Hoy vamos a ver cómo meter los dividendos en la declaración de la renta.
Comienza la temporada de la declaración de la Renta y como viene siendo habitual, os traemos los artículos actualizados con los cambios de nuestra «querida» administración.
Para este artículo es interesante echarle un ojo a estos otros: cuentas multidivisa y dividendos extranjeros. No es obligatorio pero siempre viene bien.
Actualizado a 13 de Abril de 2023
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Sin más dilación, al turrón.
¿Qué vamos a ver?
Antes de empezar
Antes de comenzar, un pequeño truco para movernos más rápida y cómodamente por las diferentes páginas dentro del borrador. Si hacemos click sobre alguno de los dos números de la barra de navegación (en el 50 o 54 en esta captura):
Se nos abrirá una ventana como esta:
Metemos el número de página a la que queramos ir y pinchamos en Aceptar. El programa nos llevará directamente a esa página sin tener que andar pinchando en las flechas de anterior o siguiente. Esto nos ahorrará tiempo ya que nosotros siempre damos el número de página al que tenemos que ir a introducir datos.
Ahora sí, tras este pequeño pero muy útil truquillo, comenzamos.
Cómo meter los dividendos en la declaración de la renta
Lo primero que tenemos que hacer es añadir todos los dividendos a nuestro borrador. Así pues, nos vamos a la página 6 (Nota: cuando hablamos de página nos referimos a la que está en el centro de la imagen en la barra de arriba (6/54), no el texto de la derecha en la barra azul (Página 6). Eso será así para todo el artículo), bajo B. Rendimientos del capital mobiliario –> Rendimientos del capital mobiliario a integrar en la base imponible del ahorro -> Dividendos y demás rendimientos por la participación en fondos propios de entidades (casilla 29):
Si usáis un broker que deposite los valores en España tipo ING o Self Bank, estos datos habrán sido incorporados al borrador automáticamente. Si tenéis brokers que no depositan los valores en España tipo DeGiro o Interactive Brokers, éstos no aparecerán y tendremos que añadirlos nosotros.
Aunque no tengáis brokers «extranjeros», es vital que comprobéis que los datos son correctos. No sería la primera vez que algún broker comete un error o pasa información inexacta. Y tanto si es a favor como en contra nos puede suponer un gran problema. Por eso siempre recomendamos llevar nosotros mismos las cuentas y nunca confiar todo al broker. Y por supuesto comprobar que nuestro broker/s ha pasado toda (y bien) la información al borrador.
Pinchamos en el lápiz y se nos abre una pantalla como ésta:
¿Qué tenemos que meter aquí?
Muy sencillo.
- Ingresos íntegros: Suma de todos los dividendos recibidos. Extranjeros y Españoles. En euros y cantidad bruta.
- Retenciones: la retención practicada en destino. Extranjeros y Españoles. En euros. Esto es, a los dividendos brutos recibidos en origen, hay que aplicarle la retención en origen: 15% USA y Holanda, 26,375% Alemania, 0% UK… Lo que queda, es el neto de origen, y a lo que hay que aplicarle el 19% de retención de destino. Tenéis un ejemplo bastante explicativo aquí. Ahora veremos un ejemplo de todos modos.
- Gastos de administración y depósito: aquí se puede poner la suma de todos las comisiones de custodia o cobro de dividendos (si habéis tenido). En esta casilla se puede meter la comisión mensual obligatoria de Interactive Brokers (ojo, solo aquella cantidad de los 120$ que no habéis utilizado) o la de conectividad de DeGiro, por ejemplo.
Ejemplo simple para broker «español»
Supongamos que cobramos los siguientes divis brutos en un broker «español» tipo ING o Self Bank:
- España: 1.000€
- USA: 700€
- UK: 300€
- Alemania: 500€
¿Cómo deberíamos rellenar la casilla 0029?
- Ingresos íntegros: 1.000 + 700 + 300 + 500 = 2.500€
- Retenciones: este es menos fácil:
- España: 1.000 * 0,19 = 190€.
- USA: 700 * 0,15 = 105€ (recordad que es retención de ORIGEN, esto es, un 15%).
- UK = 0€ (UK no retiene de ORIGEN).
- Alemania = 500 * 0,26375 = 131,875€.
- Retención de Destino (una vez tenemos lo que nos retienen en Origen, hay que aplicar el 19% a lo que nos queda): 700 + 300 + 500 – 105 – 0 – 131,875 = 1.263,125 * 0,19 = 239,99€ (esta es la retención de Destino a los divis extranjeros).
- Sumamos todas las retenciones en destino: 190 + 239,99 = 429,99€
- Gastos de administración y depósito: 100€ (supongamos que no hemos hecho compras en IB y nos han cobrado íntegramente los 120 dólares de custodia y eso son 100€).
Eso es todo. Como vemos, bastante sencillo hasta el momento…¿no?
Si solo has cobrado dividendos españoles, tus obligaciones con Hacienda en cuanto a divis acaban aquí. Si has cobrado dividendos fuera de España, entonces aún nos queda un pequeño paso más para meterlos correctamente en la declaración.
Doble Imposición Internacional
Si hemos cobrado dividendos extranjeros debemos meter los datos para recuperar la doble tributación si tenemos broker «español» o pagar lo que nos hemos ahorrado si tenemos un broker «extranjero».
Para ello debemos irnos a la página 33 del borrador. Sección M. Cálculo del impuesto y resultado de la declaración:
Aquí nos tenemos que ir un poco más abajo donde dice Cuota resultante de la autoliquidación:
La casilla en cuestión es la 0588 – Deducciones por doble imposición internacional, por razón de las rentas obtenidas y gravadas en el extranjero. Pinchamos en el lápiz para introducir los datos.
Pinchamos en el lápiz de Rentas incluidas en la base del ahorro. Se nos abrirá una pantalla como esta:
¿Qué tenemos que meter aquí?
- Rendimientos netos reducidos del capital mobiliario obtenidos en el extranjeros incluidos en la base del ahorro: son los dividendos extranjeros brutos sujetos a retención de origen. Es decir, la suma de todos los dividendos extranjeros brutos menos los de UK (o cualquier otro cuya retención de ORIGEN sea 0). En Euros.
- Impuesto satisfecho en el extranjero: los impuestos pagados en el extranjero hasta un máximo del 15% (por el tratado de doble imposición). Para USA y Holanda sería todo ya que retienen de origen el 15%, pero para Alemania solo podríamos meter el 15%, no el 26,375% que actualmente retienen de origen.
Siguiendo nuestro ejemplo
Recordemos que supusimos que habíamos cobramos los siguientes divis brutos en un broker «español»:
- España: 1.000€
- USA: 700€
- UK: 300€
- Alemania: 500€
¿Cómo deberíamos rellenar la casilla 0588?
- Rendimientos netos reducidos del capital mobiliario obtenidos en el extranjeros incluidos en la base del ahorro: 700 + 500 = 1.200€
- Impuesto satisfecho en el extranjero: para este hay que hacer algún cálculo sencillo extra:
- USA: 700 * 0,15 = 105€
- UK = 0€ (UK no retiene de ORIGEN).
- Alemania = 500 * 0,15 = 75€ (aunque Alemania retiene el 26,375% de origen, solo podemos indicar el máximo del convenio de doble imposición, esto es el 15%).
- Sumamos todo: 105 + 0 + 75 = 180€
Y aunque os parezca increíble ya hemos acabado. No hay que hacer nada más. De verdad.
Ejemplo teniendo broker «español» y «extranjero»
Supongamos ahora que tenemos un broker «español» y otro «extranjero». ¿Cómo habría que meter los dividendos en la declaración de la renta en este caso?
Vamos a suponer también que las acciones Españolas están en un broker «español» (ING por ejemplo) y las extranjeras en un broker «extranjero» (Interactive Brokers por ejemplo). Además, suponemos las mismas cantidades:
- España: 1.000€
- USA: 700€
- UK: 300€
- Alemania: 500€
Comencemos:
Casilla 0029
- Ingresos Íntegros: 1.000 + 700 + 300 + 500 = 2.500€
- Retenciones: este es más fácil que en el ejemplo anterior:
- España: 1.000 * 0,19 = 190€.
- Como las extranjeras las tenemos en Interactive Brokers y no hemos pagado ninguna retención en destino (esto es en España), no metemos nada de esto.
- Total = 190€
- Gastos de administración y depósito: 100€ (supongamos que no hemos hecho compras en IB y nos han cobrado íntegramente los 120 dólares de custodia y eso son 100€).
Y ya está. Todavía más sencillo.
Casilla 0588
- Rendimientos netos reducidos del capital mobiliario obtenidos en el extranjeros incluidos en la base del ahorro: 700 + 500 = 1.200€ (recordar, solo aquellos dividendos sujetos a retención en Origen que no han pagado nada en España. No se ponen los provenientes de UK porque no retiene nada en Origen).
- Impuesto satisfecho en el extranjero: para este hay que hacer algún cálculo sencillo extra:
- USA: 700 * 0,15 = 105€
- UK = 0€ (UK no retiene de ORIGEN).
- Alemania = 500 * 0,15 = 75€ (aunque Alemania retiene el 26,375% de origen, solo podemos indicar el máximo del convenio de doble imposición, esto es el 15%).
- Sumamos todo: 105 + 0 + 75 = 180€
Fijaros que esta casilla es exactamente igual que en el anterior ejemplo, ya que lo que el programa nos pide en esta casilla es los dividendos que hemos cobrado en el extranjero y que están sujetos a retención de origen (USA, Alemania, Holanda, Francia, Portugal…) y además, los impuestos que hemos pagado en el país de origen.
Debemos rellenar esta casilla sí o sí porque de no hacerlo, el programa te aplicará el 19% de retención al ver que no has pagado nada en impuestos y por tanto estarías pagando realmente el doble (en realidad estarías pagando el 15% del tratado de doble imposición dos veces, que es justamente lo que queremos evitar rellenando esta casilla).
Ejemplo teniendo broker «extranjero»
Vamos a ver ahora cómo habría que meter los dividendos en la declaración teniendo toda nuestra cartera en un broker «extranjero».
Recordemos las cantidades:
- España: 1.000€
- USA: 700€
- UK: 300€
- Alemania: 500€
Comencemos:
Casilla 0029
- Ingresos Íntegros: 1.000 + 700 + 300 + 500 = 2.500€
- Retenciones:
- España: 1.000 * 0,19 = 190€.
- No hay que meter nada de las extranjeras porque no hemos pagado ninguna retención en destino (esto es en España).
- Total = 190€
- Gastos de administración y depósito: 100€ (supongamos que no hemos hecho compras en IB y nos han cobrado íntegramente los 120 dólares de custodia y eso son 100€).
Y ya está.
Casilla 0588
- Rendimientos netos reducidos del capital mobiliario obtenidos en el extranjeros incluidos en la base del ahorro: 700 + 500 = 1.200€ (recordar, solo aquellos dividendos sujetos a retención en Origen. No se ponen los provenientes de UK porque no retiene nada en origen. Además, tampoco se ponen las españolas porque para los residentes fiscales españoles la retención en Origen y Destino para las empresas española coincide).
- Impuesto satisfecho en el extranjero: para este hay que hacer algún cálculo sencillo extra:
- USA: 700 * 0,15 = 105€
- UK = 0€ (UK no retiene de ORIGEN).
- Alemania = 500 * 0,15 = 75€ (aunque Alemania retiene el 26,375% de origen, solo podemos indicar el máximo del convenio de doble imposición, esto es el 15%).
- Sumamos todo: 105 + 0 + 75 = 180€
Y se acabó.
Fijaos que es exactamente de la misma manera que hemos visto en el ejemplo anterior.
Hay que tener en cuenta que la retención de Origen y Destino en una empresa española para un residente fiscal español, coinciden. Es la misma. Por tanto tenemos que seguir el mismo proceso que el ejemplo anterior para meter los dividendos en la declaración.
Llevar nuestro propio registro
Lo hemos dicho en innumerables ocasiones, es fundamental llevar nuestro propio control sobre todo lo que hacemos, dividendos incluidos.
Aunque nos fiemos del broker ellos no son responsables de firmar nuestra declaración de la renta. Pero aunque lo fueran, personalmente, creemos que igualmente hay que llevar un control para saber si nos están reteniendo bien o estamos pagando de más. Es nuestro dinero y nuestra estrategia se basa en los dividendos. Tenemos que asegurarnos que cada euro que nos corresponde entra en nuestra «hucha» y no en la del broker o Hacienda.
Dicho esto, si tienes un broker «español» («español» = deposita los valores en España) como ING o Self Bank, ellos pasarán toda la información fiscal a Hacienda y te aparecerá en el borrador, pero esto no significa que la información sea correcta. Llevar un control en una hoja de excel (o similares) nos ayudará a detectar posibles fallos y a estar muy tranquilos con lo que hacemos.
Si tienes un broker «extranjero» («extranjero» = no deposita los valores en España) como DeGiro o Interactive Brokers, no pasarán información fiscal a Hacienda, por tanto tendrás que llevar un control sí o sí. Aunque el broker te dé unos extractos en los que aparece esta info, es de sobra conocido que, por ejemplo en DeGiro siempre bailan unos decimales con los dividendos (debido a que prestan tus acciones y demás).
Además, tener una hoja de excel que recoja estos datos (te vale con fecha, importe bruto en moneda local y tipo de cambio a euros como parámetros de entrada) te permite hacer todos estos cálculos de una manera super sencilla y rápida. Solo hay que usar unas cuantas fórmulas y listo. Te pegas un curro interesante un par de tardes, pero te olvidas el resto de años (hasta que nuestros queridos políticos decidan cambiar las reglas del juego una vez más, claro).
Despedida
Meter los dividendos en la declaración de la renta es sencillísimo.
Lo más complicado (que tampoco) es llevar un control de los mismos. El que más y el que menos seguro que lleva un cierto control de los dividendos que cobra. Por tanto, el 95% del trabajo ya lo tenemos hecho. Ahora solo faltaría hacer un par de cálculos más para obtener los datos que Hacienda necesita. Lo mejor de todo es que esto es un proceso automatizable, por tanto solo requerirá el esfuerzo una vez.
Y vosotros…¿Tenéis dividendos extranjeros que meter en la declaración? ¿Los tenéis en brokers «españoles? ¿Comprobáis que los datos han sido aportados correctamente?![]()
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Poco a Poco…








Hola IPP. Muchísimas gracias por el post, nos facilita la vida a muchos de nosotros.
Un apunte respecto a la casilla 588, que creo puede resultar importante para la comunidad. Lo indicáis en el texto cuando decís «Es decir, la suma de todos los dividendos extranjeros brutos menos los de UK (o cualquier otro cuya retención de ORIGEN sea 0). En Euros.» Aquí hay que tener cuidado y no mirar simplemente el país de origen. Ejemplo, las PM que llevo y que al ser una acción 80/20 apenas tiene retención. No quiero entrar en demasiados detalles que creo sólo complicarían lo que quiero decir, pero me llevó un rato entender porqué el 15% de los rendimientos netos reducidos (los 180€ sobre 1200€ en vuestro ejemplo) no me coincidía con la suma de los impuestos satisfechos en el extranjero (con el tope del 15%), hasta que caí en la cuenta de que había incluido los dividendos de PM en los rendimientos netos reducidos, cuando la mayor parte de esos ingresos están exentos de tributación en origen. Lo comento por si queréis añadir algo al respecto en el texto.
Por lo demás, un artículo de 10. Enhorabuena.
¡Muchas gracias, FortKnox! 🙂
Siempre hay que poner lo que te ha retenido el broker, no lo que debería. Por tanto, al igual que en DeGiro no puedes poner el 15% de USA porque siempre te retienen unos céntimos de menos, si una empresa dentro de un país tiene una fiscalidad diferente (el caso de PM que comentas o el de los REITs) debes indicar lo que te retuvieron.
Al final lo que haces con el borrador es:
– Esto es lo que he cobrado en divis
– Esto es lo que he pagado en España
– Esto es lo que he pagado en el extranjero (máximo del 15% del convenio de doble imposición por divi)
Hacienda coge esta info, hace cuentas y dice, «vale, te tengo que cobrar/devolver esto».
Añadiremos ese «disclaimer» para que quede claro. Muchas gracias por el aporte.
Un saludo!!
Buenas!
Alguien que tenga claro si cobrando el dividendo de una empresa francesa (mediante DeGiro) pero cotizando en el MAD (mercado español) se retiene el 19% o se retiene como si la tuviese en la bolsa francesa?
La semana pasada, quería comprar AIRBUS, tenía para elegir la bolsa francesa y la bolsa española, y pensando que la retención era menor en la bolsa española las compré en la española. El problema es la liquidez, que en la bolsa espalola es muhcísimo mejor, y ahora que leo en ciertos sitios que la retención es la francesa en ambos casos… creo que he hecho mal en comprar en el MAD.
¿A aguien que le haya pasado ya y pueda responderme? Estoy a tiempo de deshacerme de las del MAD y comprarlas en la bolsa francesa.
Buenas Iban,
La retención que te aplican es la del país donde la empresa tiene la sede, no la del mercado donde la compras. Por tanto, aunque hayas comprado Airbus en el MAD, te aplicarán la retención francesa.
Lo mismo pasa con Bayer, por ejemplo, donde aplican la retención alemana aunque la compres en el mercado español.
Un saludo!!
Gracias maestro!
Entonces, no tiene ningún sentido comprarla en el MAD con la poca liquidez que hay… Las comisiones de la compra en DeGiro son insignficantes comparandolas, y si la retrencióne s la misma…
Son acciones para largo plazo, así que realmente me daría igual donde tenerlas, pero las del MAD las ponen con riesgo C en DeGiro, y las de la bolsa francesa con riesgo A, cosa que es una ventaja las de la bolsa francesa.
¿Alguna opinión? Mejor el mercado francés, ¿verdad?
¡De nada! 🙂
Salvo que las comisiones que pagues en un mercado sean muy grandes con respecto al otro, no merece la pena no comprar en el mercado principal.
Nosotros, particularmente, siempre compramos en el mercado principal aunque tengamos que pagar más comisión (que no siempre es el caso).
Un saludo!!
Muchas gracias por tu tiempo y el magnífico post. Permíteme una consulta: este es mi primer año con dividendos cobrados en DeGiro de un ETF UCITS de Vanguard (VWRL). Según informe del broker he tenido unos ingresos brutos de 223,85 € (según mi excel han sido 223,30 €). Entiendo que en la casilla 029 tendría que indicar 223,85 y en la casilla retenciones el 19%: 42,53. Es correcto?
Es conveniente indicar los ingresos que declara el broker en su informe anual para el caso de que Hacienda te llame poder acreditarlo con dicho informe o atenerse a los ingresos reales que uno mismo extrae? Es deducible la comisión de conectividad anual que nos carga DeGiro? Alguno de vosotros ha tenido experiencia real con Hacienda en ambos casos?
¡De nada Javier! 🙂
Desconozco el tema de los ETF, pero si tienen el mismo tratamiento fiscal que los dividendos, hacen falta datos. Es un ETF español?
Debes poner siempre la retención que te ha hecho el broker, no la que debería hacerte. Todo lo que no sea hacer esto es engañar a Hacienda. DeGiro es un coñazo para el tema de la declaración (y para muchísimas otras cosas) porque prácticamente nunca retiene bien. Siempre bailan decimales. Siempre hay que hacer ajustes y es complicadísimo llevar el control en tu excel, ya ni te digo para Hacienda.
La comisión de conectividad sí es deducible. Por suerte, nunca hemos tenido experiencias reales con Hacienda y que dure.
Un saludo!!
El ETF está domiciliado en Irlanda. Todos los ETFs que cumplen la normativa UCITS, como este de Vanguard, no tienen retenciones en origen. Pero como tampoco DeGiro me ha aplicado las retenciones españolas, es mi duda. Ya veo que hay que poner los datos que me informa el broker, por lo que en casilla 029 los ingresos brutos y en retenciones el 19% de estos?
Muchas gracias de nuevo
Pues ni idea Javier. No controlamos el tema ETF, lo siento. A ver si algún compañero te puede ayudar.
Un saludo!!
Buenas Javier,
Yo trato a los etfs UCITS igual que a las acciones de UK. Al no tener retenciones en origen ni en destino al tenerlas en Degiro, lo que hago en la casilla 029 es indicar los dividendos brutos, y en la casilla de retención pongo 0. Con esto le estoy indicando a hacienda que he cobrado esos dividendos, y que no he pagado impuestos ni en origen ni en destino.
Es como hago yo, entiendo que por sentido común seria como habría que hacer.
Un saludo.
Muchas gracias Fran!
Hola! Muchas gracias por el post, ayuda bastante.
En mi caso tengo casi todas mis acciones en ING, salvo un pequeño paquete de acciones francesas en societe generale que no aparecen reflejadas en el borrador. Supongo que tengo que sumar estos dividendos al resto que aparece trasladados desde ING en la 0029 y mas tarde meter solamente la cuantía de estos en la 588 junto con la retención que me ha practicado societe generale. ¿No es así?.
Muchas gracias por todo.
¡De nada David! 🙂
Así es, tienes que indicarle esos divis a Hacienda.
Un saludo!!
Muchas gracias!!!
Hola
Ya sé que la entrada trata de dividendos de brokers, pero tengo una consulta respecto a intereses de depósitos en banco extranjero que han sido objeto de retención.
Indico los datos;
Intereses brutos = (intereses netos que recibo en mi cuenta 258,75 + retenciones practicadas por el banco extranjero en el país de origen y que no recibo pero que retienen 28,75)
Intereses brutos = 258,75 + 28,75 = 287, 50 euros
Esto es así no?
Siguiendo con el ejemplo y en mi caso al tratarse de un depósito (no son dividendos de acciones) en la casilla 027 (en vez de la 029) he de consignar como comentáis los intereses brutos recibidos, es decir los 287,50 indicados anteriormente
Pondría intereses 287,50 y retenciones 0,00 (porque no me lo retienen en España si no en el país de origen)
No sé si es así o se me escapa algo…..
Continúo…
Ahora tengo que ir a la casilla 588
0588 – Deducciones por doble imposición internacional, por razón de las rentas obtenidas y gravadas en el extranjero
Pinchamos en el lápiz de Rentas incluidas en la base del ahorro
Y tendría que incluir en las casillas:
Rendimientos netos reducidos de capital mobiliario obtenidos en el extranjero incluidos en la base de ahorro = 287,50
Impuestos satisfechos en el extranjero = 28,75
Aquí en rendimientos netos reducidos tengo la duda, si poner 287,50 (brutos, como netos más retenciones) o solo netos (los 258,75)
Cómo se rellenarían estas dos casillas?
Y hecho esto, ya estaría todo o es necesario incluir algún dato adicional más?
Gracias por anticipado y quedo a la espera de vuestra respuesta a ver si salgo de dudas….
Un saludo
Buenas Miguelon,
Desconozco cómo meter los intereses en la declaración de la renta, lo siento. A ver si algún compañero te puede ayudar.
Un saludo!!
Hola! Muchas gracias por este articulo, la verdad que te lo deja muy fácil y simple! Estoy enamorado de vuestro blog, contenido TOP para los que empezamos y nos gusta la inversión. Tengo sólo una duda respecto a meter los dividendos. Este año sólo he cobrado dividendos en SEFLBANK pero hay la cursiosidad que de la empresa estadunidense LYONBASELL no me han retenido nada. Entonces, cuando haga el cálculo para meter las retenciones de origen en las casillas 0029 y 0588 lo cálculo igual o lo obvio? Ya que no me han cobrado nada.
La duda es, imagenemos que he cobrado 100€ de LYONBASELL. Y no me han retenido nada en origen, sólo en destino. entonces supongo que tengo que poner 0 y no los 15€ que debería ser (15%)? ya que el cálculo que haciáis era suponiendo que a todos los dividendos os retienen.
¡Muchas gracias, Didac! 🙂
En este caso no tienes que hacer absolutamente nada con ese divi. Te han retenido lo que debían. No hay que meter nada en doble imposición (porque no la ha habido).
Un saludo!!
Buenas!
Todo super interesante, he aprendido un mogollon leyendo vuestros treds.
Situacion:
Tengo Ing para acciones españolas, americanas y francesas y siempre he confiado en su certificados. Hoy me entero entonces que siempre lo han hecho mal (y yo en fiarme de ellos también)..
Preguntas:
-Tengo claro como corregir la declaracion para 2019 gracias a vuestros treds, pero puedo todavia recuperar la doble imposicion de los años anteriores?
-La declaracion del año anterior fué a devolver, cuando es asì, no se recupera nada de todas formas?
-Si la declaracion de este año sale a devolver también, por cuanto corriga lo que ha preconfeccionado Ing, tampoco voy a recuperar nada solo por el hecho de que el resuldado general de la declaracion es a devolver?No podrian devolver la doble imposicion también ya que me estan devolviendo por aver invertido en un plan de pension, ya que he pagado impuestos dobles en EEUU y Francia?
-Porque vosotros no pedis a Francia la dovolucion de la diferencia entre el 30 que os han cobrado y el 12,8 que deberiais haber pagado allì como no residentes (segun vuestro tred que he leido ayer se puede aun sea un poco maquinoso)?
-Si Francia algun dia finalmente devolverà el 17,2% y en la 588 se ha recuperado el 15%, que pasa con la diferencia del 2,2% que me encuentro en mi bolsillo?
Me tocaria recuperar unos 1500€ de doble imposicion en 2019 y algo menos en 2018.Me parece mucho como para regalarselo..
Espero vuestra Luz;))
Muchisimas gracias que lo haceis fenomenal
Ekor
¡Muchas gracias, Ekor! 🙂
Teniendo en cuenta que no somos expertos fiscales, allá vamos:
– Me temo que no lo vas a poder recuperar.
– Pues la verdad es que no lo sé. No creo que dependa solo de si te sale a devolver o no. Puede que todavía te puedan devolver más si tienes de dónde compensar.
– No lo hemos hecho nunca porque este año ha sido el primero que hemos cobrado de una empresa Francesa (la única que tenemos). Lo cierto es que no estamos muy puestos en el proceso francés para solicitar el exceso de retención, pero imagino que necesitaremos el tax voucher como para las alemanas, y por ese papel IB nos cobra 40€ por dividendo. Salvo que el exceso sea mayor de esos 40€, no nos compensa. ING es peor que cobra 100€ por el papelito…
– Si alguna vez empiezan a retener el 12,8% que debería, tú pondrías en la 0588 que te han cobrado el 12,8% (es decir, toda la retención por ser menor al 15% del máximo que establece el tratado de doble imposición), y luego Hacienda te cobrará hasta el 19%. Es decir, en lugar de pagar el 4% como en una empresa USA (19-15), pagarás el 6,2% (19-12,8). Tú pagas lo mismo, solo que Hacienda cobra más de una empresa Francesa que una USA.
Un saludo!!
Muchas gracias chicos,
Seguiré investigando entonces!
-De todas formas, lo que queria decir con el tema del 2,2% es que los tiempos de los tramites haran que se me quede este porcentaje en mi bolsillo me explico mejor: si todo va bien, ahora hacienda me devolverà el 15% de la doble imposicion ya que en Francia he pagado 30%, pero quizas algun dia (cuando lo pida ya que puedo acumular 3 años de dividendos en una ùnica peticiòn, y considerando también que Francia tomarà su tiempo para procesarlo), me devuelvan el 17,2% (30-12,8), asì que se me quedarìa un 2,2%.Yo no voy a pedir a Francia el 12,8%, yo solo le pido que me devuelvan lo que me coresponde, pero leo el los foros que para no residentes finalmente ellos retienen un 12,8. Resultado: 2,2% para mi, poco mas que 100€ que suena un poco raro, pero comparto el pensamiento con vosotros para averiguar si estoy fallando en algo..
-Otra duda que me ha surgido, es si el capital mobiliario (acciones) suman al fin del calculo del impuesto sobre patrimonio, es decir, si no vendo, no genero ni ganancia di perdida, solamente estoy posediendo un valor que fluctua en el tiempo de acurdo al mercado. Como considera hacienda mis acciones sobre un posible impuesto sobre patrimonio?Hacen una foto cada año a 31/12 y suman el capital mobiliario con el imobiliario, las cuentas en efectivo etc. etc. y si todo eso supera los 700000€ te aplican el tramo que te corresponde segun la comunidad autonoma donde se reside?O bien ya que el valor es ficticio hasta que no tengas ganancias (no vendas), no lo consideran al fin del patrimonio total?
Epero vuestra Luz!
Preguntaré tambien a los compañeros de IB por si tengan algo que añadir ya que junto con vosotros constituyen una muy buena referencia para los rookies como yo;P
Cuidaros mucho!
Ekor
Buenas Ekor,
Hacienda no te devuelve el 15% de Francia, sino que no te lo vuelve a cobrar. Por eso digo que Hacienda cobraría más de una empresa Francesa si retuvieran el 12,8% que de una USA.
Tú, como residente fiscal español tienes que pagar un 19% por los dividendos (los primeros 6.000€, pero por simplicidad vamos a suponer que no vas a cobrar más de 6.000€ ese año). Pagas a Francia el 30%. Luego llega España y te cobra el 19%. Le dices en la declaración de la renta: «oye, que yo he pagado ya un 15% a Francia» (en realidad has pagado 30% pero tú solo puedes exigir que no te vuelvan a cobrar el 15% porque es el máximo del tratado de doble imposición). Entonces Hacienda dice: «ah vale, pues toma, te devuelvo el 15% que te he retenido de más». Al final tu saldo total es: 30+19-15 = 34%. El de Francia es 30% en todos los casos. El de Hacienda es: 19-15 = 4%.
Ese 15% que la hacienda Francesa te ha cobrado de más, se lo puedes reclamar. Ese es el proceso que no sabemos cómo va ni nunca hemos solicitado.
Si Francia retuviera el 12,8%, tú pagarías = 12,8+19-12,8 = 19% (aquí no puedes decirle a España que pagaste el 15% porque solo fue el 12,8%). Francia pilla el 12,8%. Hacienda pilla = 19-12,8 = 6,2% (en este caso pilla algo más).
El tema de impuesto sobre patrimonio, ni idea, lo siento.
Un saludo!!
Hola
Yo solo tengo degiro y este año he cobrado solo dividendos de empresas españolas.
Solo tengo que rellenar la casilla de la página 5? Poner el bruto y la retención que me ha aplicado degiro y ya está no?
Saludos y gracias por la información.
Buenas Daniel,
Así es.
Un saludo!!
Hola, ante todo gracias por la forma en la que explicais todo. Mi duda es la siguiente. Gano menos de 22000 y por lo tanto no estoy obligado a declarar pero este año he obtenido 100 euros de dividendos de Inditex y mi boker es Degiro, al incluirlos debo presentarla. Gracias.
¡Muchas gracias, Angel! 🙂
Pues juraría que sí, pero no estoy seguro. A ver si algún compañero lo puede corroborar.
Un saludo!!
Sois geniales, a mí personalmente me habéis ayudado con vuestros artículos de la renta desde 2016.
Vais a escribir alguno de cómo declarar las primas de las ventas de Put , o va como otros años?
Muchas gracias un saludo.
¡Muchas gracias, jpp! 🙂
Sí, lo tenemos en el horno 😉
Un saludo!!
😉