿Qué tipo de cambio has empleado?
¿Tienes que aplicar el tipo de cambio de cada día del cobro mensual de la comisión e ir sumando o es más sencillo que eso? ¿Cómo lo haces tú?
Un saludo.
Buenas Marcos,
Lo hacíamos como dices: con el tipo de cambio el día del cobro y sumando todo.
P.D. Decimos que lo hacíamos así porque ya no tenemos comisión obligatoria de custodia.
Un saludo y gracias a ti por pasarte y comentar!!
Buenas tardes y gracias por vuestro blog que nos ayuda tanto. ¿De dónde «cogéis» el tipo de cambio del día de cobro? Yo tengo el broker IB, y no sé si esta información del tipo de cambio está en informe.
Gracias
¡Gracias Carmen! 🙂
Del extracto del día de cobro. Te sale siempre el importe en dólares (o divisa que sea) y en euros. Para sacar el tipo de cambio usado divide los euros por los dólares (o divisa que sea).
Un saludo!!
Buenas tardes, yo uso revolut y cuando me ingresan dividendos no me aparece ni en euros ni el tipo de cambio de divisa (o no lo encuentro al menos)… q cambio de divisa debo aplicar para pasar estos dividendos a euros??? espero me puedan ayudar. gracias por todo
Buenas rts,
No usamos Revolut, así que no te podemos ayudar, lo siento.
Un saludo!!
Hola,
Si yo he realizado un ingreso en Degiro simplemente para que me activen la cuenta, pero luego no llego a realizar ninguna operación y decido borrar la cuenta, debido a que lo depositado va a un fondo «morgan stanley liquidity fund» esto lo debería declarar?
Un saludo
Buenas Arc77,
¿Has obtenido alguna ganancia patrimonial? Si la respuesta es sí, entonces tienes que declararla.
Un saludo!
Gracias por el artículo amigo, muy bien explicado, pero me surge la pregunta de cómo interviene el tipo de cambio aquí en el caso de moneda extranjera, ya que la tributación es en euros. Y en qué momento hay que aplicarlo para que los cálculos te salgan bien, antes o después de aplicar la retención en origen o al final de realizar todos los cálculos, hacer la conversión a moneda local con los importes netos recibidos
¡Mucha gracias, Alberto! 🙂
Échale un vistazo a la sección de Fiscalidad que tenemos en el blog 😉
Un saludo!!
Hola, yo tengo un ETF el Vanguard S&P 500 UCITS ETF de Lyxor en degiro, lo que pasa que al cobrar dividendos no me han retenido nada de nada, al hacer la declaración de la renta segun tu ejemplo lo tengo que meter en la casilla 0588, y calcular yo mismo el importe a deducir o como funciona? es la primera vez que voy a declararlos este año y voy un poco liado..
Saludos cordiales y gracias de antemano!
Buenas Fernando,
No tenemos ETFs así que desconocemos por completo su fiscalidad y la forma de meterlos en la declaración de la renta, lo siento.
Un saludo!!
Gracias por todo el detalle. Ya sólo me queda una duda. Incluyendo los datos en los 2 apartados, la web de la aeat de 2016 me añade las retenciones al final, en la determinación de cuotas líquidas, por rendimientos del capital mobiliario, y no sé si es correcto. Gracias de nuevo
Buenas Mdh,
Ni idea. No sabemos la lógica que sigue su software.
Un saludo!!
Hola IPP!
Magnífico post, como todos!! 🙂 Me uno a las dudas expresadas en los hilos del D6 y el modelo 720: ¿Qué implica un régimen de gananciales para la renta, tanto en dividendos como realmente también en plusvalías y minusvalías de ventas? Hay que poner todas las operaciones con un 50% para cada cónyuge?
Muchas gracias de nuevo!
Carlos
¡Muchas gracias, Carlos! 🙂
Sí, si estás en gananciales todo va al 50%, estén las cuentas a nombre de los dos o solo a nombre de uno: dividendos, intereses, primas, plusvalías, minusvalías, D6, 720…
Un saludo!!
Hola! Una duda… ¿por qué en los dividendos de degiro aparece una retención? Las acciones son americanas y encima es que en cada acción americana la retención que me pone es diferente.
Hablo de lo que aparece en «Estado de cuenta»
En algunas me ponen un 13%, en otra 23%, en otra 21%, otra un 15%…
Buenas MLG,
Porque todo broker te retiene en Origen. Otra cosa es la retención en Destino.
En cuanto al baile de porcentajes es debido a que DEGIRO presta tus acciones.
Un saludo!!
Buenas,
Me surge una duda. Indicáis que al rellenar la casilla 029, hay que meter los dividendos brutos (hasta ahí ok), pero a la hora de meter las retenciones, ¿no habría que meter solo las retenciones que nos ha aplicado el Broker realmente si el origen de los dividendos es España? (es decir solo las de origen español si nos las ha aplicado, y si no ha aplicado nada poner 0).
Para los dividendos de origen extranjero entiendo que habría que poner 0 (porque estas retenciones no tienen derecho a desgravar al no ser pagadas en España) y para los generados de empresas españolas poner lo que nos cargan (el 19% famoso)
Si ponemos las que nos ha aplicado en empresas de nuestro país mas las extranjeras (calculándolas nosotros como habéis explicado), estaríamos desgravándonos por retenciones fuera de nuestro país que no generan derecho a desgravar.
¿No se supone que la declaración es para que hacienda nos cargue lo que no hemos pagado (en este caso el 19% de España)? Si decimos que ya lo hemos pagado (cuando en alguna ocasión la retención del broker es 0), o incluimos aquí las retenciones de otro país, estaríamos mintiendo ¿no?
Luego el exceso de retención de las empresas extranjeras entiendo que si se cobraría en la casilla 588. ¿no?
Muchas Gracias
Un saludo
Buenas César,
Creo que estás diciendo exactamente lo mismo que nosotros en el artículo…¿no? No veo las discrepancias.
Un saludo!!
Tienes razón, lo siento. Lo único que me surge una duda más.
En la casilla 588
Rendimientos netos reducidos del capital mobiliario obtenidos en el extranjeros incluidos en la base del ahorro. Porque metéis el importe bruto cuando pide claramente el rendimiento neto (según su definición) no se debería meter el importe neto en origen???
Muchas gracias ya que estás cosas siempre son de ayuda y es de agradecer.
Muchas gracias por el artículo! Una labor fantástica! Pero me surge una duda, por ejemplo en mi broker (NN) tu pagas y cobras euros pero el broker para comprar ha pasado euros a dolares y para vender viceversa.no hay que declarar también la plusvalía generada por la variación en el precio de las divisas? Gravias
Buenas Ricardo,
¡Muchas gracias! 🙂
No, en ese caso no hay que hacer nada con las divisas.
Un saludo!!
Mil gracias!