Hoy vamos a ver cómo meter los dividendos en la declaración de la renta.
Comienza la temporada de la declaración de la Renta y como viene siendo habitual, os traemos los artículos actualizados con los cambios de nuestra «querida» administración.
Para este artículo es interesante echarle un ojo a estos otros: cuentas multidivisa y dividendos extranjeros. No es obligatorio pero siempre viene bien.
Actualizado a 13 de Abril de 2023
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Sin más dilación, al turrón.
¿Qué vamos a ver?
Antes de empezar
Antes de comenzar, un pequeño truco para movernos más rápida y cómodamente por las diferentes páginas dentro del borrador. Si hacemos click sobre alguno de los dos números de la barra de navegación (en el 50 o 54 en esta captura):
Se nos abrirá una ventana como esta:
Metemos el número de página a la que queramos ir y pinchamos en Aceptar. El programa nos llevará directamente a esa página sin tener que andar pinchando en las flechas de anterior o siguiente. Esto nos ahorrará tiempo ya que nosotros siempre damos el número de página al que tenemos que ir a introducir datos.
Ahora sí, tras este pequeño pero muy útil truquillo, comenzamos.
Cómo meter los dividendos en la declaración de la renta
Lo primero que tenemos que hacer es añadir todos los dividendos a nuestro borrador. Así pues, nos vamos a la página 6 (Nota: cuando hablamos de página nos referimos a la que está en el centro de la imagen en la barra de arriba (6/54), no el texto de la derecha en la barra azul (Página 6). Eso será así para todo el artículo), bajo B. Rendimientos del capital mobiliario –> Rendimientos del capital mobiliario a integrar en la base imponible del ahorro -> Dividendos y demás rendimientos por la participación en fondos propios de entidades (casilla 29):
Si usáis un broker que deposite los valores en España tipo ING o Self Bank, estos datos habrán sido incorporados al borrador automáticamente. Si tenéis brokers que no depositan los valores en España tipo DeGiro o Interactive Brokers, éstos no aparecerán y tendremos que añadirlos nosotros.
Aunque no tengáis brokers «extranjeros», es vital que comprobéis que los datos son correctos. No sería la primera vez que algún broker comete un error o pasa información inexacta. Y tanto si es a favor como en contra nos puede suponer un gran problema. Por eso siempre recomendamos llevar nosotros mismos las cuentas y nunca confiar todo al broker. Y por supuesto comprobar que nuestro broker/s ha pasado toda (y bien) la información al borrador.
Pinchamos en el lápiz y se nos abre una pantalla como ésta:
¿Qué tenemos que meter aquí?
Muy sencillo.
- Ingresos íntegros: Suma de todos los dividendos recibidos. Extranjeros y Españoles. En euros y cantidad bruta.
- Retenciones: la retención practicada en destino. Extranjeros y Españoles. En euros. Esto es, a los dividendos brutos recibidos en origen, hay que aplicarle la retención en origen: 15% USA y Holanda, 26,375% Alemania, 0% UK… Lo que queda, es el neto de origen, y a lo que hay que aplicarle el 19% de retención de destino. Tenéis un ejemplo bastante explicativo aquí. Ahora veremos un ejemplo de todos modos.
- Gastos de administración y depósito: aquí se puede poner la suma de todos las comisiones de custodia o cobro de dividendos (si habéis tenido). En esta casilla se puede meter la comisión mensual obligatoria de Interactive Brokers (ojo, solo aquella cantidad de los 120$ que no habéis utilizado) o la de conectividad de DeGiro, por ejemplo.
Ejemplo simple para broker «español»
Supongamos que cobramos los siguientes divis brutos en un broker «español» tipo ING o Self Bank:
- España: 1.000€
- USA: 700€
- UK: 300€
- Alemania: 500€
¿Cómo deberíamos rellenar la casilla 0029?
- Ingresos íntegros: 1.000 + 700 + 300 + 500 = 2.500€
- Retenciones: este es menos fácil:
- España: 1.000 * 0,19 = 190€.
- USA: 700 * 0,15 = 105€ (recordad que es retención de ORIGEN, esto es, un 15%).
- UK = 0€ (UK no retiene de ORIGEN).
- Alemania = 500 * 0,26375 = 131,875€.
- Retención de Destino (una vez tenemos lo que nos retienen en Origen, hay que aplicar el 19% a lo que nos queda): 700 + 300 + 500 – 105 – 0 – 131,875 = 1.263,125 * 0,19 = 239,99€ (esta es la retención de Destino a los divis extranjeros).
- Sumamos todas las retenciones en destino: 190 + 239,99 = 429,99€
- Gastos de administración y depósito: 100€ (supongamos que no hemos hecho compras en IB y nos han cobrado íntegramente los 120 dólares de custodia y eso son 100€).
Eso es todo. Como vemos, bastante sencillo hasta el momento…¿no?
Si solo has cobrado dividendos españoles, tus obligaciones con Hacienda en cuanto a divis acaban aquí. Si has cobrado dividendos fuera de España, entonces aún nos queda un pequeño paso más para meterlos correctamente en la declaración.
Doble Imposición Internacional
Si hemos cobrado dividendos extranjeros debemos meter los datos para recuperar la doble tributación si tenemos broker «español» o pagar lo que nos hemos ahorrado si tenemos un broker «extranjero».
Para ello debemos irnos a la página 33 del borrador. Sección M. Cálculo del impuesto y resultado de la declaración:
Aquí nos tenemos que ir un poco más abajo donde dice Cuota resultante de la autoliquidación:
La casilla en cuestión es la 0588 – Deducciones por doble imposición internacional, por razón de las rentas obtenidas y gravadas en el extranjero. Pinchamos en el lápiz para introducir los datos.
Pinchamos en el lápiz de Rentas incluidas en la base del ahorro. Se nos abrirá una pantalla como esta:
¿Qué tenemos que meter aquí?
- Rendimientos netos reducidos del capital mobiliario obtenidos en el extranjeros incluidos en la base del ahorro: son los dividendos extranjeros brutos sujetos a retención de origen. Es decir, la suma de todos los dividendos extranjeros brutos menos los de UK (o cualquier otro cuya retención de ORIGEN sea 0). En Euros.
- Impuesto satisfecho en el extranjero: los impuestos pagados en el extranjero hasta un máximo del 15% (por el tratado de doble imposición). Para USA y Holanda sería todo ya que retienen de origen el 15%, pero para Alemania solo podríamos meter el 15%, no el 26,375% que actualmente retienen de origen.
Siguiendo nuestro ejemplo
Recordemos que supusimos que habíamos cobramos los siguientes divis brutos en un broker «español»:
- España: 1.000€
- USA: 700€
- UK: 300€
- Alemania: 500€
¿Cómo deberíamos rellenar la casilla 0588?
- Rendimientos netos reducidos del capital mobiliario obtenidos en el extranjeros incluidos en la base del ahorro: 700 + 500 = 1.200€
- Impuesto satisfecho en el extranjero: para este hay que hacer algún cálculo sencillo extra:
- USA: 700 * 0,15 = 105€
- UK = 0€ (UK no retiene de ORIGEN).
- Alemania = 500 * 0,15 = 75€ (aunque Alemania retiene el 26,375% de origen, solo podemos indicar el máximo del convenio de doble imposición, esto es el 15%).
- Sumamos todo: 105 + 0 + 75 = 180€
Y aunque os parezca increíble ya hemos acabado. No hay que hacer nada más. De verdad.
Ejemplo teniendo broker «español» y «extranjero»
Supongamos ahora que tenemos un broker «español» y otro «extranjero». ¿Cómo habría que meter los dividendos en la declaración de la renta en este caso?
Vamos a suponer también que las acciones Españolas están en un broker «español» (ING por ejemplo) y las extranjeras en un broker «extranjero» (Interactive Brokers por ejemplo). Además, suponemos las mismas cantidades:
- España: 1.000€
- USA: 700€
- UK: 300€
- Alemania: 500€
Comencemos:
Casilla 0029
- Ingresos Íntegros: 1.000 + 700 + 300 + 500 = 2.500€
- Retenciones: este es más fácil que en el ejemplo anterior:
- España: 1.000 * 0,19 = 190€.
- Como las extranjeras las tenemos en Interactive Brokers y no hemos pagado ninguna retención en destino (esto es en España), no metemos nada de esto.
- Total = 190€
- Gastos de administración y depósito: 100€ (supongamos que no hemos hecho compras en IB y nos han cobrado íntegramente los 120 dólares de custodia y eso son 100€).
Y ya está. Todavía más sencillo.
Casilla 0588
- Rendimientos netos reducidos del capital mobiliario obtenidos en el extranjeros incluidos en la base del ahorro: 700 + 500 = 1.200€ (recordar, solo aquellos dividendos sujetos a retención en Origen que no han pagado nada en España. No se ponen los provenientes de UK porque no retiene nada en Origen).
- Impuesto satisfecho en el extranjero: para este hay que hacer algún cálculo sencillo extra:
- USA: 700 * 0,15 = 105€
- UK = 0€ (UK no retiene de ORIGEN).
- Alemania = 500 * 0,15 = 75€ (aunque Alemania retiene el 26,375% de origen, solo podemos indicar el máximo del convenio de doble imposición, esto es el 15%).
- Sumamos todo: 105 + 0 + 75 = 180€
Fijaros que esta casilla es exactamente igual que en el anterior ejemplo, ya que lo que el programa nos pide en esta casilla es los dividendos que hemos cobrado en el extranjero y que están sujetos a retención de origen (USA, Alemania, Holanda, Francia, Portugal…) y además, los impuestos que hemos pagado en el país de origen.
Debemos rellenar esta casilla sí o sí porque de no hacerlo, el programa te aplicará el 19% de retención al ver que no has pagado nada en impuestos y por tanto estarías pagando realmente el doble (en realidad estarías pagando el 15% del tratado de doble imposición dos veces, que es justamente lo que queremos evitar rellenando esta casilla).
Ejemplo teniendo broker «extranjero»
Vamos a ver ahora cómo habría que meter los dividendos en la declaración teniendo toda nuestra cartera en un broker «extranjero».
Recordemos las cantidades:
- España: 1.000€
- USA: 700€
- UK: 300€
- Alemania: 500€
Comencemos:
Casilla 0029
- Ingresos Íntegros: 1.000 + 700 + 300 + 500 = 2.500€
- Retenciones:
- España: 1.000 * 0,19 = 190€.
- No hay que meter nada de las extranjeras porque no hemos pagado ninguna retención en destino (esto es en España).
- Total = 190€
- Gastos de administración y depósito: 100€ (supongamos que no hemos hecho compras en IB y nos han cobrado íntegramente los 120 dólares de custodia y eso son 100€).
Y ya está.
Casilla 0588
- Rendimientos netos reducidos del capital mobiliario obtenidos en el extranjeros incluidos en la base del ahorro: 700 + 500 = 1.200€ (recordar, solo aquellos dividendos sujetos a retención en Origen. No se ponen los provenientes de UK porque no retiene nada en origen. Además, tampoco se ponen las españolas porque para los residentes fiscales españoles la retención en Origen y Destino para las empresas española coincide).
- Impuesto satisfecho en el extranjero: para este hay que hacer algún cálculo sencillo extra:
- USA: 700 * 0,15 = 105€
- UK = 0€ (UK no retiene de ORIGEN).
- Alemania = 500 * 0,15 = 75€ (aunque Alemania retiene el 26,375% de origen, solo podemos indicar el máximo del convenio de doble imposición, esto es el 15%).
- Sumamos todo: 105 + 0 + 75 = 180€
Y se acabó.
Fijaos que es exactamente de la misma manera que hemos visto en el ejemplo anterior.
Hay que tener en cuenta que la retención de Origen y Destino en una empresa española para un residente fiscal español, coinciden. Es la misma. Por tanto tenemos que seguir el mismo proceso que el ejemplo anterior para meter los dividendos en la declaración.
Llevar nuestro propio registro
Lo hemos dicho en innumerables ocasiones, es fundamental llevar nuestro propio control sobre todo lo que hacemos, dividendos incluidos.
Aunque nos fiemos del broker ellos no son responsables de firmar nuestra declaración de la renta. Pero aunque lo fueran, personalmente, creemos que igualmente hay que llevar un control para saber si nos están reteniendo bien o estamos pagando de más. Es nuestro dinero y nuestra estrategia se basa en los dividendos. Tenemos que asegurarnos que cada euro que nos corresponde entra en nuestra «hucha» y no en la del broker o Hacienda.
Dicho esto, si tienes un broker «español» («español» = deposita los valores en España) como ING o Self Bank, ellos pasarán toda la información fiscal a Hacienda y te aparecerá en el borrador, pero esto no significa que la información sea correcta. Llevar un control en una hoja de excel (o similares) nos ayudará a detectar posibles fallos y a estar muy tranquilos con lo que hacemos.
Si tienes un broker «extranjero» («extranjero» = no deposita los valores en España) como DeGiro o Interactive Brokers, no pasarán información fiscal a Hacienda, por tanto tendrás que llevar un control sí o sí. Aunque el broker te dé unos extractos en los que aparece esta info, es de sobra conocido que, por ejemplo en DeGiro siempre bailan unos decimales con los dividendos (debido a que prestan tus acciones y demás).
Además, tener una hoja de excel que recoja estos datos (te vale con fecha, importe bruto en moneda local y tipo de cambio a euros como parámetros de entrada) te permite hacer todos estos cálculos de una manera super sencilla y rápida. Solo hay que usar unas cuantas fórmulas y listo. Te pegas un curro interesante un par de tardes, pero te olvidas el resto de años (hasta que nuestros queridos políticos decidan cambiar las reglas del juego una vez más, claro).
Despedida
Meter los dividendos en la declaración de la renta es sencillísimo.
Lo más complicado (que tampoco) es llevar un control de los mismos. El que más y el que menos seguro que lleva un cierto control de los dividendos que cobra. Por tanto, el 95% del trabajo ya lo tenemos hecho. Ahora solo faltaría hacer un par de cálculos más para obtener los datos que Hacienda necesita. Lo mejor de todo es que esto es un proceso automatizable, por tanto solo requerirá el esfuerzo una vez.
Y vosotros…¿Tenéis dividendos extranjeros que meter en la declaración? ¿Los tenéis en brokers «españoles? ¿Comprobáis que los datos han sido aportados correctamente?![]()
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Poco a Poco…








Muchisimas gracias¡ vuestro blog es muy util y siempre lo consulto
Acabo de meter los dividendos en el borrador y aunque trabajo con ING por ejemplo las cantidades brutas de los dividendos extranjeros estan erroneos los que manda ING y en el borrador tampoco me salia aplicado lo de la doble imposicion que lo he podido hacer gracias a vuestra guia.
Seguid asi y felicidades¡
¡Muchas gracias Jose! 🙂
Un saludo!!
Tengo una pregunta que quizá suene un tanto rara: Mi empresa me ofrece la oportunidad de comprar acciones, pero el broker es alemán. Hasta aquí todo normal. El caso es que estas acciones reparten dividendos que el broker vuelve a invertir automáticamente en más acciones de la misma empresa, es decir, que «cobro» dividendos (con la retención en origen correspondiente), pero ese dinero no llega a mi cuenta corriente en España, ya que, como he dicho, se emplea en la compra de más acciones.
La pregunta es: ¿debo indicar estos dividendos en la declaración de la renta (casilla 029)?, en ese caso, y como no hay retención española, entiendo que las retenciones en destino serían 0.
Muchas gracias anticipadas por su ayuda y por este magnífico artículo
Buenas Victor,
Sí, tienes que indicar esos dividendos en la 0029. Efectivamente la retención en destino es 0. Luego en la 0588 podrás meter como doble imposición la retención practicada en origen hasta un máximo del 15% por el convenio de doble imposición.
Gracias a ti por pasarte, comentar y tus palabras.
Un saludo!!
Hola, de nuevo (ayer era Yomismo, pero acabo de ver que ya había otro más veterano por aquí).
Veo que consideráis los 120$ de Interactive Brokers como gastos de administración y custodia o como comisión obligatoria y, por tanto, deducible. ¿Esto es solo una opinión vuestra (optimista, debo decir) o tenéis algún tipo de fuente, digamos de autoridad, en que apoyaros, mas allá del «yo siempre lo he hecho así y Hacienda nunca ha dicho nada»?
Buenas Moimeme,
Es una opinión (bastante objetiva, debo decir) de lo que se dice aquí: https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/Ayuda/Manuales__Folletos_y_Videos/Manuales_de_ayuda_a_la_presentacion/Ejercicio_2016/_Ayuda_Modelo_100/7__Cumplimentacion_IRPF__I_/7_3__Rendimientos_de_capital_mobiliario/7_3_3__Rendimientos_del_capital_mobiliario_a_integrar/7_3_3_10__Gastos_deducibles/7_3_3_10__Gastos_deducibles.html
Cito «A estos efectos, se consideran como gastos de administración y depósito aquellos importes que repercutan las empresas de servicios de inversión, entidades de crédito u otras entidades financieras que, de acuerdo con la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, tengan por finalidad retribuir la prestación derivada de la realización por cuenta de sus titulares del servicio de depósito de valores representados en forma de títulos o de la administración de valores representados en anotaciones en cuenta.»
Especial atención a «servicio de depósito de valores».
Si nos vamos a IB, tenemos: https://www.interactivebrokers.co.uk/es/index.php?f=6597
«No se aplicará ninguna cuota de mantenimiento para las cuentas que cumplan los criterios siguientes:
Un capital medio superior a 100,000 USD por mes natural, o
10 USD a modo de comisiones generadas en un mes natural.»
IB lo llama mantenimiento o actividad.
Un saludo!!
Hola, sigo creyendo que no es deducible. Como bien señaláis, es una cuota o tarifa por los gastos de mantenimiento de la cuenta de valores en sí, tengas o no valores concretos a los que aplicar ese ‘servicio de depósito’, que no se aplicará si generas más de 10 euros de comisiones, que para IB cubren esos gastos de tener abierta la cuenta.
En todo caso, es un tema menor y seguro que Hacienda tiene cosas más importantes que controlar. Dejemos que cada uno decida.
Saludos cordiales.
Lo mismo aplica para la comisión de custodia de ING (que te saltas haciendo una operación al semestre) y que el propio ING llama de custodia (depósito de valores).
De acuerdo en lo que dices: cada uno que decida si quiere incluirlo o no. Nosotros creemos que sí se pueden incluir y por eso lo hacemos.
Un saludo!
Muy interesante. Mil gracias por vuestra aportación! ! Me surge una duda que tal ves sepáis aclarar : si las acciones están a nombre de 3 titulares, que porcentaje de esos dividendos debería declarar?
Buenas Elo,
Al 33,33% cada uno. Siempre se reparte a partes iguales entre todos los titulares.
Muchas gracias a ti por pasarte y comentar.
Un saludo!!
Buenos días,
Lo primero agradeceros la molestia de redactar un blog tan completo.
Tengo una duda sobre la consignación de los dividendos brutos. En todas partes veo que hay que indicar en la casilla 29 el bruto en origen y la retención en España, y luego indicar el mismo bruto en la casilla de doble imposición.
De este modo, sin comprobar como hace los cálculos el programa, parece que pagaríamos de más en todas las empresas con retenciones superiores a las de los convenios de doble imposición.
Pongo un ejemplo: cobro de dividendos de 1.000€ de acciones de Portugal (retención en origen del 35%).
Retención en origen: 1.000*0,35 = 350€
Ingreso bruto en mi cuenta: 1.000-350 = 650€
Retención en destino: 650*0,19 = 123,5€
Ingreso neto en mi cuenta: 650-123,5 = 526,5€
A recuperar por doble imposición: 1.000*0,15 = 150€
Si pongo los ingresos brutos 1.000€ y retenciones 123,5€, Hacienda va a pensar que me faltan por tributar 1.000*0.19-123,5 = 66,5 €.
Aunque indique que tengo doble imposición en la casilla 588, tengo que indicar retención de 150€, con lo que Hacienda va a pensar que tengo unos ingresos de 850€, en lugar de los 650€ que realmente tengo. Supongo que Hacienda, con estos datos, piensa que me falta tributar 850*0,19-650*0.19 = 38€.
Creo que sería más adecuado poner en la casilla 029 650€ y retención 123,5€, y en la 588 1.000€ y retención 150€, por lo menos reflejaría más fielmente la realidad.
Ya sé que se puede presuponer que la diferencia entre el 35% que cobra Portugal y el 15% que debería cobrar se puede reclamar, pero esto es muy difícil, y una cosa es que se tenga derecho a cobrar una cantidad, y otra muy distinta que realmente se cobre. Parece claro que deberíamos pagar impuestos por las cantidades efectivamente cobradas.
He revisado manuales de la Renta, pero en ninguno figura un ejemplo para este tema, y toda la información proviene de gente que, como vosotros, pone su mejor voluntad para compartir experiencias y conocimiento. ¿Habéis obtenido esta información de Hacienda, o algún asesor experto?
Muchas gracias, perdonad por la consulta tan larga, y a seguir invirtiendo, a ver si con el paso de los años pasáis de “poco a poco” a “mucho a mucho”!!!
Buenas Marcos,
España no te retendrá de más si metes los datos correctamente.
En la 0029 metes:
– Ingresos íntegros: 1.000€
– Retenciones: 123,5€ (lo que te han retenido de verdad en España)
En la 0588:
– Rendimientos: 1.000€
– Impuesto satisfecho en extranjero: 150€
El programa de Hacienda hará los cálculos y te devolverá lo que te corresponde. Si no metes los datos correctamente puede que Hacienda te retenga de más (problema tuyo por pagar de más) o de menos (como se enteren, problema gordo por meter mal los datos).
No te preocupes que si metes los datos bien, Hacienda te retendrá lo que te corresponde, ni más, ni menos.
Gracias por pasarte y comentar.
Un saludo!!
Pues una calidad brutal, se agradece esto, preguntar que pasa si los dividendos, los has cobrado en acciones como pasa con vodafone, gracias y un saludo.
Buenas tardes,
Es la primera vez que hago la declaración e incluyo los dividendos y aunque lo veo muy bien explicado más arriba no me estoy aclarando. En mi caso he cobrado 3 dividendos en degiro:
Santander
– Ingreso bruto: 14,30
– Retención: 2,46
– Ingreso neto: 11,84
Santander
– Ingreso bruto: 3,40
– Retención: 0,64
– Ingreso neto: 2,76
Nintendo
– Ingreso bruto: 11,86
– Retención: 1,82
– Ingreso neto: 10,04
Según lo que aparece en la entrada del blog, en la casilla 0029 debería indicar las retenciones teóricas? (es decir el 19% de SAN y el 20% de JPY aunque se me haya retenido menos en el borker? o debería incluir lo que se me ha retenido en el broker?)
Acto seguido en las casilla 0588 debería incluir solo el bruto de nintendo y aplicarle el 15% de doble imposición?
Muchas gracias,
Me adelanto a tu respuesta para ver si lo he hecho correctamente:
Casilla 0029:
Incluyo los rendimientos brutos = (suma de los dividendos brutos totales) 11,86 + 3,40 + 14,30 = 29,56
Incluyo retenciones QUE ME HA PRACTICADO DEGIRO (esten bien o mal) = 2,46 + 0,64 + 1,82 = 4,92
Incluyo gastos conectividad bolsa frankfurt = 2,50
Casilla 0588:
Incluyo únicamente el dividendo extranjero bruto que he cobrado = 11,86
Incluyo el % que he pagado por ello (hasta un máximo del 15%) = 15%
Con esto ya estaría todo no? por una parte en la casilla 0029 me están cobrando la fiscalidad española por el importe bruto total de dividendos cobrados y la diferencia es la que efectivamente pago de más en la declaración. En la casilla 0588 detecto aquellos dividendos que son extranjeros e indico lo que he pagado fuera y como máximo me devuelven el 15% que es lo atribuible al convenio de doble imposición.
Lo he hecho bien? en mi cabeza tiene sentido… jajaja
Había un fallo en mi cálculo, debería solamente incluir en la casilla 0029 las retenciones de acciones españolas (ya que origen y destino para ellas sería equivalente, ya que tributamos en españa jajaja).
Por lo tanto:
Casilla 0029:
Incluyo los rendimientos brutos = (suma de los dividendos brutos totales) 11,86 + 3,40 + 14,30 = 29,56
Incluyo retenciones QUE ME HA PRACTICADO DEGIRO (esten bien o mal) = 2,46 + 0,64 = 3,1
Incluyo gastos conectividad bolsa frankfurt = 2,50
Con ello, por lo tanto estaría pagando el 19% por nintendo (ya que estoy indicando como «si no hubiera pagado nada por ellos», y lo restante hasta 19% de SAN (ya que he pagado una parte pero no hasta el 19% y por lo tanto con los calculitos internos de la renta me calculan la diferencia y me la imputan en el resultado)).
Luego iría a la casilla de doble imposición y reclamaría el 15% de nintendo y que es lo que me ha retenido degiro en su momento y si no lo reclamo estaría pagando un 15% por una parte y un 19% por la otra ( = doble imposición).
Es correcto de esta forma? En caso afirmativo, por qué en un ejemplo en el texto indicáis que le 19% se debe calcular sobre el importe restante quitando la retención de origen? (en mi calculo seria –> 11,86 * 0,85 * 0,81). Según lo que he relaizado yo, tanto el 15% en origen que calcula degiro como el 19% que tengo que pagar a hacienda, se calcula respecto a la base real y creo que es lo que más sentido tiene.
Muchas gracias,
Muy buenas pepe15,
Lo has entendido muy bien. Efectivamente se hace como lo has hecho en este último comentario.
El ejemplo al que haces mención es en caso de tener toda tu cartera en un broker español, donde te retienen en Origen y además en Destino, por tanto siempre te retienen doble. Por ejemplo, para una empresa USA te retendrán el 15% en USA y luego el 19% en España. Por eso hacemos esos cálculos. Si te fijas en el segundo ejemplo donde tenemos las españolas en un broker español y las extranjeras en uno extranjero, en la casilla 0029 solo indicamos el 19% de las Españolas y nada de las extranjeras. Lo mismo pasa con el último ejemplo (toda la cartera en un broker extranjero) que es tu caso.
Muchas gracias a ti por pasarte y comentar.
Un saludo!!
Muchísimas gracias, da gusto que haya gente como vosotros para poder ayudar.
Una última curiosidad, solo se pueden imputar los «gastos de conexión» de aquellas bolsas en las cuales tengas acciones que hayan pagado dividendo, verdad? En el caso de que te hayan cobrado gastos de conexión de otras bolsas pero no te hayan pagado dividendo no deberías imputarlos, o sí?
Muchas gracias a ti pepe15. Sin gente como vosotros no tendríamos este blog (o al menos costaría muchísimo más tenerlo).
En esa casilla puedes meter todos los gastos de custodia, mantenimiento y traspaso, por tanto, puedes meter todos los gastos de conexión que te haya cobrado DeGiro independientemente de si has cobrado dividendos de ese mercado.
Un saludo!!
Hola, en relación con las comisiones de traspaso, veo que las consideráis deducibles. Hace un par de años hice un traspaso de acciones de Bankia a ING y llamé a la AEAT para consultar si eran deducibles en la declaración de la Renta y me dijeron que no. Que sólo podía deducirme las de custodia y administración.
Ahora tengo la duda de si me tomaron el pelo (como ya me pasó entre 2007 i 2010 con la excención de los primeros 1500 euros; por lo que tuve que reclamar esos años)… ¿Habéis comprobado que efectivamente son deducibles las de traspaso?
Gracias de antemano por la respuesta y por el blog.
Buenas Josep,
Yo tenía entendido que sí se podían meter. Creo recordar vérselo a Gregorio en algún mensaje. Puedo estar equivocado perfectamente.
Si no recuerdo mal, nosotros metimos las comisiones del traspaso de cartera de Sheila en la declaración. Pero claro, el que Hacienda no nos haya llamado la atención, no significa nada, claro.
Ya no te sé decir.
Gracias por pasarte y comentar.
Un saludo!!
Muy buenas IPP,
Antes de nada enhorabuena por el post, me parece un curro que ayuda mucho a gente como yo, que entro en estado de shock al venir estas fechas para rellenar la renta…
Estoy intentando pasar los dividendos cobrados mediante IB, esto es, de empresas USA y me lía un poco cuando he de pasarlos a euros.
IB hace un cómputo de los dividendos cobrados en euros pero no veo que te los descomponga según en empresas que sería lo ideal (corrígeme si me equivoco). Y claro, entiendo que al pasarlos a euros depende mucho del día en que se hayan cobrado y es ahí donde me quedo en blanco.
En fin, espero puedas ayudarme.
Muchas gracias de antemano.
Muy buenas Fran,
Nosotros cogemos el tipo de cambio que nos aplica IB en cada dividendo. Pero los llevamos al día. Es decir, apuntamos los dividendos en nuestra excel nada más cobrarlos (como mucho al día siguiente).
Si no lo has hecho durante todo el año, te tocará ir sacando dividendo a dividendo. No sé si puedes meter el dato que te indica IB en su extracto anual (donde te pone el total de divis desglosado por divisa y su equivalente en Euros).
Creemos que es fundamental llevar el control al día. Es mucho más fácil de este modo.
Gracias por pasarte y comentar.
Un saludo!!
Como buen alumno ando leyendo y releyendo todos los hilos que puedo al respecto de la declaración con IB, jeje.
Tengo una duda, ¿de donde sacáis el tipo de cambio que aplica IB en el cobro de dividendos? Lo calculais a mano? Yo cuando busco los informes no lo encuentro y acabo apuntando el del BCE, lo cual es más lento…
Por cierto, ¿cuantos decimales usáis? Yo uso dos decimales,¡ más me parecería raro!
Saludos cordiales desde Ibiza!
Pd: llevo todo apuntado al día, mi primera declaración con elementos de IB será el año que viene pero quiero estar preparado
Buenas Fico,
Lo sacamos siempre del extracto que nos proporciona IB, dividiendo los Euros entre los Dólares (o Libras). Lo hacemos así porque en caso de que Hacienda nos pida los datos, podremos justificar el tipo de cambio muy fácilmente adjuntando los extractos.
Nosotros también usamos 2 decimales.
Un abrazo!!
Muchas gracias por la información de verdad. Me gustaría preguntarte, el dinero que genera lo que tienes depositado en cash en Degiro por estar invertido a través de ellos en un Fondo Monetario Internacional, ¿dónde opinas que debería declararse? ¿quizás en la casilla 027 «Intereses de cuentas y depósitos y de activos financieros en general»?
Un saludo y gracias por crear IPP!
Buenas Kike,
Te recomiendo que le eches un vistazo a este link en el que se explica bastante bien: https://www.rankia.com/blog/mejores-depositos/3193135-como-declarar-intereses-cuentas-depositos-extranjero
Muchas gracias a ti por pasarte y comentar 🙂
Un saludo!!
Buenas, ante todo gracias por la documentación que nos facilitas, ya te seguí el año pasado y como verás este también aunque es la primera vez que escribo.
En principio indicar que todas mis acciones las tengo con Degiro, y tengo una duda en la casilla 29 sobre todo en «gastos de administración y deposito», en los dividendos tengo 4 productos, Santander y Santander – non pero no he vendido las sigo teniendo este año, y por otro lado Inditex y otra acción de USA, estas si las he vendido.
En esta casilla ¿puedo ingresar las comisiones pagadas de las dos que he vendido?
1- caso Inditex – 7,71 y Usa – 31,44, la suma de las dos.
2- caso solo Inditex 7,71 como española.
3- lo dejo a 0 y no meto gastos
4- Se meten otros gastos en Degiro que desconozco.
Gracias por tu colaboración.
Muy buenas yulianix,
Gracias a ti por pasarte y comentar.
No, en esa casilla no puedes meter comisiones de compra o venta. Las comisiones de compra se suman al importe pagado por las acciones y se restan del importe de venta.
Ejemplo:
– Compras 100 acciones de Iberdrola a 10€ y pagas una comisión de 10€. Tu importe de compra sería de = 1.000€ + 10€ (comisiones) = 1.010€
– Vendes 100 acciones de Iberdrola a 10€ y pagas una comisión de 10€. Obtendrías: 100*10 = 1.000€ – 10€ (comisión) = 990€
Al meter esta operación en la declaración como indicamos aquí: https://www.invirtiendopocoapoco.com/declarar-la-venta-de-acciones/ pondrías que has tenido una minusvalía de 20€ (990 – 1.010). Al sumar y restar las comisiones de compra y venta (respectivamente) en tu operación de Venta, las estás deduciendo automáticamente.
En la casilla de «gastos de administración y depósito» puedes meter las comisiones por cobro de dividendo, custodia o traspaso. En tu caso, podrás meter la comisión de conectividad de 2,5€ que cobra DeGiro por cada mercado distinto al español.
Un saludo!!
Muchas gracias es un placer la claridad de tus respuestas y lo fácil de entender, en está semana te escribiré en la de «declarar la venta de acciones» por otras dudas. 😉
De nada 🙂
Gracias a ti por tus palabras.
Perfecto, pregunta todo lo que necesites/quieras 😉
Un saludo!!